Resolución con número de expediente RDA 6101 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Año2015
Número de expedienteRDA 6101
EmisorSECRETARÍA DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisión
Expediente: RDA 6101/15
Sujeto obligado: Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Folio: 0000800170315
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Comisionada: MPKV
Expediente: RDA 6101/15
Folio: 0000800170315
Materia: Acceso
Sentido: Revoca
Sujeto Obligado: SAGARPA
Proyecto: Jessica/Nayeli
Solicitud
El particular explicó que ingresó una solicitud de apoyo en el SURI-FIRCO, con el folio SS-COM-VER-
15-000030, para acceder a los apoyos del programa de “Productividad y Competitividad
Agroalimentaria” en el componente de “Desarrollo Productivo Sur-Sureste”, en el concepto “Incentivos
a la Producción sin Financiamiento”, “Compromiso de Gobierno CG-157”, por un monto de
$595,000.00, que recibieron el 24 de marzo de 2015, manifestando que el 7 de septiembre de 2015, le
notificaron mediante el oficio número 882.600.30.02.4306/2015, signado por el Gerente del FIRCO en
Veracruz, que su proyecto tenia emitido un dictamen de suficiencia documental y que su análisis dio
como resultado un dictamen técnico positivo, para acceder a dicho programa; no obstante, le
indicaron que no cuentan con disponibilidad presupuestal; en ese sentido, señaló que está inconforme
con la respuesta y por lo anterior requirió aclaración, y solución a su solicitud de apoyo derivado de
que considera que no hay razón para que se le considere fuera del techo presupuestal asignado.
Asimismo, el particular adjuntó a su solicitud, copia simple del oficio número
882.600.30.02.4306/2015, del 7 de septiembre de 2015, mediante el cual el Gerente Estatal del
FIRCO de la Gerencia Estatal de Veracruz adscrito a la SAGARPA, le informó que la Dirección
General de Zonas Tropicales, en su carácter de unidad responsable del componente de apoyo
“Desarrollo Productivo Sur-Sureste”, por medio del oficio DGZT214/425/2015, del 14 de agosto de
2015, notificó a la Dirección Ejecutiva de Microcuencas sobre los proyectos que quedaron
fuera del techo presupuestal, y en ese sentido su proyecto con dictamen positivo quedo
aprobado sin disponibilidad presupuestal.
Respuesta
En su respuesta, la SAGARPA señaló que la información requerida no era de su competencia y
orientó al particular para que presentara su solicitud ante la Unidad de Enlace del FIRCO, para este
efecto, le indicó la dirección en el Distrito Federal, teléfono, correo electrónico y responsable de la
Unidad de Enlace de dicha entidad.
Recurso
El recurrente interpuso el presente recurso de revisión manifestando que la SAGARPA sí es
competente, al ser la Dirección General de Zonas Tropicales de la dependencia, la unidad
responsable del componente de apoyo “Desarrollo Productivo Sur-Sureste” y quien notificó a la
Dirección Ejecutiva de Microcuencas del FIRCO, acerca de los proyectos que quedaron fuera del
techo presupuestal, por lo que solicitó que se le informará la razón por la que su proyecto quedó fuera
del techo presupuestal, siendo el número 30 en ingresar; La relación de beneficiados y montos
otorgados a cada uno, y Que su proyecto sea considerado dentro del techo presupuestal.
Ahora bien, no pasa desapercibido para este Instituto que el particular, a través de su recurso de
revisión requirió, en el contenido 2, la relación de beneficiados y montos otorgados a cada uno,
en ese sentido en los casos en que los recurrentes amplíen los alcances de su solicitud de
información; a través del recurso de revisión, la ampliación no podrá ser materia del procedimiento a
sustanciarse, por lo que el contenido de información referido, no formará parte del análisis de la
resolución que nos ocupa.
En relación al contenido 3, relativo a que solicita que su proyecto sea considerado dentro del
techo presupuestal, cabe señalar que la Ley tiene como finalidad proveer lo necesario para
garantizar el acceso a toda persona a la información en posesión de las dependencias y entidades de
la Administración Pública Federal; es decir, a información que ya se encuentra en sus archivos y no el
instruir a que los sujetos obligados lleven a cabo acciones en caminadas a modificar el resultado de
una solicitud de apoyo, como es el caso que nos ocupa, por lo que dicho contenido no formará parte
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisión
Expediente: RDA 6101/15
Sujeto obligado: Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Folio: 0000800170315
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del análisis de esta resolución.
Es así que de lo anterior, se desprende que el único contenido de información que será parte del
presente análisis, es el número 1, relativo a que se le informara la razón por la que su proyecto que
fuera del techo presupuestal, siendo el número 30 en ingresar; lo anterior, derivado de que el
particular desde su solicitud original requirió la aclaración a su solicitud de apoyo derivado de que
considera que no hay razón para que se le considere fuera del techo presupuestal asignado.
Alcance a la
respuesta
El sujeto obligado remitió al correo electrónico del particular, un oficio signado por el Director General
de la Dirección General de Zonas Tropicales de la SAGARPA, por medio del cual manifestó lo
siguiente:
El FIRCO y la SAGARPA celebraron un convenio de colaboración, en el cual se establecen los
criterios y plazos para el otorgamiento de incentivos;
Al FIRCO, le corresponde llevar a cabo las siguientes etapas: apertura de ventanillas,
verificación del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad, análisis y dictamen, resolución y
notificación, suscripción del documento jurídico con el beneficiario y la solicitud de pago;
A la Dirección General de Zonas Tropicales le corresponde la etapa de ministración de recursos
al beneficiario autorizado por la instancia ejecutora y para el efecto solicita a la Dirección
General de Programación, Presupuesto y Finanzas la realización de las transferencias a
las cuentas de los beneficiarios;
El Gerente Estatal del FIRCO es el encargado de dictaminar los proyectos y enviarlos al Director
Ejecutivo de Microcuencas, quien es el encargado de comunicarle a la Dirección General de
Zonas Tropicales como unidad responsable quienes fueron los beneficiarios aprobados que
firmaron el convenio de concertación;
En el oficio número DGZT/214/425/2015, del 14 de agosto de 2015 al que hace referencia la
Gerencia Estatal de Veracruz del FIRCO en el diverso oficio por medio del cual comunica
al particular la respuesta a su solicitud de apoyo, se señala que se remite el detalle de
pagos efectuados por la Dirección General de Zonas Tropicales de los layouts recibidos
el 22 y 27 de mayo, 10 y 29 de junio, y 2 de julio, todos de 2015, destacando que dichos
pagos fueron realizados con base en la suficiencia de recursos presupuestales y que los
layouts recibidos con fecha posterior quedaron fuera del techo presupuestal;
El oficio citado únicamente indica quienes fueron los beneficiarios pagados, siendo el FIRCO
quien envía la relación de pagos a realizar a la Dirección General de Zonas Tropicales;
La Dirección General de Zonas Tropicales solo recibe los proyectos aprobados para efectuar los
pagos correspondientes y no tenía conocimiento de que el proyecto del particular fue rechazado
hasta que se presentó la queja ante diversas instancias, y
En este momento no cuenta con recursos presupuestales que permitan atender la
demanda del componente de apoyo “Desarrollo Productivo Sur-Sureste”.
Alegatos
Mediante su oficio de alegatos, la SAGARPA, manifestó lo siguiente:
Se ratifica la respuesta inicial, ya que se realizó una búsqueda exhaustiva en la Dirección
General de Zonas Tropicales de la Subsecretaría de Alimentación y Competitividad;
La Dirección General de Zonas Tropicales informó que el Gerente Estatal del FIRCO es quien
pre dictamina los proyectos, mismos que son enviados al Director Ejecutivo de Microcuencas de
dicho Fideicomiso quien se encarga de aprobarlos o rechazarlos, posteriormente se le comunica
a la Dirección General de Zonas Tropicales como unidad responsable quienes fueron
aprobados o rechazados para que ésta se encargue de ministrar los recursos;
El caso que nos ocupa es un proyecto no aprobado por la instancia ejecutora, por lo que es
competencia del FIRCO dar atención a la solicitud de información;
En la Dirección General de Zonas Tropicales únicamente se presentan los proyectos que han
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisión
Expediente: RDA 6101/15
Sujeto obligado: Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación
Folio: 0000800170315
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sido aprobados por el FIRCO, lo que no sucedió con el proyecto presentado por el particular, y
La información requerida obra en los archivos del FIRCO y no de la SAGARPA.
RIA
Mediante un requerimiento de información adicional, la Comisionada Ponente solicitó al sujeto
obligado que remitiera a este Instituto el oficio DGZT/214/425/2015, del 14 de agosto de 2015,
incluyendo, en su caso, los anexos correspondientes.
Respuesta al
RIA
En respuesta al citado requerimiento, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca
y Alimentación remitió a este Instituto, lo siguiente:
Oficio número DGZT 214/627/2015, del 26 de noviembre de 2015, signado por el Director
General de Zonas Tropicales y dirigido al Comité de Información, ambos del sujeto obligado.
Oficio número DGZT214/425/2015, del 14 de agosto de 2015, signado por el Director General de
Zonas Tropicales del sujeto obligado y dirigido al Director Ejecutivo de Microcuencas del FIRCO.
Base de datos en formato Excel, titulada “Anexo oficio 424 envío pagos de FIRCO 2015 DPSS
14 de agosto 2015”.
A través del oficio número DGZT 214/627/2015, señaló lo siguiente:
El oficio número DGZT214/425/2015, del 14 de agosto de 2015 es de carácter informativo más
no interpretativo;
El detalle de pagos remitidos fueron realizados con base en la suficiencia de recursos
presupuestales de la Dirección General de Zonas Tropicales, y
La base de datos que contiene el detalle de pagos es información reservada, con fundamento en
el artículo 13 Fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental.
En el oficio número DGZT 214/627/2015, del 14 de agosto de 2015, se establece lo siguiente:
Se remite el detalle de pagos efectuados por la Dirección General de Zonas Tropicales, por
conducto de la Dirección General de Programación, Presupuesto y Finanzas, de los layout
recibidos con fechas 22 de mayo, 27 de mayo, 10 de junio, 29 de junio y 2 de julio de 2015;
Los pagos relacionados en el anexo fueron realizados con base en la suficiencia de recursos
presupuestales, y
Se remiten los layouts recibidos con fecha posterior a los antes referidos por quedar fuera de
techo presupuestal.
En la base de datos en formato Excel, titulada “Anexo oficio 424 envío pagos de FIRCO 2015 DPSS
14 de agosto 2015”, es posible advertir lo siguiente:
Contiene 23 tablas, con los rubros “No.”, “Beneficiario”, “Estado”, “Municipio”, “Importe ($)”,
“Clabe”, “RFC”, “CURP”, “No. De oficio de DGPPF”, “Fecha de Oficio”, “Monto de la CLC”,
“CLC GRP”, “CLC SICOP” y “CLC SIAFF”;
De la primera a la cuarta tabla todos los campos contienen la información correspondiente, y
De la quinta a la vigésima en los rubros “No. De oficio de DGPPF”, “Fecha de Oficio”, “Monto
de la CLC”, “CLC GRP”, “CLC SICOP” y “CLC SIAFF” únicamente aparece “#N/A”.
Argumentos
de la
resolución
Se determina que la SAGARPA sí resulta competente para conocer de la información relativa a la
razón por la que el proyecto del particular quedó fuera del techo presupuestal, siendo el número 30 en
ingresar, derivado de que la Dirección General de Zonas Tropicales de la dependencia, es la unidad
responsable del programa de “Productividad y Competitividad Agroalimentaria” en el componente de

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