Resolución con número de expediente RRA 3445 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 06-04-2022

Sentido del falloREVOCA
Número de expedienteRRA 3445
Fecha06 Abril 2022
Año2022
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Adrián Alcalá Méndez
RRA 3445/22
Secretaría del Trabajo y Previsión
Social
Se requirió el número de aprendices del Programa
Jóvenes Construyendo el Futuro que se han capacitado
en instituciones públicas municipales, de 2019 a 2021,
desglosando la información por año y entidad
federativa.
El sujeto obligado informó que no cuenta con la
información con el nivel de desglose requerido por la
persona solicitante. Por lo que proporcionó la fuente y
los pasos a seguir para ingresar al padrón de personas
beneficiarias del Programa Jóvenes Construyendo el
Futuro.
La persona recurrente impugnó la entrega de
información que no corresponde con lo requerido en su
solicitud.
Revocar la respuesta en tanto que, de la normativa que
regula el Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, se
desprende que el sujeto obligado sí podría contar con
la información al nivel de desglose solicitado, aunado a
que en cumplimiento a una diversa resolución entregó
información desagregada de forma específica. En
consecuencia, se instruye a realizar una nueva
búsqueda exhaustiva, y con un criterio amplio, de la
información requerida.
No aplica.
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos
Personales
Recurso de Revisión de Acceso: RRA
3445/22
Sujeto Obligado: Secretaría del Trabajo y
Previsión Social
Folio de la solicitud: 330027122000147
Comisionado Ponente: Adrián Alcalá
Méndez
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Resolución que revoca la respuesta que originó el recurso de revisión citado al
rubro, que se emite con base en los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1. SOLICITUD. El 31 de enero de 2022, la persona solicitante requirió al sujeto
obligado, mediante la entrega por la Plataforma Nacional de Transparencia, la
siguiente información:
Copia en versión electrónica del numero de aprendices del programa Jóvenes
Construyendo el Futuro que que se capacitan en Instituciones Públicas Municipales, lo
anterior del año 2019 al año 2021, desglosado por año y entidad federativa
2. RESPUESTA. El 01 de marzo de 2022, el sujeto obligado respondió la solicitud,
mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, en los términos siguientes:
En atención a la solicitud de acceso a la información con folio: 330027121000147 y con
registro interno STPS/UT/330027122000147/2021 de fecha 31 de enero de 2022, a
través de la cual notifica que la Unidad de Transparencia recibió la solicitud en la que
se requiere lo siguiente:
[Se transcribe solicitud]
Al respecto y con fundamento en los artículos 6° de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; artículos 1, 2, 3, 5, 6, 11 y demás aplicables de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 40 de la Ley Orgánica de
la Administración Pública Federal; en ejercicio de las atribuciones conferidas en los
artículos 1, párrafo segundo, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria; se informa lo siguiente:
Con relación a su solicitud, de conformidad con el artículo 16 fracción I, del Reglamento
Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial de
la Federación el 23 de agosto de 2019, le corresponde coordinar la implementación del
Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, conforme a lo dispuesto en los lineamientos
y reglas de operación de dicho Programa, el propio Reglamento y demás disposiciones
jurídicas aplicables, esta Unidad únicamente es competente para conocer del Programa
Jóvenes Construyendo el Futuro. Por lo que refiere a… “Copia en versión electrónica
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de Datos
Personales
Recurso de Revisión de Acceso: RRA
3445/22
Sujeto Obligado: Secretaría del Trabajo y
Previsión Social
Folio de la solicitud: 330027122000147
Comisionado Ponente: Adrián Alcalá
Méndez
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del numero de aprendices del programa Jóvenes Construyendo el Futuro que que
se capacitan en Instituciones Públicas Municipales, lo anterior del año 2019 al año
2021, desglosado por año y entidad federativa”, no se localizaron elementos de
convicción que permitan determinar la existencia de la información solicitada en estos
rubros y con ese nivel de especificidad tal y como lo indica en su escrito adjunto, el hoy
solicitante, por lo que no se puede otorgar la información referida.
Cabe señalar que de conformidad con la disposición general SEGUNDA, fracción XI,
de las Reglas de Operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, publicadas
en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2021, define a los centros de
trabajo, como las empresas, personas físicas, instituciones públicas u organizaciones
sociales que participa en el Programa para la capacitación de aprendices; y los tutores
que la fracción LIV de la misma disposición general SEGUNDA los define como la
persona (física) designada por el Centro de Trabajo para instruir, orientar, dar
seguimiento y evaluar las actividades de las y los aprendices conforme lo establecido
en el Plan de Capacitación, aunado a que en el ordinal SÉPTIMO, fracciones III y IV, se
establece que en el programa participan, los centros de trabajo identificadas como las
Empresas, organizaciones de la sociedad civil, instituciones públicas o personas físicas
con actividades productivas para ofrecer e impartir capacitación laboral a las y los
aprendices del Programa y los tutores como el Personal de los Centros de Trabajo,
designado por estos mismos, para capacitar y evaluar a las y los jóvenes aprendices
del Programa, de acuerdo con el Plan de Capacitación registrado, y de conformidad con
el ordinal DÉCIMO SEGUNDO, inciso c) de las mismas Reglas de Operación, que
establecen los derechos de los centros de trabajo, no se desprende que éstos reciban
prestación alguna en dinero o en especie del Presupuesto de Egresos de la Federación
destinado a la operación del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro o destinado a
la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por el contrario, los centros de trabajo
operan con recursos propios no del presupuesto destinado al programa jóvenes
construyendo el futuro- y con ellos proporcionan las instalaciones adecuadas, equipo,
mobiliario, herramientas y cualquier otro insumo en especie necesarios de acuerdo al o
los giros que desarrollan para que los jóvenes becarios se capaciten; además, los
centros de trabajo pagan con sus propios recursos los salarios y prestaciones de los
tutores designados para llevar el proceso de capacitación de los jóvenes becarios, los
servicios públicos que utilizan como agua potable, energía eléctrica, en algunos casos
telefonía local y/o móvil e internet inclusive, así como los impuestos que las leyes les
señalan; de ahí que podemos concluir válidamente que los centros de trabajo, no están
considerados como beneficiarios del programa “Jóvenes Construyendo el Futuro”, toda
vez que no reciben monto, recurso, beneficio o apoyo alguno, en dinero o en especie a
cargo del Presupuesto de Egresos de la Federación para la operación del Programa;

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