Resolución con número de expediente RRA 8188 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 11-08-2021

Sentido del falloREVOCA
EmisorSECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (SCT)
Número de expedienteRRA 8188
Fecha11 Agosto 2021
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona con la única
finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Blanca Lilia Ibarra Cadena
RRA 8188/21
Secretaría de Comunicaciones y
Transportes
Permisos y, en su caso, expedientes, relacionados con
la instalación de dos estaciones de servicio en
Campeche.
La incompetencia para conocer de lo requerido.
La incompetencia.
REVOCAR LA RESPUESTA PROPORCIONADA,
pues el sujeto obligado cuenta con atribuciones para
conocer de permisos de aprovechamiento de derecho
de vía. Motivo por el que se instruyó a una nueva
búsqueda de lo peticionado.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
1
Ciudad de México, a once de agosto de dos mil veintiuno
Resolución que REVOCA la respuesta del sujeto obligado cuyos datos obran al rubro,
en atención a lo siguiente:
ANTECEDENTES:
I. Presentación de la solicitud de información. El once de junio de dos mil veintiuno,
se presentó una solicitud de acceso a la información, mediante la Plataforma Nacional
de Transparencia, al sujeto obligado, cuyo contenido es el siguiente:
Descripción clara de la solicitud de información: 1. Copia del expediente, así como
del resolutivo y/o documento por medio del cual se otorgo la instalación y operación de la
gasolinera ubicada en Km. 39980 Lado Derecho Carretera Federal Libre Escárcega -
Champotón, S/C, C. P. 24400, Champotón, Campeche c on número de permiso CRE
PL/23679/EXP/ES/2020, cuyo titular es Multiservicios Dzibalchen, S. A. de C. V. 2. Copia
del expediente, así como del resolutivo y/o documento por medio del cual se otorgo la
instalación y operación de la gasolinera ubicada en Km. 55500 Carretera Escárcega-
Chetumal, Col. Silvituc, C. P. 30529, Escárcega, Campeche con número de permiso CRE
PL/23328/EXP/ES/2020, cuyo titular es Multiservicios Dzibalchen, S. A. de C. V.” (sic)
Otros datos para facilitar su localización: Todo lo relacionado a Multiservicios
Dzibalchen, S. A. de C. V.”(sic)
Modalidad preferente de entrega de información: “Entrega por Internet en la PNT” (sic)
II. Respuesta de la solicitud de acceso. El quince de junio de dos mil veintiuno, el
sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, respondió a la
solicitud de información, cuyo contenido es el siguiente:
“…
En atención a su solicitud de información, y con fundamento en el artículo 131 de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, hago de su conocimiento
que los sujetos obligados que podrían ser competentes para conocer de lo solicitado son
la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y Petróleos Mexicanos (PEMEX
Transformación), por lo que se sugiere dirigir su solicitud de información ante su Unidad
de Transparencia. https://www.infomex.org.mx/gobiernofederal/home.action
https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#inicio

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