Resolución con número de expediente RDA 5249 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Año2015
Número de expedienteRDA 5249
EmisorSECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA (SEP)
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Expediente: RDA 5249/15
Sujeto obligado: Secretaría de Educación Pública
Folio de la Solicitud: 0001100423015
Comisionada Ponente: Ximena Puente de la Mora
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Comisionada: XPM
Expediente: RDA 5249/15
Folio: 0001100423015
Materia: Acceso
Sentido: Sobresee
Sujeto Obligado: SEP
Solicitud: TENGO INTERÉS EN CONOCER CÓMO SE DIO LA DISTRIBUCIÓN DE LOS $400
MILLONES DE PESOS, Y LOS PROYECTOS APROBADOS, ANUNCIADA EN NOVIEMBRE
COMO RECURSOS ADICIONALES DESTINADOS A RESCATAR DEL ABANDONO A ESTAS
ESCUELAS FORMADORAS DE MAESTRAS Y MAESTROS RURALES EN MÉXICO.
Otros datos para facilitar su localización: EL 12 DE NOVIEMBRE DE 2014 LA COMISIÓN
DE PRESUPUESTO DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS ANUNCIÓ QUE ENTRE LAS
REASIGNACIONES DE PRESUPUESTO PARA 2015 ESTARÍA LA DE $400 MILLONES DE
PESOS A LAS NORMALES RURALES, DE LOS CUALES, $50 MILLONES SE ETIQUETARÍAN
PARA LA NORMAL RURAL "RAÚL ISIDRO BURGOS", DE AYOTZINAPA, GUERREO.” (sic)
Respuesta: La Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la
Educación proporcionó una tabla con los montos asignados y radicados a 4 Escuelas
Normales Rurales hasta el 14 de septiembre de 2015, asimismo, señaló que la radicación
de recursos del resto de las normales rurales se encontraba en trámite.
El sujeto obligado adjuntó a su respuesta los Proyectos Integrales que presentaron las
Escuelas Normales Rurales, puntualizando que hasta que se realizara la reprogramación
de los proyectos, se conocería qué acciones fueron apoyadas y por qué montos.
Recurso: Derivado del recurso de revisión interpuesto por el particular, se desprende que
éste no expresó inconformidad alguna en relación con los Proyectos Integrales que
presentaron las Escuelas Normales Rurales. En tal consideración, y toda vez que dicho
contenido formaba parte de la solicitud inicial; se colige que los extremos de esa respuesta
fueron consentidos de manera tácita por el recurrente.
Asimismo, en el recurso de revisión del ahora recurrente se advierte que amplió los
términos de su solicitud, al manifestar que en caso de que no se contara con la
información faltante, deseaba conocer en cuánto tiempo consideraba la Secretaría que
estaría en posibilidad de dar a conocer la información. En tal tesitura, al haber
ampliado el particular su pretensión inicial, se tiene no pueden constituir materia de la
presente revisión.
En razón de lo anterior, el análisis de la presente resolución se centrará únicamente en el
agravio hechos valer por el particular correspondiente a contar con la información referente
al resto de las Escuelas Normales Rurales y respecto a que no se menciona nada acerca
del anuncio de que de la cantidad asignada, es decir de los 400 millones de pesos, serían
asignados de manera directa un total de 50 para la Escuela Normal “Raúl Isidro Burgos” de
Ayotzinapa, Guerrero.
Alegatos y Alcance: La Dirección General de Educación Superior para Profesionales de la
Educación ratificó su respuesta y adicionalmente señaló que la Dirección General de
Presupuesto y Recursos Financieros le notificó, que la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público había realizado un ajuste por medidas de control presupuestario aplicando una
Expediente: RDA 5249/15
Sujeto obligado: Secretaría de Educación Pública
Folio de la Solicitud: 0001100423015
Comisionada Ponente: Ximena Puente de la Mora
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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reducción líquida por un importe de $650, 319, 412.40 (Seiscientos cincuenta millones
trescientos diecinueve mil cuatrocientos doce pesos 40/100 M.N.), de los cuales $250, 156,
437.40 (Doscientos cincuenta millones ciento cincuenta y seis mil cuatrocientos treinta y
seis pesos 40/100 M.N.), correspondían al recurso destinado al recurso destinado para la
redignificación de las normales rurales.
Aunado a lo anterior, señaló que sólo quedaba disponible el monto de $36, 791, 583.60
(Treinta y seis millones setecientos noventa y un mil quinientos ochenta y tres pesos
60/100 M.N.) de los cuales estaban por radicarse $28,156,000.00 (Veintiocho millones
ciento cincuenta y seis mil pesos) a Aguascalientes para la Escuela Normal Rural “Justo
Sierra Méndez”, y el resto a Puebla para la Escuela Normal Rural “Carmen Serdán”, toda
vez que son las que habían cumplido con los requisitos establecidos en las Reglas
de Operación del Programa.
A través de un alcance, la Secretaría de Educación Pública modificó su respuesta inicial
y remitió al particular la información concerniente a los montos otorgados a través del
Programa de Fortalecimiento de la Calidad en Instituciones Educativas, a seis
Escuelas Normales Rurales, asimismo al explicarle que la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público llevó a cabo un ajuste presupuestario por lo que el monto destinado para
dicho programa se redujo a $149, 813, 562.59 millones de pesos.
Asimismo, hizo de su conocimiento que dichas escuelas beneficiadas fueron las que
cumplieron con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del
Programa, lo cual es del interés del particular; por lo que se dejó sin materia el presente
medio de impugnación.
Litis: Información incompleta
Análisis: Con base en lo expuesto, el presente caso actualiza lo previsto en el artículo 58,
fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, toda vez
que la Secretaría de Educación Pública remitió al particular la información concerniente a
los montos otorgados a través del Programa de Fortalecimiento de la Calidad en
Instituciones Educativas, a seis Escuelas Normales Rurales, asimismo al explicarle que
la Secretaría de Hacienda y Crédito Público llevó a cabo un ajuste presupuestario por lo
que el monto destinado para dicho programa se redujo a $149, 813, 562.59 millones de
pesos.
Asimismo, hizo de su conocimiento que dichas escuelas beneficiadas fueron las que
cumplieron con los requisitos establecidos en las Reglas de Operación del
Programa, lo cual es del interés del particular; por lo que se dejó sin materia el presente
medio de impugnación.
Sentido: Sobreseer

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