Resolución con número de expediente RRA 8429 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 18-11-2020

Sentido del falloCONFIRMA
EmisorSECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA (SEP)
Fecha18 Noviembre 2020
Número de expedienteRRA 8429
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Secretaría de Educación Pública
Folio de la solicitud: 0001100320120
Expediente: RRA 08429/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Ciudad de México, a dieciocho de noviembre de dos mil veinte.
VISTO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRA 08429/20,
relativo al recurso de revisión señalado al rubro, el cual se interpuso en contra de la
respuesta emitida por la Secretaría de Educación Pública, se formula resolución en
atención a los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. El veinte de marzo de dos mil veinte, el Pleno de este Instituto aprobó el acuerdo ACT-
EXT-PUB/20/03/2020.02, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintisiete de
mismo mes y año, mediante el cual se aprobaron diversas medidas para garantizar los
derechos de protección de datos personales y acceso a la información, ante la situación
de contingencia generada por el denominado virus COVID-19, del cual se desprende lo
siguiente:
PRIMERO. Se suspenden los plazos y términos a partir del 23 de marzo y hasta el 17 de abril del
año en curso, por causas de fuerza mayor, en todos y cada uno de los trámites, procedimientos y
demás medios de impugnación competencia del Instituto, establecidos en la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley General de Protección de Datos Personales
en Posesión de Sujetos Obligados, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública, la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y demás
normativa aplicable, entre los que se incluyen tanto las solicitudes de acceso a la información, como
aquellas para el ejercicio de los derechos ARCO, y los medios de impugnación respectivos, así
como procedimientos de investigación y verificación, de imposición de sanciones y denuncias por
incumplimiento a las obligaciones de transparencia; y los procedimientos de inconformidad; y
también los procedimientos relacionados con la facultad de atracción.
II. El veinticinco de marzo de dos mil veinte, el Pleno de este Instituto aprobó el acuerdo
ACT-PUB/25/03/2020.14, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el treinta y uno
de mismo mes y año, mediante el cual se modifica y adiciona el diverso ACT-EXT-
PUB/20/03/2020.02 en el sentido de suspender provisionalmente las sesiones del Pleno
de este Instituto en concordancia con el Acuerdo por el que se establecen las medidas
preventivas que se deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para
la salud que implica la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), de la
Secretaría de Salud, publicado en la edición vespertina de veinticuatro de marzo de dos
mil veinte.
III. El quince de abril de dos mil veinte, el Pleno de este Instituto aprobó el acuerdo ACT-
PUB/15/04/2020.02, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el veintidós de
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Secretaría de Educación Pública
Folio de la solicitud: 0001100320120
Expediente: RRA 08429/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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mismo mes y año, mediante el cual se modifican y adicionan los diversos ACT-EXT-
PUB/20/03/2020.02 y ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04, en el sentido de ampliar sus
efectos al treinta de abril del año en curso inclusive, con motivo del acuerdo emitido por
la Secretaría de Salud, por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la
emergencia sanitaria generada por el virus SARS-COV2, publicado en la edición
vespertina el treinta y uno de marzo de dos mil veinte.
IV. El treinta de abril de dos mil veinte, el Pleno de este Instituto aprobó el acuerdo ACT-
PUB/30/04/2020.02, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el quince de mayo
del presente año, mediante el cual se modifican y adicionan los diversos ACT-EXT-
PUB/20/03/2020.02, ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04 y ACT-PUB/15/04/2020.02, en el
sentido de ampliar sus efectos al treinta de mayo del año en curso inclusive, con motivo
de la publicación en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación el veintiuno
de abril de dos mil veinte del acuerdo por el que se modifica el similar, en el cual se
establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por
el virus SARS-CoV2, publicado el treinta y uno de marzo del presente año, emitido por la
Secretaría de Salud, mismo que establece lo siguiente:
PRIMERO. Se aprueban las modificaciones y adiciones a los diversos ACT-EXT-
PUB/20/03/2020.02, ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04 y ACT-PUB/15/04/2020.02, en el sentido de
ampliar sus efectos al 30 de mayo del año en curso inclusive, con motivo de la publicación en la
edición vespertina del Diario Oficial de la Federación, el 21 de abril de 2020 del ACUERDO por el
que se modifica el similar por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la
emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado el 31 de marzo de 2020.
Se exhorta a los sujetos obligados que, atendiendo al interés público, transparenten de manera
proactiva sus acciones durante de la emergencia sanitaria en particular las que estén relacionadas
con la pandemia del virus SARS-CoV2 (COVID-19).
SEGUNDO. Se exceptúa de lo dispuesto en el acuerdo PRIMERO y, por lo tanto, se deja sin efectos
la suspensión de plazos y términos determinada por este Instituto, respecto de los sujetos obligados
que se ubican en el supuesto de la Consideración X del presente acuerdo y que se precisan en su
anexo. En consecuencia, tratándose de dichos sujetos obligados, este órgano garante admitirá, dará
tramite y resolverá los medios de impugnación interpuestos a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia o medio electrónico diverso así como cualquier otro mecanismo legal o
procedimiento, tendiente a verificar el cumplimiento de la Ley en dichas materias, relacionados con
solicitudes de acceso a la información y de ejercicio de derechos ARCO sobre datos personales en
posesión de sujetos obligados, incluyendo los procedimientos de investigación y verificación en el
sector público en términos de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de
Sujetos Obligados y demás normatividad aplicable.
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Secretaría de Educación Pública
Folio de la solicitud: 0001100320120
Expediente: RRA 08429/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
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Información y Protección de
Datos Personales
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V. El veintisiete de mayo de dos mil veinte, el Pleno de este Instituto aprobó el acuerdo
ACT-PUB/27/05/2020.04, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el tres de junio
de mismo año, mediante el cual se modifican y adicionan los diversos ACT-EXT-
PUB/20/03/2020.02, ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04, ACT-PUB/15/04/2020.02 y ACT-
PUB/30/04/2020.02 en el sentido de ampliar sus efectos al quince de junio del año en
curso inclusive, mismo que establece lo siguiente:
SEGUNDO. Lo dispuesto en el punto de acuerdo SEGUNDO del Acuerdo ACT-
PUB/30/04/2020.02 continuará surtiendo sus efectos en los términos ahí precisados.
VI. El diez de junio de dos mil veinte, el Pleno de este Instituto aprobó el acuerdo ACT-
PUB/10/06/2020.04, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el diecisiete de
mismo mes y año, mediante el cual se modifican y adicionan los diversos ACT-EXT-
PUB/20/03/2020.02, ACT-EXTPUB/20/03/2020.04, ACT-PUB/15/04/2020.02, ACT-
PUB/30/04/2020.02 y ACT-PUB/27/05/2020.04 en el sentido de ampliar sus efectos al
treinta de junio del año en curso inclusive, mismo que establece lo siguiente:
SEGUNDO. Lo dispuesto en el punto de acuerdo SEGUNDO del Acuerdo ACT-PUB/30/04/2020.02
continuará surtiendo sus efectos en los términos ahí precisados, siendo aplicable para la totalidad
de los medios de presentación de los recursos de revisión.
VII. El treinta de junio de dos mil veinte, el Pleno de este Instituto aprobó el acuerdo
ACT-PUB/30/06/2020.04, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el ocho de julio
del mismo año, mediante el cual se modifica el diverso ACT-PUB/18/12/2019.12, en el
sentido de habilitar los días 13 a 17 y 20 a 24 de julio de 2020, respecto al Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales,
así como de los sujetos obligados que realicen actividades consideradas como
esenciales, el cual establece lo siguiente:
PRIMERO. Se aprueba modificar el numeral Primero del Acuerdo ACT- PUB/18/12/2019.12, en el
sentido de habilitar los días 13 a 17 y 20 a 24 de julio de 2020, a efecto de que este Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, continúe en
el ejercicio de sus actividades, de conformidad con lo establecido y precisado en sus propios
Acuerdos ACT-EXT-PUB/20/03/2020.02, ACT-EXT-PUB/20/03/2020.04, ACT-PUB/15/04/2020.02 y
ACT-PUB/30/04/2020.02, ACT-PUB/27/05/2020.04 y ACT-PUB/10/06/2020.04.
SEGUNDO. Se determinan como días hábiles los días 13 a 17 y 20 a 24 de julio de 2020, para los
sujetos obligados que realizan actividades consideradas esenciales a que hace referencia el punto

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