Resolución con número de expediente RIA 60 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 10-03-2021
Sentido del fallo | SOBRESEE |
Emisor | MONITOREO DE SERVICIOS NO UTILIZAR |
Fecha | 10 Marzo 2021 |
Número de expediente | RIA 60 |
Sección | Resoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público) |
Organismo Garante Local: Instituto Veracruzano de
Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales
Folios: INEXISTENTE
Expediente: RIA 60/21
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Ciudad de México, a diez de marzo de dos mil veintiuno.
VISTO: El estado que guarda el expediente identificado con el número RIA 60/21, relativo
al recurso de inconformidad señalado al rubro, en contra del Instituto Veracruzano de
Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, se formula resolución en
atención a los siguientes:
R E S U L T A N D O S
I. El veintitrés y veinticuatro de junio de dos mil diecinueve, el hoy inconforme presentó
diversas solicitudes de acceso a la información, mediante la Plataforma Nacional de
Transparencia, ante el Ayuntamiento de Hidalgotitlán, Veracruz, a las que les
correspondieron los folios 02709119, 02703419 y 02836019.
II. El veintiséis de agosto de dos mil diecinueve, el hoy inconforme presentó recursos de
revisión ante el Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales, en los que señaló como sujeto obligado responsable al Ayuntamiento de
Hidalgotitlán, Veracruz.
III. El veintinueve de agosto de dos mil diecinueve, el Instituto Veracruzano de Acceso a
la Información y Protección de Datos Personales, tuvo por presentado los recursos de
revisión interpuestos por el particular, los cuales quedaron registrados bajo los números
IVAI-REV/11974/2019/II, IVAI-REV/12165/2019/I e IVAI-REV/12197/2019/III.
IV. El veinte de septiembre de dos mil diecinueve, se acordó acumular los expedientes
de los recursos de revisión IVAI-REV/12165/2019/I y IVAI-REV/12197/2019/III al diverso
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