Resolución con número de expediente RDA 807 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 14-04-2016

Sentido del falloREVOCA
EmisorSECRETARÍA DE MARINA
Fecha14 Abril 2016
Número de expedienteRDA 807
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Areli Cano Guadiana
Comisionada
Ponente
RECURSO
DE
REVISiÓN
FOLIO: 0001300092715
I
nsti
tu
to
N
<l
cio
na
l
de
Transparen c
ia
, Acceso a la
In
formación y Protecc ión de
DalOS
Perso
na
les
SUJETO OBLIGADO: Secretaría de
Marina
EXPEDIENTE: RDA 0807/16
Ciudad de México, a catorce de abril de dos mil dieciséis.
VISTO
el
estado que guarda
el
recurso de revisión citado
al
rubro, iniciado con
motivo de
la
respuesta de
la
Secretaría de Marina, a
la
solicitud de acceso a
la
información con folio 0001300092715 ,
se
formula
la
presente resolución, en
atención a los siguientes:
RESULTANDOS
1.
El
once de noviembre de dos mil quince,
el
particular presentó una solicitud de
acceso a
la
información, mediante
el
sistema de información INFOMEX-Gobierno
Federal, a
la
Secretaría de Marina, requiriendo
lo
siguiente:
Descripción
clara de la
solicitud
de
información:
"Solicito el certificado de
cumplimiento de la norma mexicana NMX-C-307, del producto aplicado
al
espesor
aplicado como protección contra fuego
de
los elementos estructurales de cada una de
las obras correspondiente a cada uno de
los
contratos de obras (nuevas ampliaciones
o remodelaciones) asignadas
en
el
año 2011.
" (Sic)
Modalidad preferente· de entrega de
información
: " Entrega por Internet
en
el
INFOMEx"
11.
El
diez de diciembre de dos mil quince,
la
Secretaría de Marina notificó
al
particular una prórroga para poder dar respuesta a
su
solicitud de información,
en
los siguientes términos:
La
Ley
Federal de Transparencia y Acceso a
la
Información Públi
ca
Gubernamental
en
su
articulo 44 prevé
qu
e
el
plazo
de
res
olución de
la
solicit
ud
se puede exten der por
una sola vez y hasta por 20 dias hábi
le
s, siempre y cuando
se
le
notifique
al
solicitante
las razones que
lo
motiven.
Las razones que motivan
la
prórroga son :
Se
continúa con
la
búsqueda
de
información
..
." (Sic .)
1
/
/
Instituto Nacional
de
Transparencia, Acceso a la
Informac ión y Protección
de
Datos Persona les
Areli
Cano
Guadiana
Comisionada
Ponente
RECURSO
DE
REVISiÓN
FOLIO: 0001300092715
SUJETO OBLIGADO: Secretaría de
Marina
EXPEDIENTE: RDA 0807/16
111.
El
veintiuno de enero de dos mil dieciséis,
la
Secretaría de Marina, mediante
el
sistema de información INFOMEX-Gobierno Federal, respondió
la
solicitud de
acceso a
la
información,
en
los siguientes rminos :
Con fundamento en
el
arti
cu
lo 42 y 24 de la Ley Federal
de
Transparencia y Acceso a
la Informaci
ón
Públi
ca
Gubernamental, se adjunta
la
información solicitada:
LA INFORMACION
SE
ENCUENTRA
EN
EL ARCHIVO ADJUNTO.
Archivo
: 0001300092715 065.
pdf
' (sic)
El
archivo adjunto contiene
la
digitalización del oficio
con
número de referencia
UE
-
0094/16, de fecha veinte de enero de dos mil dieciséis, signado por
el
Jefe de
la
Unidad de Enlace de
la
Secretaría de Marina, dirigido
al
solicitante, a través del cual
manifestó lo siguiente:
"ESTA UNIDAD
DE
ENLACE A
MI
CARGO, con fundamento en los articulos 6 inciso
'A' fracción
111
de la Constituci
ón
Politica
de
los Estados Unidos Mexicanos; 3 fracciones
111
y XV, 28 fracciones
11
, IV Y VIII ,
41
,42 párrafo primero, 44 y demás aplicables
de
la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Informaci
ón
Pública Gubernamental y el
Criterio
09
/10, ' Las
dependencias
y entidades
no
están
obligadas
a
generar
documentos
ad
hoc
para
responder
una
solicitud
de
acceso
a la
información
',
emitido por
el
pleno del Instituto Nacional
de
Transparencia, Acceso a
la
Información y
Protección de Datos (INAI) y con relación a las solicitudes de acceso a la información
registrada con los número de folios 87515,87615 ,87715,87815,87915 , 88015,88115 ,
88215, 88315, 88415, 88515, 88615,
88
7
15
, 88815, 88915, 89015, 89115, 89215,
89315,89415 ,89515,89615,89715 ,89815,89915, 90015, 90115, 90215, 90315,
90415,90515 ,90615, 90715,90815, 90915 ,91015, 91115, 91215 , 91315, 91415,
91515,91615 ,91715,91815,91915,92015 ,92115,92215, 92315, 92415, 92515,
92615, 92715, 92815, 92915, 93015, 93115, 93215, 93315, 93415, 93515,
93
615,
93715 ,93815,93915 ,94015,94115 ,94215,94315, 94415, 94515, 94615, 94716,
94815,94915 ,95015,95115,95215,95315,95415, 95515, 95815, 95915, 96015,
96115,96215 ,96315,96415,96515,96615,96715, 96815, 96915, 97015,
97
115,
97215, 973
15
, 97415,97515,97615, 97715 ,97815,97915, 98015, 981151 ,98215,
98
315,98415,98515, 98615, 98715, 98815, 98915,99015,
9911599215
,99315,
99415, 99515, 99615, 99715, 99815, 99915, 100015, 1000615, 100715, 1008
15
,
2

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