Resolución con número de expediente RRA 11508 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 01-12-2021

Sentido del falloCONFIRMA
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES (Antes IFAI)
Fecha01 Diciembre 2021
Número de expedienteRRA 11508
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA PERSONA
SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona con la única
finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Josefina Román Vergara
RRA 11508/21
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales
Infomex, solicitudes de información.
Tras turnar la solicitud a la Dirección General de
Tecnologías de la Información, el sujeto obligado manifestó
que no se encuentra en sus atribuciones conocer de lo
requerido, ya que son los estados los encargados de
publicar la información. Refiriendo además que, la PNT es
solo un receptáculo de la información, en la cual se carga
por parte de los diversos sujetos obligados existentes en el
ámbito federal, por lo que solamente es el custodio de la
PNT, quien otorga soporte técnico a los Organismos
Garantes.
En relación con el sistema Infomex, refiriendo que solía
contar con el avance de las solicitudes de información
de la primera mitad del año en curso, lo siguiente:
1) El cronograma de cada cuándo lo actualizan y,
2) La base de datos de solicitudes de este año al
día primero de este mes -septiembre-.
El particular señaló como agravio la inexistencia de la
información.
El sujeto obligado turnó la solicitud a la unidad
administrativa competente, aunado a que no se advierte
obligación alguna de contar con lo requerido, por lo que
se CONFIRMA el presente recurso.
Expediente: RRA 11508/21
Sujeto obligado: Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales
Folio de la solicitud: 0673800164921
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes:
RESULTANDOS
1. Solicitud de información. El seis de septiembre de dos mil veintiuno, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a la
información pública ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información
y Protección de Datos Personales, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Entrega por Internet en la PNT
Descripción de la solicitud de información: A quien corresponda: Con anterioridad el sitio
web https//www.infomex.org.mx/gobiernofederal/homeOpenData.action solía contar con el
avance las solicitudes de información de la primera mitad del año en curso. No sé con
exactitud en que fecha actualizaban el portal, pero este año no lo han hecho. Me gustaría
conocer el cronograma de cada cuándo lo actualizan y, de ser posible, conocer la base de
datos de solicitudes de este año al día primero de este mes. Esto porque considero la base
de datos de infomex lo mejor que tiene el INAI. Saludos (sic)
2. Respuesta a la solicitud. El cinco de octubre de dos mil veintiuno, el sujeto obligado,
a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, notificó la respuesta a la solicitud
de mérito, en los términos siguientes:
Descripción de la Respuesta: “Estimado solicitante con el gusto de saludarle le informamos
que en archivo adjunto se encuentra la respuesta a su solicitud de información.
Saludos cordiales.
Unidad de Transparencia del INAI (sic)
Archivo adjunto de la respuesta: “documento_adjunto_respuesta_0673800164921 (sic)
El archivo adjunto contiene los siguientes documentos:
Expediente: RRA 11508/21
Sujeto obligado: Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales
Folio de la solicitud: 0673800164921
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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a) Oficio número INAI/DGAJ/UT/0673800164921/21, del cinco de octubre de dos mil
veintiuno, emitido por la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, y dirigido a
la parte solicitante, en el cual se manifestó lo siguiente:
“…
En respuesta a su solicitud de información, se hace de su conocimiento lo siguiente:
[Se cita la solicitud de acceso a la información de mérito]
Área (s) a la (s) que se turnó:
[ ], Dirección General de Tecnologías de la Información
Respuesta:
Por lo que hace al requerimiento de su solicitud de acceso, se adjunta la respuesta brindada
por la unidad administrativa indicada.
Modalidad de entrega:
En atención a la modalidad de entrega requerida, esto es “Entrega por Internet en la PNT”,
se proporciona a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información contenida
en el presente documento.
En caso de inconformidad:
Cuenta con un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha de
notificación de la presente respuesta, para presentar recurso de revisión ante el Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI
o Instituto), a través de la Plataforma Nacional de Transparencia,
http://www.plataformadetransparencia.org.mx/, en la sección denominada “Quejas de
Respuestas”, o bien, en forma escrita o mediante escrito libre, en el domicilio del Instit uto.
Dudas o aclaraciones:
Si tiene alguna duda sobre el derecho de acceso a la información y/o de protección de datos
personales o del proceso para presentar su inconformidad en contra de la presente respuesta,
le sugerimos llamar a nuestro número gratuito 800 TEL INAI (800 835 4324), acudir a nuestro
Centro de Atención a la Sociedad del INAI, ubicado en Av. Insurgentes Sur No. 3211, Col.
Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, C.P. 04530, Ciudad de México, o escribirnos a al
correo electrónico atencion@inai.org.mx donde con mucho gusto le atenderemos.
Sin otro particular, aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo
…” (sic)

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