Resolución con número de expediente RIA 494 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 30-08-2023
Sentido del fallo | SOBRESEE |
Año | 2023 |
Fecha | 30 Agosto 2023 |
Número de expediente | RIA 494 |
Sección | Resoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público) |
Se solicitó conocer toda la información en posesión del
sujeto obligado, que haya sido generada, enviada,
recibida o resguardada durante el periodo comprendido
entre los años 2018 a 2023.
El sujeto obligado no dio respuesta a la solicitud.
El particular presentó la inconformidad en contra de la
falta de resolución a su recurso de revisión. Sobreseer el recurso de revisión por improcedente toda
vez que el plazo que tiene el Organismo Garante Local para
resolver el recurso de revisión RR-4776/2023 aún no ha
fenecido.
.
No aplica.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
Adrián Alcalá Méndez
RIA 494/23
Instituto de Transparencia, Acceso a
la Información Pública y Protección de
Datos Personales del Estado de
Puebla
La persona recurrente se quejó por la falta de respuesta a
la solicitud de información.
El Organismo Garante Local no ha emitido resolución.
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