Resolución con número de expediente RRA 2436 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 20-04-2021

Sentido del falloCONFIRMA
EmisorSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD, INOCUIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Fecha20 Abril 2021
Número de expedienteRRA 2436
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 2436/21
Sujeto obligado: Servicio Nacional de Sanidad,
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
Folio de la solicitud: 0821000002421
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
Página 1 de 33
VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en
los siguientes:
RESULTANDOS
1. Solicitud de información. El cinco de febrero de dos mil veintiuno, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a
la información pública ante el Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad
Agroalimentaria, requiriendo lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega: Entrega por Internet en la PNT
Descripción de la solicitud de información: SOLICITO LOS RESULTADOS DEL
PROGRAMA DE MONITOREO DE RESIDUOS DE PLAGUICIDAS DEL 2020 ADJUNTO
PROGRAMA.
SOLICITO LOS RESULTADOS DEL PROGRAMA DE MONITOERO DE RESIDUOS DE
PLAGUICIDAS DEL 2019 Y 2018.
SOLICITO EL PROGRAMA DE MONITOREO DE RESIDUOS PARA 2021. (sic)
A su solicitud, el particular adjuntó el programa nacional de monitoreo de residuos de
plaguicidas en vegetales 2020, tal como se muestra en el siguiente extracto:
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 2436/21
Sujeto obligado: Servicio Nacional de Sanidad,
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
Folio de la solicitud: 0821000002421
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
Página 2 de 33
2. Respuesta a la solicitud. El veintidós de febrero de dos mil veintiuno, el sujeto
obligado, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, notificó la respuesta a
la solicitud de mérito, en los términos siguientes:
Descripción de la Respuesta: “”
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Expediente: RRA 2436/21
Sujeto obligado: Servicio Nacional de Sanidad,
Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
Folio de la solicitud: 0821000002421
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
Página 3 de 33
Archivo adjunto de la respuesta: 0821000002421_065.zip
El archivo adjunto contiene los siguientes documentos:
a) Oficio sin número, de fecha veintidós de febrero de dos mil veintiuno, emitido por la
Unidad de Transparencia del sujeto obligado, y dirigido al solicitante, en el cual se
manifestó lo siguiente:
“…
Sobre el particular se adjunta la respuesta proporcionada por la Dirección General de
Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola y Pesquera, mediante oficio BOO.04.02.04.060.-026-
2021 y sus anexos correspondientes.
...”(sic)
b) Oficio número BOO.04.02.04.060.-026-2021, de fecha doce de febrero de dos mil
veintiuno, emitido por la Dirección General de Inocuidad Agroalimentaria, Acuícola
y Pesquera y dirigido a la Unidad de Transparencia, ambos pertenecientes al sujeto
obligado, en los términos siguientes:
“...
Sobre el particular, en sujeción al artículo 4 de la Ley General de Transparencia y Acceso
a la Información Pública y el artículo 11 de la Ley Federal de Transparencia Acceso a la
Información Pública, adjunto al presente, como Anexo 1, se encuentra el reporte de
resultados del Programa Nacional de Monitoreo de Residuos de Plaguicidas en Vegetales
para el ejercicio 2020, preciso mencionar que se observa una diferencia entre lo
programado y lo realizado derivado de la temporalidad de los cultivos y los ajustes
presupuestales del citado ejercicio. Asimismo, derivado de los Acuerdos emitidos por la
Autoridad Sanitaria (Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se
deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud que implica
la enfermedad por el virus SARS-CoV2 (COVID-19) y el Acuerdo por el que se declara
como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor, a la epidemia de enfermedad
generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), publicados en el Diario Oficial de la
Federación el 24 y 30 de marzo de 2020, respectivamente) hubo que realizar ajustes en
dicha programación.
En cuanto a los resultados derivados de los Programas Nacionales de Monitoreo de
Residuos de Plaguicidas en Vegetales correspondientes a los años 2018 y 2019, en el
Anexo 2, adjunto al presente se encuentran los resultados de dichos periodos, finalmente,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR