Resolución con número de expediente RRA 10809 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Número de expedienteRRA 10809
EmisorMORENA
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
MORENA
Folio de la solicitud: 2230000020520
Expediente: RRA 10809/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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RRA 10809/20
MORENA Sesión del 26 de enero de 2021
Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Fecha de presentación de la solicitud: 18 de septiembre de 2020
Folio de la solicitud: 2230000020520
Fecha de admisión del recurso de revisión: 22 de octubre de 2020
Días hábiles transcurridos en la tramitación del recurso: 56 días hábiles
Último Pleno de votación: 03 de febrero de 2021
Ampliado:
SOLICITUD
RESPUESTA
AGRAVIO
El particular solicitó:
1. Lineamientos del Estatuto de Morena,
Políticas internas, Leyes vigentes u otros
QUE PERMITAN que Morena pueda
postular candidatos con antecedentes
citados en los tres ejemplos (actos de
corrupción, soberbia, violencia contra la
mujer, incapacidad de gestión pública,
posibles violaciones de derechos humanos,
nepotismo, etc.)
2. En caso de no tener Lineamientos del
Estatuto de M orena, Políticas internas,
Leyes vigentes u otros QUE LO
PERMITAN, solicito nombre del encargado
o encargados de Morena, así como puesto
y medios de acceso (teléfono, correo, etc.)
que tienen facultades para elegir y definir
los candidatos posibles presentes o futuros
de M orena para la Gobernatura de
Michoacán.
En respuesta el sujeto
obligado informó:
Para el punto 1: Se
hace entrega de la
información que solicita
en archivo adjunto.”
Para el punto 2 remitió
un vínculo electrónico,
así como las respectivas
indicaciones para
acceder a la información
de especial interés.
El ahora recurrente se
inconformó señalando que la
información entregada es
incompleta, manifestando al
efecto:
“…La petición 1 no f ue
atendida en su respuesta…”
“… La petición 2, se limitaron a
dar una ruta en el portal… no da
respuesta a: Solicito nombre del
encargado o encargados de
Morena (No enunc ian los
vigentes), así como puesto y
medios de acceso (teléfono,
correo, etc.) que tienen
facultades para elegir y definir
los candidatos posibles
presentes o futuros de Morena
para la Gubernatura de
Michoacán…”
Sentido de la Resolución: Se CONFIRMA la respuesta proporcionada por MORENA a la
solicitud de información con número de folio 2230000020520.
Vista al Órgano Interno de Control: No
ALEGATOS DEL SUJETO OBLIGADO
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
MORENA
Folio de la solicitud: 2230000020520
Expediente: RRA 10809/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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En vía de alegatos el sujeto obligado hizo del conocimiento de éste Instituto el envío de una
respuesta complementaria al particular, la cual una vez analizada se advirtió que da cabal
atención al punto 1 de la solicitud de información, ya que se remitieron diversos documentos
de los cuales se desprende normatividad aplicable a la postulación de candidatos y las
limitantes o excepciones que se tienen respecto a ésta, así como el proceso de elección.
Así, si por un lado se toma en cuenta que el motivo de inconformidad del particular consistía
en la entrega de información incompleta -falta de respuesta al punto 1 de su solicitud de
información-, y por otro, que, a través de un alcance, el sujeto obligado remitió diversos
documentos, de cuyo contenido se desprende información que atiende lo requerido, dejando
con ello insubsistente el agravio, es que se decreta la actualización de la causal de
sobreseimiento parcial prevista en el artículo 162, fracción III, de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información.
Por otra parte, toda vez que respecto de la atención brindada al punto 2 de su solicitud
de información, el peticionario manifestó inconformidad, no obstante, en respuesta
complementaria y alegatos la autoridad recurrida reiteró su respuesta inicial, resulta
pertinente entrar al estudio de fondo del presente medio de impugnación.
ARGUMENTOS DEL PROYECTO
Dicho lo anterior, el estudio de fondo se ciñó a la entrega de información incompleta
respecto del punto 2.
En ese sentido, tras ingresar al vínculo electrónico y seguir las instrucciones otorgadas por el
sujeto obligado en respuesta, se logra obtener el nombre de los encargados de supervisar
la selección interna de candidatos, así como el cargo/puesto y los datos contacto
(télefono/correo electrónico) de éstos; por lo que, contrario a las manifestaciones del
particular, es completa la atención brindada, y por tanto infundado el agravio.
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
MORENA
Folio de la solicitud: 2230000020520
Expediente: RRA 10809/20
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Ciudad de México, a veintisiete de enero de dos mil veintiuno.
VISTO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RRA 10809/20
relativo al recurso de revisión señalado al rubro, el cual se interpuso en contra de la
respuesta emitida por MORENA, se formula resolución en atención a los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I.- El dieciocho de septiembre de dos mil veinte, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, la parte interesada requirió, en otro medio, lo siguiente:
Descripción clara de la solicitud de información: Buenas tardes: El correo anexo, detalla
la petición de información. Manifestar adicionalmente que, independientemente que la
elección del candidato a Gobernador compete al Estado, hago llegar la petición de
información a la base nacional de MORENA por ser un tema de carácter general, es decir,
la respuesta otorgada por la base de Morena, es mandante para los Estados. Gracias
A las manifestaciones anteriores, el solicitante adjuntó un escrito libre del veintinueve de
mayo de dos mil veinte, dirigido a quien corresponda, que a la letra dice:
A través de este medio y con el debido respeto y sabido de la contingencia vigente, solicito
la siguiente información en cuanto sea reactivada la actividad laboral.
Antes de iniciar la petición de información y como primer tema quiero mencionar unos
ejemplos de posibles candidatos a la gubernatura de Michoacán y algunos antecedentes
de estos, ya que algunos ciudadanos descartamos por completo las postulaciones de
candidatos que no cumplan con honestidad, rectitud y espíritu de servicio:

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