Resolución con número de expediente RRA 6817 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 15-11-2017

Sentido del falloREVOCA
EmisorREGISTRO AGRARIO NACIONAL
Fecha15 Noviembre 2017
Número de expedienteRRA 6817
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
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Expedient
e:
RRA 6817/17
Sujeto
Obligado:
Registro Agrario
Nacional
Fo
lio
de
la
Solicitud
: 1511100062417
C
omis
io
nada ponente: Ximena Puente de
la
Mora
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto y
de
conformidad con
lo previsto en la octava fracción, del Apartado
A,
de
l articulo sexto de
la
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos: así como, en el Transitorio Octavo del
Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones
de
la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
transparencia; articulo 3o, fracción X
III
y los Transitorios Primero, Quinto y Sexto
de
la Ley General de Transparencia y
Ac
ceso a
la
Información Pública; Transitorios
Primero y
Qu
in
to,
pr
imer párrafo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública, publicada el 9 de mayo de 2016 en el Diario Oficial
de
la
Federación, a si como lo dispuesto en los artículos
21
, fracción 11, 146, 147, 148,
151
y 156 de la Ley Federal de
Tra
nsparencia y Acceso a
la
Información Pública.
publicada en el Diario Oficial de
la
Federación el 9
de
mayo de 2016; así como los
artículos 12, fracciones l . V y XXXV; y Cuarto Transitorio del Estatuto Orgánico del
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la
Información y Protección de Datos
Personales, se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
RESULTANDOS:
1.
El 23
de
agosto
de
2017, a través
de
la Plataforma Nacional
de
Transparencia, la
parte recurrente presentó una solicitud
de
acceso ante el Registro Agra
ri
o Nacional,
requiriendo lo sig
ui
ente
M
odalidad
preferente de entrega de
información
:
'Entrega
por
Internet en
la
PNT'
Descripción
clara de la
solicitud
de
información:
'SOLICITO COPIAS DE TODAS LAS ACTAS DE ASAMBLEA CELEBRADAS DESDE
EL
MES DE SEPTIEMBRE DEL O 2001 POR EL EJIDO
DE
CHAC-CHO-BEN,
MUNICIPIO
DE
OTHON P BLANCO, QUINTANA ROO, HASTA LA PRESENTE
FEC
HA
, EN LAS QUE SE HAYA
APR
OBADO EL CAMBIO DE DESTINO Y USO DE
TIERRAS DE USO
CO
MUN Y
TRAN
SMITIDO A FAVOR DE TERCEROS, SEA
LA
\
FEDERACIÓN, ESTADO, MUNICIPIO, 0 PARTICULARES;
ASÍ
COMO COPIAS
DE
'\
TODAS LAS ACTAS EN LAS QUE SE HAYA HECHO
CO
NSTAR
EL
MONTO DE
LA
INDEMNIZACIÓN ECONÓMICA PAGADA AL EJIDO: A Si COMO TAMBIÉN COPIA DE
LAS CONSTANCIAS EN LAS QUE APAREZCA
EL
MONTO INDEMNIZADO A CADA
UNO DE LOS EJIDATARIOS DEL EJIDO
DE
CHAC-CHO-BEN QUINTANA ROO,
DESDE EL
ME$
DE SEPTIEMBRE
DEL
AÑO 2001 A LA
FE
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DE ESTA
SOLICITUD." (sic)
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Expediente: RRA 6817/1 7
Sujeto Obligado: Registro Agrario
Nacional
Folio
de la
Solicitud
: 1511100062417
Comisionada
ponente: Ximena Pue
nt
e de
la Mora
2. El 26 de septiembre de 2017, el Registro Agrario Nacional notifi
al particular la
respuesta a su solicitud de acceso a la información, en los términos que a
continuación se señalan:
"[
...
]
Se
anexa respuesta a
su
solicitud de información.
Archivo
adjunto
de
la
re
spu
e
sta
: "15111 00062417
065
.
pdf"
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contiene
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, de fecha 26 de septiembre del a
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en curso, suscrito por
el Titular de
la
Un
idad de Transparencia, dirigido al parti cular
en
los
rm
inos
q
ue
se indican:
"[
...
]
En atención a
la
solicitud registrada con
el
número
al
rubro indicado, recibida a través
de
la
Plataforma Nacional de Transparencia (PNT)
el
23
de agosto de 2017, mediante
la cual requiere en
la
modalidad
de
entrega
por
Internet
en
la PNT,
lo
siguiente:
[Transcribe la solicitud
de
acceso a la información]
Me permito informarle
que
en
el
Registro Agrario Nacional (R.A.N.) de acuerdo
al
Articulo 148 de la Ley Agraria, es
un
órgano desconcentrado
de
la Secretaria
de
Desarrollo Agrario, Ten'itoriat y Urbano, para
el
control de la tenencia de la tierra y la
seguridad documental
en
el que se inscribirán los documentos
en
que
consten las
operaciones originales y
las
modificaciones
que
sufra la propiedad de las tierras y los
derechos lega/m en/e constituidos sobre la propiedad ejidal y comunal.
Conforme
al
Arti
culo 151 de la L
ey
Agraria,
el
RAN
,
es
público y cualquier persona
podrá obtener información
sobre
su
s asientos e inscripciones y
ob
t
ener
a su costa las
copias que solicite.
Adicionalmen/e,
el
articulo 187 de la
Ley
Federal de Derechos, establece
el
costo de
los derechos que deben cobrarse
por
la prestación de servicios que
se
derivan de los
trámites que se efectúan ante
el
RAN
.
En
cuanto a
su
solicitud,
se
cuenta con el trámite denominado 'Expedición de copias
certificadas de document
os
agrarios
en
el
RAN
',
de resultar procedente,
le
puede
expedir una copia certificada de algún documento que se encuentre
en
sus
archivos,
como compulsa de docume
nt
os
, planos certificados, cualquier otra certificación o
expedición de constancias distintas a las señaladas o planos tamaflo carta u oficio.
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Expediente: RRA 6817/17
Suje
to
Obligado: Registro Agrar
io
Nacional
Folio
de
la
Solicitud
: 1
511
100062
41
7
Comisionada
pon
ente: Xime
na
Puente de
la Mo
ra
Por lo que en caso de que sea de su interés puede ingresar su trámite en la Delegación
del RAN en el Estado de Quintana Roo. ubicada en Av. Chapullepec
No.
148, Col.
Centro. Chetumal. Quintana Roo, C.P. 77000, teléfono
(01
983) 8321227 Ext.
2042,
para lo cual deberá c
ublir
lo
s requisitos de la ficha COFEMER del trámite antes
señalado, publicados en
el
siguiente vínculo electrónico:
htipsll:www.gob.mx/lramiteslfichalexpedición-de-copias-cerlificadas-de-documentos-
agrarios-en-
el
-ran!RAN2348
La
información proporcionada
se
sustenta en el CRITERIO
017109
del /NA!, que
establece 'la
pr
evalencia de un trámite inscrito
en
el
Registro Feder
al
de Trámit
es
y
Servicios o en
el
Registro correspondiente en materia fiscal, frente a
una
solicitud de
acceso o corrección de datos personales en el marco de la Ley Federal de
Tra
nspar
encia y
Acc
eso a la
Inf
ormación Pública Gubemamental.
{Transcribe
el
Criterio 17/09 emitido p
or
el
Pleno del entonces Instituto Federal de
Acceso a la Información y Protección de Datos}
No
se omite mencionar que de conformidad con
el
articulo
94
de la Ley Agraria, /os
predios obj
eto
de expropiación a núcleos agrarios ejidales o comunales, sólo podrán
ser ocupados mediante
el
pago o depósito del im
po
rte de la indemnización, que
se
ha
de
preferencia en
el
Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento Ejidal (FIFONAFE), o en
su defecto mediante garentía suficiente,
por
Jo
que se le sugiere form
ul
ar
su
solicitud de
información a la Unidad de Transparencia
de
FIFONA
FE
,
por
lo que hace a la copia de
todas /as actas en
las
que
se
haya hecho constar
el
monto
de
la indemnización
económica pagada
al
ejido Chac-Cho-Ben, Municipio de Othon P. Blanco, Estado de
Quintana Roo, asi como también copia de las constancias
en
las que aparezca
el
monto
indemnizado a cada uno de los ejidatarios desde el
mes
de septiembre del año 2001 a
la fecha de su solicitud.
n (sic)
3. El 10 de octubre de 2017, se recibió en este Instituto recurso de
re
visión
interpuesto por el
re
current
e,
en cont
ra
de
la
respuesta proporcion
ada
por el
Registro Agrario Nacional, en los siguientes términos:
Acto
que
se
recurre y
puntos
petitorios:
"Solicite coplas de las actas de asamblea celebradas en
el
ejido de Chac-Cho-Ben,
municipio de
Ot
hon P Blanco, Quintana Roo, desde el año de
2001
a la presente fec
ha,
en/a
que se hubiese aprobado el cambio de destino de uso de /as tierras de uso com
un
y transmitida la posesion y/o propidad a favor de terceros. y no recibl respuesta a mi
solicitud
.'
(sic)
4. El 10 de octubre de 2017, el Comisionado Pres
id
ente asigel me
ro
de
expediente
RRA
6817/17 al recurso de revisión, y se turnó a
la
Comisionada
3
\

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