Resolución con número de expediente RPD 988 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 28-11-2016

Sentido del falloREVOCA
EmisorJUNTA FEDERAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
Fecha28 Noviembre 2016
Número de expedienteRPD 988
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
l
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Fe
deral
de
Conciliaci
ón
y Arbitraje
Fo
l
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de
la
solicitud:
1410000050416
Exp
e
dient
e:
RPO
0988/16
Com
is
ionado
Po
nent
e: Francisco Jav
ier
Acuña
Llamas
Vi
sto
el
exped
ie
nte relativo
al
r
ec
urso de revisión Interpuesto ante este
In
stituto, se
procede a dictar
la
presente resolución c
on
base en los siguientes:
ANTECEDENTES
l. El
06
de octubre de 2016,
la
particu
la
r presentó una solicitud de acceso a datos
personales. a través de la P
la
tafo
rm
a Nacional de Transparencia, med iante el cual
requirió a
la
Junta Feder
al
de Conciliación y A
rb
itraje, lo siguiente:
Modalidad prefere
nte
de
entrega de I
nfo
rmac
n:
Cop
ra so
mp
le
D
escripción
clara
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soli
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it
ud
de
Info
rm
ación:
"COPIAS SIMPLES DE
LOS
2 EXPEDIENTES PROCEDENTES DE
LA
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SON EL
28
712
01
3 Y E L
683
/2013," (sic)
Otr
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ión:
"EX
PEDIEN
TE
28712013 EXPEDIEN
TE
68
3/2013 JUNTA ESPECIAL NO
21
MERIOA,
YUCA
TAN ARCHIVISTA JORGE ROBERTO SANTANA" (sic)
11
. E120 de octubre de 2016, mediante
la
P
la
taforma Nacional de Transparencia, la
Jun
ta
Federal de Concíliaclón y Arbitraje d
io
respuesta a
la
solicitud de acceso a
dat
os personal
es,
en los siguientes
rminos·
"{
..
' 1
Con fundamenlo en la
Ley
General de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública,
se
ad¡unta la Información solicitada·
Se anexa
en
archivo pdf, el oficio a través
deJ
cual se
da
respuesta a su solicitud,
para
abrirlo utilice
el
programa adobe acrobat reader En caso
de
tener
alg~n
problema con
el
archiVo ad¡unto favor de
com
u
nica~e
al tel
5003
·1000, ext.
61432
o al correo
electrónico transparenciajfca@stps.gob.
mx
. o bien pueda asistir directamente a
Calzada Azcapotzalco la Villa 311 Planta
sa
,a, Colonia Barrio
de
Santo Tomas,
Delegaco
ón
Azcapotzalco, C.P. 02020 ..
Archivo
:
1~
!O
OQ0050416
065
.00!
¡
..
.r
(sic)
En
archivo adjunto a
la
respues
ta
, el sujeto obligado remitió copta simple del oficto
me
ro
110/SSI/1410000050416/2016, de fecha 19 de septiembre de
201
6,
signado por el Titular de
la
Unidad de Tra nsparencia de
la
Junta de Conciliacn y
Arbitraje, y di
rig
ido al solicitante, el cual contiene la i
nf
ormación siguiente:
1
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de:
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J
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitu
d: Junta
Fe
deral de Conciliaci
ón
y Arbitraje
Fol
io
de
la
so
l
ici
tud: 1410000050416
Expediente: R
PD
0988/16
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
Llamas
En
respuesta a
su
solicitud de datos personales Ingresada a través
de
la
Platafonna
Nacional de Transpar
en
cia, registrada bajo el número de follo Indicado al rubro, a través
de
la cual solicitó conocer
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SAN'TANA"C$•
tJ
Se hace del conocimiento que con fonne a lo dispuesto en el articulo Segundo
Transitorio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
publicada en el Diario Oficial de
la
Federación al 9 da mayo de 2016, mediante
DECRETO por
el
que
ae
abroga la Ley Federal de Transparencla y Acceso a la
Informacn Pública Gubernamental y se expide
la
Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Publica, se estableció que se abroga la Ley Federal de
Transparencia y Acceso e
ta
Información Pública Gubernamental
Pubi'ICSda
en
el
Oiano
Oficial de la Federaci
ón
el 1 1 de junio de 2002, con excepción de lo dispuesto
en
el
párrafo siguiente En
ta
nto
no
se
exp1dan
las leyes generales en matarla de datos
personales
en
posesión de sujetos obligados y archiVo, permanecerá vigente la
normalivldad federal en la materia.
En
atenc
n a lo
anter1or,
y toda vez que la Información por usted solicitada, esto es
información y/o documentación de un juicio laboral, es considerada un dato personal,
ya que da cuenta de la Situación ¡urldlea
de
una persona fl1k:a, la presente solicrtud
se
atiende conforme a lo dispuesto
en
el Capitulo IV (Arts.
20
a
26
) de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la lnfonnaclón Pública Gubemamental, Capitulo VIl (Arts.
47
y 48) de
su
Reglamento, ambos denom•nados 'Protecc•ón de datos personales
",
mismos que en
lo
que
~nteresan
refieren que los sujetos obligados serén los
responsables de resguardar los datos personales que obren en
su
poder asimismo, no
podrá difundir,
dlstríbw
o comerciar los m•smos, salvo que medie
el
consentlmiento
expreso del titular de dichos datos, por escrito, y solo su tllular o representante podrán
solicrtar a una
Un1dad
de Transparencia o su equivalente prevl8 acred
1tec16n
, se le
proporcion
e,
corrijan o modifiquen
su
s datos personales.
En consecuencia, confonne a
10
establecido en los articules
131
de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y 133 de
la
Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública
su
petición fue turnada, para su
atención, a la Junta Especial Número Veintiuno, por
ser
la unidad admimstraliva que
en
el ámbito de su competencia pudiera contar con la Información requerida.
Derivado da lo anterior, Se comunica que al
dla
de la fecha la Junta Especial mero
Veintiuno, se encuentra realizando una búsqueda áe la Información requerida, por lo
que una vez que
se
cuente con el pronunciamiento correspondiente, este
se
18
hará del
conoc
im
iento, n la cuonta de
co
rreo
el
ectr
ó
nico
sala
do
en su
soli
ci
tud.
2

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