Resolución con número de expediente RDA 1672 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 13-05-2015

Sentido del falloSOBRESEE
EmisorSECRETARÍA DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Fecha13 Mayo 2015
Número de expedienteRDA 1672
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto
Nacional
de
Transparencia,
Acceso a la
lnfonnación
y
Protección
de
Datos Peraonalea
Expediente:
ROA
1672/15
Sujeto Obligado: Secretaria del Trabajo y Previsión
Social
Folio de la Solicitud: 0001400004015
Comisionada Ponente: Ximena Puente de
la
Mora
Visto
el
expediente relativo
al
recurso de revisión interpuesto y de conformidad con
lo previsto
en
la octava fracción, del Apartado
A,
fracción VIII, de la Constitución
Politica de los Estados Unidos Mexicanos;
en
el Transitorio Octavo del Decreto
por
el
que
se
reforman y adicionan diversas disposiciones de
la
Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos,
en
materia de transparencia, publicado
en
el
Diario Oficial de
la
Federación
el
7 de febrero de 2014;
en
el
artículo 30.,
fracción XIII y los Transitorios Primero y Quinto de
la
Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como lo dispuesto
en
los
artículos
37,
fracción
11,49,
50
Y
55,
fracción V de
la
Ley Federal de Transparencia
y Acceso a
la
Información Pública Gubernamental, publicada
en
el
Diario Oficial de
la
Federación
el
once de junio de dos mil dos; los artículos
88
y
89
del Reglamento
de
la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública
Gubernamental, publicado
en
el
Diario Oficial de la Federación
el
once de junio de
dos mil tres; asi como los al1ículos
15,
fracciones I y
111,
21,
fracciones
111
y IV del
Reglamento Interior del Instituto Federal de Acceso a
la
Información y Protección
de Datos, publicado
en
el
Diario Oficial de
la
Federación
el
veinte de febrero de
dos mil catorce.;
se
procede a dictar la presente resolución con base
en
los
siguientes: RESULTANDOS:
1.
El
09
de enero de 2015, a través del Sistema INFOMEX,
el
particular presentó
una solicitud de acceso a
la
información ante
la
Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, mediante la cual requirió lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de Información:
Entrega por Internet en ellNFOMEX
Descripción clara de la
solicitud
de información:
Una
copia del contrato
de
arrendamiento celebrado el 7
de
enero
de
2008por
la
SECRETARIA DEL TRABAJO Y
PREVISIÓN SOCIAL a través
de
la
UnidadAdministrativa
de
la
DIRECCIÓN
GENERAL DE RECURSOS
MA
TERIALES YSERVICIOS GENERALES con el
proveedor FELIPE FUENTES OSTOS, con claveARRENDAMIENTO_
4;
con
el objeto:
ARRENDAMIENTO
DEL
INMUEBLE DE VALENC/A36,
COL.
INSURGENTES
MIXCOAC; mediante
una
ADJUDICACION DIRECTA,
por
elmonto
de
$ 8,822,248.56
PESOS, el cual inició 01/ENER012008 y concluyóel 31/DICIEMBRE
12008
-En
la
respuesta a esta solicitud
se
pide anexarinformación sobre el
uso
que
le
dio
la
Secretaria del
Trabajo
yPrevisión Social al inmueble en cuestión, ubicado en
el
domicilio
de
VALENCIA 36,
COL.
INSURGENTES MIXCOAC (sic)
Otros datos para facilitar
su
localización: Los datos utilizados para elaborar esta
solicitud
de
información seencuentran en el siguiente link
de
internet:
1
---------------------
-_
..
_._.
__
.•..
_~-
Instituto
Nacional
de
Transparencia,
Acceso a la
lrúonnación
y
Protección
de
Datos
Personales
Expediente:
ROA
1672/15
Sujeto Obligado: Secretaría del Trabajo y Previsión
Social
Folio de la Solicitud: 0001400004015
Comisionada Ponente:
Xi
mena Puente de
la
Mora
http://portaltransparencia.gob.mx/potlcontrataciones/consultarContrato.do ? method=co
nsultaContrato&id.idContrato=ARRENDAMIENTO
4&
idDependencia=00014 (sic)
2.
El
09
de febrero de 2015, a través
del
Sistema INFOMEX,
la
Secretaria
del
Trabajo y Previsión Social notificó
al
particular
una
prórroga para atender
la
solicitud,
en
los términos siguientes:
[J
La
Ley Federal
de
Transparencia y Acceso a
la
Información Pública Gubernamental
en
su artículo
44
prevé que el plazo
de
resolución
de
la
solicitud se puede extender
por
una sola
vez
y hasta
por
20 días hábiles, siempre y cuando se
le
notifique al
solicitante las razones que
lo
motiven.
Las razones que motivan
la
prórroga son:
Ver archivo anexo
Archivo: 0001400004015 092.pdf
[
..
](sic)
El
archivo adjunto contiene
la
resolución de ampliación
de
plazo de respuesta a
la
solicitud de acceso a
la
información citada
al
rubro, de fecha
03
de febrero de
2015, emitida por los integrantes
del
Comité de Información y firmada únicamente
por dos de sus miembros; emitida
en
los términos siguientes:
"[
..
J
Con fecha
09
de
enero
de
2015,
la
Unidad
de
Enlace
de
la
Secretaría del Trabajo y
Previsión Social recibió
una
solicitud
de
acceso a
la
información a
la
que se
le
asignó
el folio número 0001400004015
en
la
que se requiríó:
[Cita
solicitud
de acceso]
Mediante oficios número STPS/UE-DGRMSG/0040/15,
de
fecha
de
12
de
enero
de
2015 y STPS/UE-DGPP/0040/15,
de
fecha
de
26
de
enero
de
2015,
la
Unidad de
Enlace envió
la
solicitud de información con número
de
folio 0001400004015, a
la
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y a
la
Dirección
General de Programación y Presupuesto para que proporcionaran
la
información
correspondiente,
por
ser las Unidades Administrativas que
en
el ámbito
de
sus
atribuciones pudieran contar con
ella.
Con oficio 512/093/2015,
de
fecha 30
de
enero del presente
año,
suscrito
por
la
L.
C.
María Brenda Estrada
de
Paz,
Directora General
de
Recursos Materiales y Servicios
Generales, solicitó a este Órgano Colegiado,
con
fundamento
en
lo
dispuesto
en
el
artículo 44 de
la
Ley Federal
de
Transparencia y Acceso a
la
Información Pública
Gubernamental autorizar
la
ampliación de plazo de respuesta
de
la
solicitud de
información con número
de
folio 0001400004015,
en
virtud
de
la
especificidad
de
la
2
.
-----~._-~-_.
__
._._._-_.
Instituto
Nacional
de
Transparencia,
Acceso
a la
Infonnaci6n
y
Protección
de
Datos
Personales
Expediente:
ROA
1672/15
Sujeto Obligado: Secretaría del Trabajo y Previsión
Social
Folio de la Solicitud: 0001400004015
Comisionada Ponente: Ximena Puente de
la
Mora
documentación solicitada, se está realizando una búsqueda exhaustiva en
el
archivo
de
la
Unidad Administrativa, así como posteriormente revisar
la
documentación para
identificar
si
será necesario solicitar al Comité
de
Información en su caso
confidencialidad de alguno
de
los datos.
Por
lo
anterior, este Comité de Información resuelve:
PRIMERO.- Que es procedente autorizar
la
ampliación del plazo hasta
por
20 dlas
hábiles, para otorgar respuesta a
la
solicitud de acceso a
la
información con número
de folio 0001400004015, con fundamento en
lo
dispuesto
por
los artlculos 44 de
la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública Gubemamenta/;
70
y
71
de
su
Reglamento; y ArtIculo Tercero, numeral 6.2 Etapa
IV,
del Acuerdo
por
el
que se emiten las Disposiciones Generales para
la
Transparencia y los Archivos
de
la
Administración Pública Federal y
el
Manual Administrativo de Aplicación General en
las materias de Transparencia y
de
Archivos.
SEGUNDO.-
Se
instl1Jye
a
la
Unidad
de
Enlace a notificar al solicitante y a
la
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales,
la
autorización de
ampliación del plazo de respuesta a
la
solicitud
de
información con número de folio
0001400004015.
[. . .]" (sic)
3.
El
09
de marzo de 2015, a través del Sistema INFOMEX,
la
Secretaría
del
Trabajo y Previsión Social notificó
al
particular
la
respuesta a
la
solicitud de acceso
a información pública,
en
los términos siguientes:
"[' . .]
Con fundamento en el articulo 43 de
la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública Gubernamental,
la
información solicitada contiene información
reservada o confidencial que será eliminada:
Tipo de información:
Confidencial
Las partes o secciones eliminadas
son:
Ver archivo anexo
Motivo del dalla
por
divulgar
la información:
Ver archivo anexo
Fundamentación legal de la negativa
Ley:
Articulo
y Fracción
LEY
FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y
ACCESO A
LA
INFORMACION PUBLICA Ver archivo anexo
GUBERNAMENTAL
Conforme a los articulas 42 y 43 de la misma
Ley
referida, la Información solicitada
3

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