Resolución con número de expediente RDA 6206 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Año2015
Número de expedienteRDA 6206
EmisorSECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (SHCP)
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisión
Expediente: RDA 6206/15
Sujeto obligado: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Folio: 0000600241315
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Visto el estado que guarda el expediente del recurso de revisión RDA 6206/15,
interpuesto en contra de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se emite la
presente resolución tomando en consideración los siguientes:
RESULT ANDOS
I. El 5 de octubre de 2015, el particular presentó, a través del Sistema INFOMEX, una
solicitud de acceso a la información ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público,
en la que requirió lo siguiente:
Descripción clara de la solicitud de información: LISTA DE PERSONAS
RELACIONADAS CON EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO U OPERACIONES CON
RECURSOS DE ORIGEN ILÍCITO, DESDE EL 2005 A LA FECHA, PRECISARLO POR
AÑO, POR ESTADO O MUNICIPIO.” (sic)
Modalidad preferente de entrega de información: Entrega por Internet en el INFOMEX
II. El 30 de octubre de 2015, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público respondió la
solicitud de acceso a la información, a través del Sistema INFOMEX, en los siguientes
términos:
Con fundamento en el artículo 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental, la información solicitada está disponible públicamente
para su consulta:
Dirección de Internet en donde se encuentra la información: Se adjunta
respuesta.<br>Publicación en donde se encuentra la información: 0<br>Lugar donde se
puede consultar: 0(sic)
El sujeto obligado adjuntó a su respuesta oficio número U.E.1876/2015, del 30 de
octubre de 2015, emitido por la Unidad de Enlace y dirigido al particular, cuyo contenido
es el siguiente:
En atención a su solicitud de información con el número de folio 0000600241315, mediante
la cual solicita:
(…)
Al respecto, con fundamento en los artículos 41, 42 y 44 de la Ley Federal de Transparencia
y Acceso a la Información Pública Gubernamental, esta Unidad de Enlace se permite hacer
de su conocimiento la respuesta emitida por la Unidad Administrativa responsable de la
información, Unidad de Inteligencia Financiera, misma que determinó lo siguiente:
ÚNICO. En atención a la solicitud que nos ocupa, y en cumplimiento al principio de máxima
publicidad, se informa que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, cuya función es
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisión
Expediente: RDA 6206/15
Sujeto obligado: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Folio: 0000600241315
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el restablecimiento de la paz y seguridad internacionales, publica y actualiza una lista de
personas y entidades que han sido sancionadas por él, para promover la no proliferación de
armas de destrucción masiva y la lucha contra el terrorismo.
Dicha lista puedes ser consultada en la siguiente dirección electrónica:
https://www.un.org/sc/suborg/es/sanctions/compendium-of-sanctions-lists#consolidated list
(…)” (sic)
[Énfasis de origen]
III. El 4 de noviembre de 2015, a través del Sistema INFOMEX, el particular interpuso
recurso de revisión en contra de la respuesta emitida por la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, mediante el cual manifestó lo siguiente:
Acto que se recurre y puntos petitorios: Información incompleta de lista de personas
relacionadas con el financiamiento del terrorismo en México, desglosada por estados.
Solamente me remite a una página donde es difícil detectar el dato, ya que es general y no
tiene datos específicos de México. (sic)
IV. El 4 de noviembre de 2015, la Comisionada Presidenta asignó al recurso de revisión
el número de expediente RDA 6206/15 y lo turnó a la Comisionada Ponente María
Patricia Kurczyn Villalobos, para los efectos establecidos en el artículo 55, fracción I de
la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
V. El 6 de noviembre de 2015, se acordó la admisión del recurso de revisión interpuesto
por el particular en contra de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, así como los
acuerdos Primero, fracciones III, V y VIII, y Segundo del Acuerdo del Pleno del Instituto
Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos, publicado en el Diario Oficial
de la Federación, el 29 de agosto de 2014.
VI. El 6 de noviembre de 2015, se notificó al recurrente, mediante correo electrónico, la
admisión del recurso, haciéndole saber el derecho que le asiste para formular alegatos,
de conformidad con lo establecido en el artículo 55, fracción III de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, en relación con el 86,
fracción III del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental.
VII. El 6 de noviembre de 2015, se notificó a la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, la admisión del recurso de revisión interpuesto en su contra, otorgándole un
plazo de siete días hábiles a partir de dicha notificación para que manifestara lo que a
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisión
Expediente: RDA 6206/15
Sujeto obligado: Secretaría de Hacienda y Crédito
Público
Folio: 0000600241315
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su derecho conviniera y formulara alegatos, dando cumplimiento al artículo 55, fracción
III de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, en relación con el diverso 88 del Reglamento de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
VIII. El 18 de noviembre de 2015, se recibió en este Instituto, copia del correo
electrónico que la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público envió al particular, en los siguientes términos:
“Como un alcance a la respuesta a su solicitud de información citada al rubro y con relación
a lo manifestado por Usted en su recurso de revisión presentado ante el Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, así como de una
interpretación de su solicitud que favorezca el principio de máxima publicidad, nos
permitimos adjuntar las manifestaciones de la unidad administrativa responsable de dar
respuesta al recurso de revisión de mérito.” (sic)
[Énfasis de origen]
Como archivo adjunto al correo electrónico consta el oficio sin número, del 18 de
noviembre de 2015, expedido por la Unidad de Transparencia de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y dirigido a la Comisionada Ponente, en los términos
siguientes:
“(…) RESULTANDO
I.- Esta dependencia da respuesta al recurso de revisión de mérito con fundamento en el
artículo 88 del Reglamento de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental (LFTAIPG).
II.- Inconforme con la respuesta otorgada a la solicitud de mérito, el recurrente presentó
recurso de revisión en el que manifestó lo siguiente:
(…)
III.- Para atender el requerimiento de ese H. Instituto, se solicitó a la Unidad de Inteligencia
Financiera, para que en el ámbito de su respectiva competencia respondiera el recurso de
revisión de mérito.
IV.- Por tal motivo, la Unidad de Inteligencia Financiera, manifestó lo siguiente:
Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 88 del Reglamento de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y dentro del plazo legal
concedido para tal efecto, la Unidad Administrativa expresa lo que estima procedente en
relación con el recurso de revisión en contra de la respuesta formulada a la solicitud de
acceso a la información identificada con el número de folio 0000600241315, en los términos
siguientes:

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