Resolución con número de expediente RDA 4274 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 09-09-2015

Sentido del falloMODIFICA
EmisorINSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL (IMSS)
Fecha09 Septiembre 2015
Número de expedienteRDA 4274
Año2015
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto
Nacional
de
T nnsparencia, Acceso a la
Información y Protección
de Datos Personales
Maria Patricia Kurczyn
ViUalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisión
Expediente:
ROA
4274/15
Sujeto obligado:· Instituto Mexicano del Seguro
Social
Folio:0064101409315
Ciudad de México, Distrito Federal, a nueve de septiembre de dos mil quince.
Visto el estado que guarda el expediente del recurso de revisión ROA
4274115,
interpuesto en contra del Instituto Mexicano del Seguro Social, se emite la presente
resolución tomando en consideración los siguientes:
RESULTANDOS
PRIMERO. Solicitud de información
El
veinticuatro de junio de dos mil quince, la particular presentó, a través del Sistema
lnfomex, una solicitud de acceso a la información ante el Instituto Mexicano del
Seguro Social, en la que requirió lo siguiente:
"Descripción clara
de
la
solicitud
de Información: Solicito Información sobre /as
cantidades que el SNTSS recibió dei/MSS
por
conceptos 190 y
390,
192
y
392,
que
se
refieren a pléstamo y ahorro respectivamente a los usuarios de /as Cejas
de
Ahorro del
SNTSS ubicadas en cada Sección Sindical a Nivel Nacional, durante el perlado que
estuvo como Stio
Gral.
del Sindicato Nacional del Seguro Social durante
el
tiempo que
dirigió como Srio
Gral.
el
Dr.
Valdemar Gutiérrez Fragoso.
Otros datos para facilitar
su
localización:
Al
respecto me permito informar que
la
información solicitada es similar (aunque
para
diferentqs perlados en mi solicitud con
Folio 0064100138915 enviada
el19
de
enero
de
2015 y que me
fuá
entregada
e/17
de
febrero de
2015.
Además de que los datos que solicito
no
forman paquete del salario de
ninguno
de
los servidores p(lblicos que laboran en el IMSS en particular, sino que son
retenidos como'ainero p(lblico que son y que maneja
e/IMSS
hasta antes de entregar
pagos a
traVés
de
nómina a
/os
trabajadores, funcionarios,
etc,
tanto activos como
jubilados. Razón
por
la
que
no
acepto
la
negativa en
un
caso tan similar como
el
que
comento lineas más arriba.· (sic)
Modalidad preferente de enttega
de
información: Entrega
por
intemet en el
INFOMEX" (sic)
SEGUNDO. Respuesta del sujeto obligado
El
nueve de julio de dos mil quince, el Instituto Mexicano del Seguro Social
respondió la solicitud, a
tra~s
del Sistema lnfomex, en los siguientes términos:
"(.
..
)
Con
fundamento en los arlfculos
44
y
45
de
la
Ley Federal
de
Transparencia y Acceso a
la
Información P(lb/ica Gubamamental, la información solicitada no puede
ser
proporcionada debido a que es:
Confidencial
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María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso
de
revisión
Expediente: RDA 4274/15
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a
la
Información y Protección
de Datos Personales
Sujeto obligado: Instituto Mexicano del Seguro
Social
Folio:0064101409315
Motivo del daflo
por
divulgar la infonnación:
Favor de consultar archivo adjunto.
Ley
LEY FEDERAL
DE
TRANSPARENCIA Y
ACCESO A
LA
INFORMACION PÚBLICA
GUBERNAMENTAL
Archivo:
0064101409315 075.doc
(. . .)"(sic)
[~nfasis
de origen]
Artículo
y
fracción
18 fracción 1
El
Instituto Mexicano del Seguro Social adjuntó copia simple de
un
oficio sin número,
del nueve de julio de dos mil quince, emitido por
su
Unidad de Enlace y dirigido a la
particular, cuyo contenido es el siguiente:
"(.
..
)
Me
refiero a
la
solicitud de infonnación pública con número
de
folio 0064101409315,
presentada ante este Instituto Mexicano del Seguro Social
(JMSS)
a través del sistema
INFOMEX Gobierno Federal, mediante la cual requiere:
[.
.
.]
Con fundamento en lo establecido en /os artlculos
40,
41
y 43 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la lnfonnación Pública Gubernamental, esta Unidad de Enlace
solicitó a la Dirección
de
Administración
se pronunciara al respecto.
En
este sentido, la
Coordinación
de
Presupuesto
y Gestión
del
Gasto
en
Servicios
Personales, sefla/ó que /os conceptos que se solicitan son de carácter privado, ya que
corresponden a deducciones realizadas al salario de /os trabajadores
y,
de acuerdo
al
articulo
2,
fracción
VI
de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
fa
Información
Pública Gubernamental [sic], son recursos públicos /os recursos humanos, financieros y
materiales con que cuenta una dependencia, entidad o cualquier otro órgano federal, que
utiliza para alcanzar sus objetivos y producir los bienes o prestar /os servicios que son de
su dependencia.
Cabe mencionar que /os recursos que se retienen a /os trabajadores, a través de la
nómina institucional, no forman parte del presupuesto operativo del Instituto ya
que.
por
ser
descuentos efectuados directamente al salario de éstos, tienen la calidad
de
recursos
privados,
por
lo que la infonnación está clasificada como confidencial. Lo anterior con
fundamento en lo dispuesto
por
/os artfculos 3 fracción
11
y 18 fracción
1,
de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a
la
lnfonnación Pública Gubernamental y
70
fracción
111
de su Reglamento.
En
virtud de
Jo
seflalado, el Comité de lnfonnación de este
/MSS,
detenninó confinnar la
confidencialidad
de
lo solicitado en el folio 0064101409315, en
su
Quincuagésima
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María Patricia Kurczyn Villalobos
Comisionada ponente
Recurso de revisión
Expediente: ROA 4274/15
Instituto Nacional de
Transparencia,
Acceso
a
la
Información y Protección
de Datos Personales
Sujeto obligado: Instituto Mexicano del Seguro
Social
Folio:0064101409315
Segunda Sesión Permanente
de
Trabajo 2015, con fundamento en
Jo
establecido en
/os artfcu/os 29 fracción
111
de la LFTAIPG y
70,
fracción
111
de su Reglamento.
Usted podrfl consultar
el
acta de la sesión en 1 O dfas Mbiles, contados a partir de la
celebración de la misma, en la siguiente dirección electrónica
http:/Avww.jmss.qob.mxltransoarancia/actasl.
En
caso de duda o aclaración respecto de la presente notificación, favor de comunicarse
con la Lic. Sara Fuentevilla Ogarrio, Jefe del Araa del Comité de Información al teléfono
52382700 Ext. 12088, o al correo electrónico sara.fuentevil/a@imss.oob.mx.
Sin
otro particular, se reitera
el
compromiso de este Instituto Mexicano del Seguro Socia/
con la transparencia y el acceso a la información.
(. ..
)"(sic)
[Énfasis de origen]
TERCERO. Interposición del
recurso
de
revisión
El
cuatro de agosto de dos mil quince, la particular interpuso recurso de revisión en
contra de la respuesta emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante
el cual manifestó los siguientes agravios:
"Acto
que
se
recurre
y
puntos
petltorlos:
La información que solicito es relativa a /as
cuotas que
e//MSS
retiene de los salarios de los trabajadoras activos y jubilados para
entregar al Sindicato de trabajadoras del Seguro Social. Son recursos p(Jblicos parte de
la nómina de servidoras pOblicos
otros elementos
que
considere
someter
a
juicio
del
/NA/: existe
el
antecedente de
que
ya
se brindó información similar a la que solicito en esta ocasión, pero de diferente
periodo, tal como consta en
el
archivo que anexo.
Por
lo.
que no existe razón alguna para
que esta vez sea reservada.
Archivo
Adjunto
del
Recurso
de
Revisión:
2015004369.zio" (sic)
La recurrente adjuntó copia simple de los siguientes documentos:
A. Oficio sin número, del diecisiete de febrero del dos mil quince, emitido la Unidad
de Enlace del Instituto Mexicano del Seguro Social, mediante el cual da respuesta
a una diversa solicitud de información.
B. Tabla en forma Excel, titulada "Resumen de Pagos Efectuados a
la
Caja de
Ahorros del SNTSS por los Conceptos 190, 192, 390 y 392", emitida por
la
División de Evaluación Operativa adscrita a la Dirección de Finanzas del Instituto
Mexicano del Seguro Social.
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