Resolución con número de expediente RRA 3007 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 14-06-2017

Sentido del falloCONFIRMA
EmisorPEMEX LOGÍSTICA (PEMEX L)
Fecha14 Junio 2017
Número de expedienteRRA 3007
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
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María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de Revisión de Acceso
Expediente: RRA 300
7/
17
Sujeto obligado: Pemex Logísti
ca
Folio: 1857000028817
Ciudad de México, a catorce de junio de
dos
mil diecisiete.
Visto
el
estado
que
guarda el expediente
de
l recurso de revisión RRA 3007/17,
interpuesto en contra de Pemex Logística, se emite la presente resolución
to
mando
en cons
id
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ig
uientes :
RESULTANDOS
PRIMERO. Solicitud de acceso a
la
información
El
dos
de mayo
de
dos
mil diecisiet
e,
el particular presentó, a través de
la
Plataforma
Nacional de Transparencia, una solicit
ud
de acceso a la información ante Pemex
Logística, en la que requirió lo siguiente:
"
Descripción
clara
de
la
solicítud
de
i
nformació
n:
Copia en versión electrónica de
los mont
os
de
indemnizaciones y dem
ás
apoyos pagada a l
as
v/climas del estallido de
un gasoducto
en
el
poblado Huimango del municipio
de
Cunduacán, Tabasco en
el
mes
de
julio del año 2005, lo anter
ior
desglosado
por
cada una de las v/climas.
Modalidad
preferente
de
entrega
de
información:
Ent
rega
por
Internet en la
PN
T"
(sic)
SEGUNDO. Respuesta de sujeto obligado
El ocho de mayo
de
dos
mil diecisiet
e,
Pemex Logística, respondla solicitud, a
través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en los siguientes términos:
"(
..
.)
La información solicitada no
es
competencia de esta dependencia o entidad.
Con b
ase
en lo previsto
en
la L
ey
General
de
Tr
ansparencia y Acceso a la Inform
ac
ión
Pública, y de acuerdo a la información que solicita, le sugerimos que
ac
ud
a con la
Unidad de Enlace de:
Estimado Ciudadan
o,
en atención a
la
So
licitud de
Acc
eso a
la
Información Pública, al
Amparo
de
la
Ley Federal
de
Transparencia y Acceso a la Información Pública
(LFTAIP), con número 18570000
28
8
17,
que indica: Copia en
ver
sión electrónica de los
montos
de
indemnizaciones y demás apoyos pagada a las víctimas del estallido de un
gasoducto en
el
poblado Huimango del municipio
de
Cunduacán, Tabasco en el mes
de julio del
afio
2005,
Jo
anterior desglosado
por
cada u
na
de las víctimas. Al respecto
le informamos que de conformidad con
el
Estatuto Orgánico
de
Pemex L
og
ística, y que
para
su
consulta
se
proporciona dirección electrónica:
http:/lwww.dof.gob.mx/nota detall
e.
ohp?codigo=5413557&fecha=2911 0/2015,
publicado
en
el
Diario Oficial de
la
Federación el pasado 29 de octubre de 201
5,
cuyo
Página 1
de
18
Jnstitut
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rczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso
de
Rev
isión
de
Acceso
Expediente: RRA 3007/17
Sujeto
obligado: Pemex Logística
Folio: 1857000028817
objeto se cita en su attlcu/o
3,
no
se contempla ninguna cuestión vinculada con
indemnizaciones, montos y apoyos a ctimas de siniestros,
por
Jo
que le sugerimos que
realice su consulta a la Unidad de Transparencia de Petróleos Mexicanos, sin que esto
constituya la seguridad
de
que se cuente con
la
Información que requiere. Petróleos
Mexicanos es Sujeto Obligado
de
la
Ley Federal
de
Transparencia, quien cuenta con
su propia Unidad de Transparencia. Lo anterior, con fundamento en el attlcuto
131
de
la L
FT
AIP. Reciba un cordial saludo. Unidad
de
Transparencia
de
Pemex Loglstica."
(sic)
TERCERO. Interposición del recurso
de
revisión
de
acceso
El ocho de mayo de dos mil diecisiete, el
pa
rticular interpuso el presente recu
rs
o de
revisión en contra de la respuesta emitida por Pemex Logística, mediante el cual
man
if
estó los siguientes
ag
ravios:
"Ac
to
que
se
recurre y
puntos
pet
itorios:
recurso de revision. ya que el sujeto
obligado me niega
la
informacion solicitada"(sic)
CUARTO. Trámite del recurso
El ocho de mayo de dos mil diecisiete,
se
asignó al recurso de revisión el número
de expediente RRA 3007/17 y se turnó a la Comisionada Ponente, Maria Patricia
Kurczyn Villalobos,
para
los efectos establec
id
os en el artículo 1
56,
fracción 1 de la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informacn Púb
li
ca.
El
once de mayo de dos mil diecisiete, se acordó la admisión del recurso de revisión
interpuesto por el particular en contra
de
Pemex
Log
ísti
ca,
de conformidad con lo
dispuesto en los artículos 148, fracción
111
y 1
56,
fracción 1 de la Ley Federal de
T
ra
nsparencia y Acceso a la Información Pública; así como
en
l
os
numerales
Primero y Segundo fracciones 1
11,
IV, V, VIl y
XII,
del Acuerdo mediante el cual se
confieren funciones a los Secretarios
de
Acuerdos y Ponencia para coadyuvar con
los
com
isionados ponentes en la sustanciación de los medios de impugnación
competencia del Instituto Nacional
de
Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos
Pe
rs
onales, establecidos en la
Ley
General de Protección de
Datos Personales
en
Posesión de Sujetos Obligados, Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, y
en
la Ley
Fe
deral de
Transparencia y Acceso a la Información Pública; publicado en el Diario Oficial
de
la Federación el diecisiete de marzo
de
dos mil diecisiete.
Página 2 de
18

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