Resolución con número de expediente RRA 13000 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 02-02-2022

Sentido del falloMODIFICA
Número de expedienteRRA 13000
Fecha02 Febrero 2022
Año2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Francisco Javier Acuña Llamas RRA 13000/21 Secretaría de la Función Pública
Resolución de sanción administrativa.
Resolución de sanción emitida en un determinado
expediente de responsabilidad administrativa.
En respuesta, el sujeto obligado clasificó la información
requerida.
La persona recurrente manifestó su inconformidad por
la clasificación de la información.
Se modifica la respuesta y se instruye a la entrega de
la versión pública de la información requerida.
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de la Función Pública
Folio de la solicitud: 330026521000375
Número de expediente: RRA 13000/21
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
Llamas
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
1
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto,
se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 19 de octubre de 2021, el hoy recurrente presentó una solicitud de acceso
a la información, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante
la cual solicitó a la Secretaría de la Función Pública, lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
Entrega por Internet en la PNT
Descripción clara de la solicitud de información:
Solicito la resolución de sanción emitida en el expediente 0041/PAR/2017 con
fecha de resolución 21 de junio de 2018, la cual consistió en una SUSPENSIÓN y
que fue impuesta por el OIC de la S.D.N. (Sic)
II. El 01 de noviembre de 2021, el Pleno de este Instituto aprobó el acuerdo ACT-
PUB/01/11/2021.09
1
, mediante el cual se determinó suspender plazos y términos
para la atención de solicitudes de acceso a la información y de datos personales
y para la interposición de recursos de revisión para los días 26, 27, 28 y 29 de
octubre de 2021; así como para las actuaciones derivadas de los recursos de
revisión y su cumplimiento en materia de acceso a la información y protección
de datos personales para los días 28 y 29 de octubre del mismo año, el cual se
toma en cuenta para emitir la presente resolución.
III. El 19 de noviembre de 2021, la Secretaría de la Función Pública, a través de
la Plataforma Nacional de Transparencia, dio respuesta a la solicitud de acceso
a la información, en los términos siguientes:
“[…]
Descripción de la Respuesta:
Se menciona en la Cuadragésima Primera Sesión Ordinaria del 2021, disponible
para su consulta a través del enlace siguiente:
1
De conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo mediante el cual el Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, suspende plazos y términos para la atención
de solicitudes de acceso a la información y de datos personales y para la interposición de recursos de
revisión para los días 26, 27, 28 y 29 de octubre de 2021; así como para las actuaciones derivadas de los
recursos de revisión y su cumplimiento en materia de acceso a la información y protección de datos
personales para los días 28 y 29 de octubre de 2021; y ampliar el periodo de la carga y actualización de la
información de las obligaciones de transparencia de los Sujetos Obligados de la Federación en el Sistema
de Portales de Obligaciones de Transparencia de la Plataforma Nacional de Transparencia hasta el día 5
de noviembre de 2021, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de noviembre de 2021.
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de la Función Pública
Folio de la solicitud: 330026521000375
Número de expediente: RRA 13000/21
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
Llamas
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
2
https://www.gob.mx/sfp/documentos/actas-del-comite-de-transparencia-sesiones-
ordinarias-2021
Archivo Adjunto de la respuesta: 330026521000375.pdf
[...]” (Sic)
Adjunto a la respuesta como parte integral de esta, el sujeto obligado acompañó
copia simple del oficio sin número de referencia ni fecha, suscrito por la Unidad
de Transparencia del sujeto obligado, y dirigido al hoy recurrente, en los términos
siguientes:
“[...]
Área a las que se turnó la búsqueda de información:
Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional (OIC-SEDENA)
Después de una búsqueda realizada en los documentos del área, a la fecha de
presentación de la solicitud, respondió lo siguiente:
El Órgano Interno de Control en la Secretaría de la Defensa Nacional (OIC-
SEDENA) mencionó que localizó la resolución emitida en el expediente
0041/PAR/2017, sin embargo precisó que dicha información reviste carácter de
RESERVA, por el periodo de 5 años.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 fracción V de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, que a la letra señala:
Artículo 110. Conforme a lo dispuesto por el artículo 113 de la Ley General,
como información reservada podrá clasificarse aquella cuya publicación: [...]
V. Pueda poner en riesgo la vida, seguridad o salud de una persona física;
[...]”
Resolución del Comité de Transparencia:
La clasificación antes referida fue sometida a consideración del Comité de
Transparencia quien determinó su aprobación en la Cuadragésima Primera
Sesión Ordinaria del 2021, disponible para su consulta a través del enlace
siguiente:
https://www.gob.mx/sfp/documentos/actas-del-comite-de-transparencia-sesiones-
ordinarias-2021
[…]” (Sic)
IV. El 19 de noviembre de 2021, se recibió en este Instituto, a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, el recurso de revisión interpuesto por el
hoy recurrente, en contra de la respuesta emitida por parte de la Secretaría de
la Función Pública, mediante el cual manifestó como motivo de agravio, lo
siguiente:

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR