Resolución con número de expediente RRA 15766 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Año2019
Número de expedienteRRA 15766
EmisorSECRETARÍA DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN CIUDADANA (SEGURIDAD)
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 15766/19
Sujeto obligado: Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana
Folio de la solicitud: 0002800146519
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
Página 1 de 82
Comisionada: JRV Expediente: RRA 15766/19 Folio: 0002800146519
Materia: Acceso Sentido: MODIFICAR Sujeto obligado: SSPC
Solicitud: Requirió lo siguiente: 1. Número de elementos de la Guardia Nacional que se localizan en la frontera
norte y sur del país, indicando a sus mandos respectivos. 2. Número de quejas de la CNDH que se han emitido
debido al despliegue de la Guardia Nacional en las fronteras en materia de migración y seguridad. 3. Número de
tractocamiones recuperados del primero de enero al treinta de agosto de dos mil diecinueve, desglosado de
manera mensual. 4. Número de personas rescatadas del primero de enero al treinta de agosto de dos mil
diecinueve, desglosado de manera mensual. 5. Número de individuos vinculados a proceso por tráfico de personas,
durante dos mil diecinueve (de enero a la fecha de presentación de la solicitud, octubre de dos mil diecinueve),
desglosado de manera mensual. 6. Número de carpetas de investigación abiertas derivado de los operativos de la
Guardia Nacional realizados en las fr onteras del país durante dos mil diecinueve (de enero a la fecha de
presentación de la solicitud, octubre de dos mil diecinueve), desglosado de manera mensual.
Respuesta: La SSPC, respecto de los puntos impugnados, se pronunció en los siguientes términos a través de la
Oficina del Secretario, señalando que: 1. en la c onferencia matutina de catorce de octubre de dos mil diecinueve,
se indicó el número de fuerzas desplegadas en las fronteras norte y sur; 3. No localizó el número de tractocamiones
derivado de la búsqueda en sus archivos; 4. en la conferencia matutina de catorce de octubre de dos mil
diecinueve, se indicó el número de personas rescatadas en las fronteras norte y sur. Adicionalmente, la Dirección
General de lo Consultivo y Derechos Humanos invocó su incompetencia para conocer de la solicitud de acceso.
Recurso: Impugnó: respuesta al contenido 1 no corresponde con lo solicitado, ya que no se proporcionó soporte
documental generado por la dependencia, sino se trata de una estenográfica de la conferencia matutina;
inexistencia del contenido 3; la información está incompleta ya que no se proporcionó lo requerido en el contenido
4, personas rescatadas. Consintió la respuesta a los puntos 2, 5 y 6.
Alegatos: SSPC reiteró los términos de su respuesta, y añadió que en la conferencia de prensa matutina del
catorce de octubre de dos mil diecinueve, se divulgó una lámina presentada por el Secretario de la Defensa
Nacional, titulada “Plan de Migración y Desarrollo en las Fronteras Norte y Sur”, en la cual se señala el número de
elementos federales en las fronteras norte y sur, así como el número de migrantes rescatados.
Análisis:
Contenido 1: aun cuando la Oficina del Secretario entregó información que corresponde con la materia de la
solicitud en el contenido 1, se ha advertido que: No se indicó cuál es la parte conducente de la Primer Informe de
Gobierno 2018-2019 en el cual se especif ican datos sobre el número de elementos de la Guardia Nacional. Faltó
entregar la presentación del “Plan de Migración y Desarrollo en las Fronteras Norte y Sur”. Se omitió
pronunciamiento sobre los mandos respectivos de los elementos de la Guardia Nacional localizados en la frontera
norte y sur. Asimismo, faltó que se tur nara la solicitud a la Unidad de Planeación y Evaluación Institucional, a la
Dirección G eneral de Planeación y Prospectiva y a las Direcciones Generales de Coordinación con Entidades
Federativas Zona 1 y Zona 2, así como a la Unidad de Transición de la Guardia Nacional.
Contenido 3: no puede validarse la inexistencia manifestada por la Oficina del Secretario, ya que –de manera
enunciativa más no limitativa- cuenta con un a expresión documental que contiene información relacionada con lo
solicitado en el contenido 3, a saber, el Primer Informe de Gobierno 2018-2019, en el cual se establece información
estadística sobre el número de vehículos asegurados por la Guardia Nacional; faltó turnar la solicitud a la Unidad
de Planeación y Evaluación Institucional, a la Dirección General de Planeación y Prospectiva y a las Direcciones
Generales de Coordinación con Entidades Federativas Zona 1 y Zona 2, así como a la Unidad de Transición de la
Guardia Nacional.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 15766/19
Sujeto obligado: Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana
Folio de la solicitud: 0002800146519
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
Página 2 de 82
Contenido 4: aun cuando la Oficina del Secretario sí se pron unció sobre lo solicitado en el contenido 4, lo cierto
es que: No se indicó cuál es la parte conducente de la Primer Informe de Gobierno 2018-2019 en el cual se
especifican datos sobre las personas rescatad as para el periodo de junio a agos to de dos mil diecinueve. Faltó
entregar la presentac ión del “Plan de Migración y Desarrollo en las Fronteras Norte y Sur”. Se omitió
pronunciamiento sobre el periodo res pecto del cual versan los datos contenidos en la versión estenográfica de la
conferencia de prensa matutina del catorce de octubre de dos mil diecinueve. Faltó que se turnara la solicitud a la
Unidad de Planeación y Evaluación Institucional, a la Dirección General de Planeación y Prospectiva y a las
Direcciones Generales de Coordinación con Entidades Federativas Zona 1 y Zona 2, así como a la Unidad de
Transición de la Guardia Nacional.
Sentido: MODIFICAR e instruye para que realice lo siguiente:
A través de la Oficina del Secretario de Seguridad y Protección Ciudadana, lo siguiente:
Contenidos 1 y 4, una nueva bús queda en sus archivos, con un criterio de búsqueda amplio, a efecto de
localizar la presentación del “Plan de Migración y Desarrollo en las Fronteras Norte y Sur”, cuya exposición
aconteció en la conferencia de prensa del catorce de octubre de dos mil diecinueve, y hacer entrega de la
misma al particular.
Contenidos 1, 3 y 4, de conformidad con lo establecido en el artículo 132 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, informe al particular la forma en que puede acceder a
la información estadística sobre los elementos de la Guardia Nacional, los vehículos asegurados por la
Guardia Nacional y las personas rescatadas, contenidos en el Primer Informe de Gobierno 2018-2019.
Contenido 1, una nueva búsqueda –con un criterio de búsqueda amplio-, a efecto de localizar quiénes son
los mandos respectivos de los elementos de la Guardia Nacional localizados en las fronteras norte y sur
del país, y hacer del conocimiento del particular el resultado de su búsqueda; en caso de no localizar la
información, comunicarle –de manera fundada y motivada- las razones por las cuales no cuenta con lo
solicitado.
Contenido 4, informe al particular el periodo respecto del cual versan los datos contenidos en la versión
estenográfica de la conferencia de prensa matutina del catorce de octubre de dos mil diecinueve.
En relación con los contenidos 1, 3 y 4, una nueva búsqueda exhaustiva en la totalidad de las áreas
competentes, a saber, la Unidad de Planeación y Evaluación Institucional, a la Dirección General de
Planeación y Prospectiva y a las Direcciones Generales de Coordinación con Entidades Federativas Zona
1 y Zona 2, así como a la Unidad de Transición de la Guardia Nacional, a efecto localizar la información
requerida, atendiendo en la medida de sus posibilidades al desglose requerido, y de conformidad con lo
establecido en el artículo 130 de la Ley, deber á hacer del conocimiento del particular el resultado de su
búsqueda. El sujeto obligado deberá hacer del conocimiento de la particular el resultado de su búsqueda,
y en caso de no localizar la información, comunicarle –de manera fundada y motivada- las razones por las
cuales no cuenta con lo solicitado.
En el supuesto de localizar lo requerido en el contenido 1, relativo a los mandos de la Guardia N acional de las
fronteras norte y sur, y determine que se trata de información clasificada, el Comité de Transparencia deberá emitir
una resolución, en la que funde y motive la clasificación respectiva, misma que deberá ser notificada al recurrente.
El sujeto obligado deberá hacer del con ocimiento de la particular información cuya entrega se instruye, a través
del correo electrónico autorizado para recibir notificaciones, o de ser posible, ponerla a su disposición en un sitio
de Internet, y comunicarle los datos que le permitan acceder a la misma.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 15766/19
Sujeto obligado: Secretaría de Seguridad y
Protección Ciudadana
Folio de la solicitud: 0002800146519
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
Página 3 de 82
Visto el expediente del recurso de revisión citado al rubro, interpuesto ante este Instituto,
se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
RESULTANDOS
1. Solicitud de información. El veintitrés de octubre de dos mil diecinueve, mediante la
Plataforma Nacional de Transparencia, se presentó la solicitud de acceso a la
información pública ante la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, requiriendo
lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega:
“Entrega por Internet en la PNT”
Descripción de la solicitud de información:
“Con fundamento en los artículos 1 y 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, el artículo 19.2 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, el
artículo 13.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos y los artículos 4, 6 y 7 de la
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se le solicita proporcione la
siguiente información:
¿Cuántos elementos de la Guardia Nacional se encuentran en la frontera norte y en la frontera
sur del país y quiénes son sus mandos respectivos?
¿Cuántas quejas de la Comisión Nacional de Derechos Humanos se han emitido debido al
despliegue de la Guardia Nacional en las fronteras en materia de migración y seguridad?
¿En materia de seguridad y migración, cuántos tractocamiones se han recuperado y cuántas
personas han sido rescatadas del 1 de enero al 30 de agosto de 2019? Desglosar datos por
mes.
¿Cuántos individuos se han vinculado a proceso por tráfico de personas y cuántas carpetas
de investigación están abiertas derivado de los operativos de la Guardia Nacional llevados a
cabo en las fronteras del país en este año? Desglosar datos por mes.” (sic)
2. Respuesta a la solicitud. El veintidós de noviembre de dos mil diecinueve, el sujeto
obligado, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, notificó la respuesta a la
solicitud de mérito, en los términos siguientes:
“…

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR