Resolución con número de expediente RRA 1424 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 04-05-2022

Sentido del falloMODIFICA
Fecha04 Mayo 2022
Número de expedienteRRA 1424
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y
PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
RESUMEN PARA LA SOCIEDAD
Con circunscripción territorial perteneciente a
Sinaloa en el periodo 2020 - 2021, la lista de
aspirantes a apoyos financieros y técnicos
dirigidos a la institución, solicitudes de apoyo por
parte de emprendedores y proyectos de
inversión, así como solicitudes de financiamiento
y otros servicios de desarrollo empresarial..
El sujeto obligado Proporcionó un archivo en formato
Excel, que contiene las Solicitudes de financiamiento
y otros servicios de desarrollo empresarial y un
archivo en formato Excel, que contiene las
Solicitudes de apoyos otorgados, ambos para la
circunscripción territorial perteneciente a Sinaloa
durante el periodo solicitado 2020-2021. Con
relación a la “lista de aspirantes” a apoyos
financieros y técnicos dirigidos a la institución,
comunicó que no cuenta con información al respecto.
La parte recurrente indicó como motivo de
agravio la entrega de información incompleta. MODIFICAR la respuesta e instruir al sujeto obligado
a que realice una búsqueda del nombre de los
solicitantes y la fecha de solicitud de las solicitudes
de financiamiento y otros servicios de desarrollo
empresarial y las solicitudes de apoyos otorgados
para la circunscripción territorial, ambas
pertenecientes a Sinaloa en el periodo 2020-2021,
en la Dirección General Adjunta de Promoción de
Negocios y Coordinación Regional, e informe el
resultado de la búsqueda al interesado.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Esta resolución puede ser impugnada, por la persona solicitante, ante el Poder Judicial de la Federación
MOTIVO DE LA INCONFORMIDAD EL INAI RESOLVIÓ
INFORMACIÓN RELACIONADA
Francisco Javier Acuña Llamas
COMISIONADO
RRA 1424/22
EXPEDIENTE
Financiera Nacional de Desarrollo
Agropecuario, Rural, Forestal y
Pesquero
INSTITUCIÓNQUE
RECIBIÓLASOLICITUD
INFORMACIÓN SOLICITADA RESPUESTA RECIBIDA
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Financiera Nacional de Desarrollo
Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
Folio de la solicitud: 330013922000005
Número de expediente: RRA 1424/22
Comisionado Ponente: Francisco Javier
Acuña Llamas
1
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto,
se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 10 de enero de 2022, la parte requirente presentó una solicitud de acceso a
la información, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la
cual solicitó a la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal
y Pesquero, lo siguiente:
Medio para recibir Notificaciones:
Correo Electrónico
Medio de Entrega:
Cualquier otro medio incluido los electrónicos.
Descripción clara de la solicitud de información:
Solicito la lista de aspirantes a apoyos financieros y técnicos dirigidos a la institución,
con circunscripción territorial perteneciente a Sinaloa del periodo 2020 - 2021;
solicitudes de apoyo por parte de emprendedores y proyectos de inversión con
circunscripción territorial perteneciente a Sinaloa del periodo 2020 - 2021; solicitudes
de financiamiento y otros servicios de desarrollo empresarial con circunscripción
territorial perteneciente a Sinaloa del periodo 2020 - 2021.” (sic)
Datos complementarios:
Circunscripción territorial perteneciente a Sinaloa por el periodo 2020 2021. (sic)
II. El 04 de febrero de 2022, la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario,
Rural, Forestal y Pesquero, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia
dio respuesta a la solicitud de acceso a la información de la parte requirente, en
los siguientes términos:
“[…]
Respuesta:
Estimado Solicitante:
Se adjunta en formato Zip la respuesta a su solicitud.
Atentamente,
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Financiera Nacional de Desarrollo
Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero
Folio de la solicitud: 330013922000005
Número de expediente: RRA 1424/22
Comisionado Ponente: Francisco Javier
Acuña Llamas
2
Unidad de Transparencia de la FND.
[…] (sic)
En archivo adjunto a su respuesta, el sujeto obligado remitió copia simple de los
siguientes documentos:
a) Oficio sin mayor referencia, emitido por la Unidad de Transparencia de la
Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero,
y dirigido a la parte solicitante, por medio del cual comunicó lo siguiente:
“[…]
En contestación a su Solicitud de Información, registrada con el número
330013922000005, en la que solicitó lo siguiente:
“Solicito la lista de aspirantes a apoyos financieros y técnicos dirigidos a la
institución, con circunscripción territorial perteneciente a Sinaloa del periodo
2020 - 2021; solicitudes de apoyo por parte de emprendedores y proyectos de
inversión con circunscripción territorial perteneciente a Sinaloa del periodo
2020 - 2021; solicitudes de financiamiento y otros servicios de desarrollo
empresarial con circunscripción territorial perteneciente a Sinaloa del periodo
2020 2021.
Datos complementarios:
Circunscripción territorial perteneciente a Sinaloa por el periodo 2020 - 2021.”
(sic)
Sobre el particular la Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal
y Pesquero (FND) da respuesta a dicha solicitud, dentro del término señalado en los
Artículos 132 y 135 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública (LGTAIP), y de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información
Pública (LFTAIP), respectivamente, así como lo establecido en el Lineamiento Octavo
de los Lineamientos.
La Unidad de Transparencia de la FND en términos de lo establecido en el Artículo
131 de la LGTAIP, y 133 de la LFTAIP, turnó su solicitud a la Dirección General
Adjunta de Crédito (DGAC) y a la respuesta fue proporcionada por el Lic. Ricardo
Velazquez Herrera, Coordinador de Área así como a la Dirección Ejecutiva de
Promoción de Negocios con Intermediarios Financieros Rurales, Dirección Ejecutiva
de Enlace y Evaluación de Coordinaciones Regionales adscritas a la Dirección
General Adjunta de Promoción de Negocios y Coordinación Regional (DGAPNCR) y
la respuesta fue proporcionada por el Ing. Jorge Gómez Pelayo Director Ejecutivo de
Promoción de Negocios con Intermediarios Financieros Rurales y por el Lic. Jesús

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