Resolución con número de expediente RRA 3116 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 20-04-2022

Sentido del falloSOBRESEE
Fecha20 Abril 2022
Número de expedienteRRA 3116
Año2022
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Norma Julieta del Río Venegas
RRA 3116/22
Telecomunicaciones de México
La persona requirente solicitó todos los oficios y
solicitudes recibidos por la Oficialía de Partes o el
personal de la Gerencia de Calidad de Vida, d el 16 al 31
de diciembre de 2020.
De manera extemporánea, el sujeto obligado otorgó
respuesta a la solicitud de información, se ñalando que la
Gerencia de Calidad de Vida no recibió ninguna
correspondencia.
La persona requirente se inconformó por la falta de
respuesta.
SOBRESEE, toda vez que, se advierte que el sujeto
obligado dio respuesta de forma extemporánea con la
información solicitada.
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección
de Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Telecomunicaciones de México
Folio de la solicitud: 330029322000443
Número de expediente: RRA 3116/22
Comisionado Ponente: Norma Julieta del Río
Venegas
1
VISTO el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto,
se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
RESULTANDOS
I. El 17 de enero de 2022, se presentó una solicitud de acceso a información, a
través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la cual se requirió a
Telecomunicaciones de México, lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
Entrega por Internet en la PNT
Descripción clara de la solicitud de información:
“todos los oficios, escritos y solicitudes, recibidos por la oficialía de partes, o el personal
de la Gerencia de Calidad de Vida, del 16 al 31 de Diciembre de 2020”. (sic)
II. El 15 de febrero de 2022, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia,
Telecomunicaciones de México notificó a la persona solicitante una prórroga para
dar respuesta a la solicitud, en los siguientes términos:
Con el propósito de realizar la búsqueda exhaustiva de la información requerida y con
la finalidad de llevar a cabo el análisis de la documentación, para en su caso, elaborar
las versiones públicas correspondientes y someterlas a consideración del Comité de
Transparencia y toda vez que se trata de un gran volumen de documentos, se solicita
la ampliación del plazo para dar respuesta a su solicitud.”
III. El 04 de marzo de 2022, se recibió ante este Instituto el recurso de revisión
interpuesto por la persona solicitante en contra de Telecomunicaciones de México,
mediante el cual manifestó lo siguiente:
Acto que se recurre y puntos petitorios:
“Toda vez que el sujeto no entrego en tiempo y forma la documentación requerida en
la solicitud, se presume que esta ocultando la información al no entregarla o informar
el impedimento legal que justifique su no exhibición.
Por lo anterior SOLICITO SE ENTREGUE DE MANERA INMEDIATA los oficios que he
precisado, así como cualquier otro que haya omitido entregar, ya sean completos, o en
su versión publica para el caso de que existan elementos fundados para ello, así mismo
me reservo mi derecho para ampliar la queja que se requiera realizar en caso de que
la información solicitada se encuentre incompleta y nuevamente fuera del tiempo de
entrega. Finalmente SOLICITO SE APLIQUE LA SANCION ADMINISTRATIVA
establecida en la ley de la materia, y se de vista al órgano interno de control del sujeto
obligado.” (Sic)

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