Resolución con número de expediente RRA 14588 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 26-01-2022

Sentido del falloMODIFICA
Fecha26 Enero 2022
Número de expedienteRRA 14588
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA PERSONA
SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona con la única
finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Josefina Román Vergara
RRA 14588/21
Procuraduría Federal del Consumidor
Contratos de adhesión.
El sujeto obligado manifestó la inexistencia parcial de lo
solicitado, y se pronunció por dos contenidos, en el sentido
de indicar que un contrato sí se emitió acorde con la
normatividad.
Una persona solicitó diversos contenidos relacionados
con contratos de adhesión.
La persona solicitante se inconformó por la entrega de
información que no corresponde con lo solicitado y por el
cambio de modalidad de acceso.
Se determinó modifica la respuesta, e instruir a una
nueva búsqueda de los puntos 1, 2, 4 y 5 de la solicitud,
así como a proporcionar la información en copia
certificada.
Expediente: RRA 14588/21
Sujeto obligado: Procuraduría Federal del
Consumidor
Folio de la solicitud: 330024521000196
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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VISTO el estado procesal del expediente del recurso de revisión citado al rubro,
interpuesto ante este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los
siguientes:
RESULTANDOS
1. Solicitud de información. El veintidós de noviembre de dos mil veintiuno, a través de
la Plataforma Nacional de Transparencia, una persona presentó la solicitud de acceso a
la información pública ante la Procuraduría Federal del Consumidor, requiriendo lo
siguiente:
Modalidad preferente de entrega: “Copia certificada (sic)
Descripción de la solicitud de información: “Solicitó respetuosamente a esta
PROCURADURÍA FEDERAL DEL CONSUMIDOR como sujeto obligado de la Federación la
siguiente información.
Con fundamento a los artículos de los sistemas de comercialización y la LFPC que de ella
emanan jurídicamente y que autoriza operar esta Procuraduría mediante contratos de
adhesión a empresas que solicitan captar recursos públicos para ser administrados por un
tercero por medio de un Fideicomiso en este caso el F/25811 de Septiembre de 1995, con la
Fiduciaria BBVA Bancomer, que obra en esta Autoridad bajo el amparo del Expediente
416/622-95 que fue celebrado y expreso para tal fin.
El proveedor de Autofinanciamiento con el nombre de la Sociedad Mercantil Tu Casa Express
S.A. De CV. Operó con la NOM-037-SCFI-1994 hoy día ( SE ) y que después fue cancelada
por las nuevas NOM y disposiciones legales aplicables a los nuevos reglamentos de los
sistemas de comercialización mismos que fueron publicados en el DOF, el 04 de Febrero de
2004. Y qué cabe puntualizar; El lapso autorizado por Ley que se les otorgó a sociedades
mercantiles para concluir y cerrar los grupos fue en Diciembre de Dos mil cinco.
En esa referencia proporcionada, Tu Casa Express S.A. De CV. Tuvo la obligación de cerrar
el último grupo que le autorizó la Procuraduría Federal del Consumidor que solicitó
respetuosamente información a está H.Autoridad ya que también está facultada con
fundamento a los artículos 63 al 63 QUINTUS, de solicitar requerimientos de información en
específico a esta sociedad mercantil acerca de los comportamientos y grupos que esta
administra por lo que solicitó información si el Grupo número 401 que fue liquidado por el
proveedor en Julio del año 2017 existe el que suscribe en el citado grupo y si realmente fue
Expediente: RRA 14588/21
Sujeto obligado: Procuraduría Federal del
Consumidor
Folio de la solicitud: 330024521000196
Comisionada Ponente: Josefina Román Vergara
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integrado al referido, en Septiembre del año 2007 como consumidor adjudicado de los
contratos de adhesión números 35053 y 36033, Asimismo se puntualiza a esta Procuraduría
Federal del Consumidor información de que persona física o moral le cedió estos contratos
referidos al peticionario.
A mayor abundamiento el proveedor de Autofinanciamiento integró a los sistemas de
comercialización que administra, a la sociedad mercantil SAGL SISTEMAS S.A. DE CV.
Como consumidor y de haber firmado los contratos de adhesión 35053 y 36033 el día 15 de
Diciembre de 2004. Y después ceder los mismos al que suscribe.
Y se le requiere esta información a la Procuraduría, por que existe en sus archivos digitales y
documentales y que para coadyuvar anexo la siguiente referencia en su búsqueda, el otrora
Director de Prácticas Comerciales Lic. Javier Bernal López con fundamento a los artículos 63
y 63 QUINTUS de la LFPC y Artículo 24 fracciones XVI, XXII Y último párrafo de reglamento
interior de la Secretaría de Economía que también faculta a esta de solicitar la información
cualquiera que sea jurídicamente sobre sistemas de comercialización consistentes en grupos
de consumidores de Autofinanciamiento.
Para su más ágil identificación Números de Oficios ( 410.4.11/004 ) del 17 de Enero del 2011
y el ( 410.4.11/062 ) del 17 de Marzo de 2011, fueron enviados al Director General de
Verificación y Vigilancia LIC. JOSÉ LUIS ALBA COSTAL que obran en la Dirección General
de Acciones Colectivas de esta Procuraduría Federal del Consumidor, por lo que se
desprende y se deduce con la información entregada por el proveedor de Autofinanciamiento,
esta en el expediente referido, y ya se cuenta con la información que estoy solicitando como
consumidor es decir si los consumidores quedaron inscritos uno el 15 de Diciembre de 2004
y el que suscribe el día 11 de Septiembre de 2007.” (sic)
Otros datos para facilitar su localización: “Nombres de Estos 2 consumidores que deben
ya obrar en los archivos digitales de esta Procuraduría y como información que solicitó al
sujeto obligado en modalidad de certificación la respuesta y que detalló a continuación :
Nombre de cada plan, Número de Grupo , Fecha de Inicio y término de cada grupo, su
vigencia y fecha de liquidación, Número de integrantes de cada grupo 1, 201 y 401, Bien o
Servicio contratado por cada consumidor en cada grupo y sus plazos, Número de contrato
por cada integrante de cada grupo ( es decir só lo de estos dos consumidores), Nombre del
integrante de los grupos a los que fuimos como consumidores asignados por el proveedor de
Autofinanciamiento, aviso de las sustituciones realizadas si fue por rescisión, por cancelación,
y por cesión de la titularidad, indicando el nombre del integrante y número de contrato de
estos integrantes a cada grupo y contrato que fue sustituido así como incluir los datos del
nuevo titular el estatus de estos integrantes como consumidores de cada grupo si fuimos
adjudicados, adjudicatarios, rescindidos, cancelados o estamos vigentes y por último el

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