Resolución con número de expediente RDA 882 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 09-03-2016

Sentido del falloMODIFICA
EmisorINSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS (ISSFAM)
Fecha09 Marzo 2016
Número de expedienteRDA 882
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto
Nacional
de
Transparencia,
Acceso a la
Información
y
Protección
de
Datos
Personales
Entidad o Dependencia ante la cual
se
presentó
la
solicitud:
Instituto de Seguridad Social para las
Fuerzas Armadas Mexicanas
Folio de la
solicitud:
0715000000616
Número de expediente:
ROA
0882/16
Comisionado Ponente: Joel Salas Suárez
Visto
el
expediente relativo
al
recurso de revisión interpuesto ante este Instituto,
se
procede a dictar la presente resolución con base
en
los siguientes:
ANTECEDENTES
l.
El
06
de enero
de
2016,
el
particular presentó una solicitud de acceso a
información pública, a través del sistema electrónico lnfomex, mediante
la
cual
requirió
al
Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas,
lo
siguiente:
Modalidad preferente de entrega de
información:
Entrega por Internet
en
eiiNFOMEX
Descripción clara de la
solicitud
de
información:
En
relación a
mi
solicitud de información número 07150000013208 de fecha
12
de
diciembre de 2008,
en
cuya respuesta este Instituto de Seguridad Social para las
Fuerzas Armadas Mexicanas me confirmó
la
ausencia, extravió, traspapelado o perdida
del expediente original abierto
con
motivo del crédito hipotecario que como derecho
constitucional me otorgo este instituto, solicito
lo
siguiente: 1.· Conocer
la
razón por
la
que
el
Instituto del Fondo Nacional de
la
Vivienda para los Trabajadores INFONAVIT
le
requirió
al
suscrito un pago de $ 42,880.21 por supuesto adeudo
en
mi
crédito
hipotecario. 2.· Conocer
si
ya
fue recuperado dicho expediente
en
original. 3.-
De
no
haberse recuperado
el
expediente, solicito copia certificada del acta levantada por
la
pérdida, extravió o ausencia del pagare que
mi
señora esposa y
el
suscrito firmamos a
favor de este instituto y por
la
pérdida, extravió o ausencia de
la
documentación oficial
que estaba o contenía dicho expediente, esto ante
el
agente del ministerio publico
competente. 4.- Conocer
si
por
la
pérdida, extravió o ausencia del expediente
en
cuestión se sanciono a algún funcionario público adscrito a este instituto; de ser asi
cual fue
el
fundamento legal que sustento
la
sanción; y de
no,
cual fue el razonamiento
técnico-jurídico por el que no existió sanción alguna. 5.· A partir de
la
reforma
al
articulo
1 de
la
Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos y considerando que
la
Ley del ISSFAM
no
es
la
única que rige
el
actuar de este instituto y considerando que
no existe ley que obligue a los acreditados de este instituto a conocer materias como
ingeniería, medio ambiente, protección civil, arquitectura, geologla, etc. para tener
la
capacidad de revisar
una
vivienda y
su
entorno solicito conocer que acciones ha
tomado este instituto para garantizar
el
derecho de acceso a una vivienda digna y
decorosa
en
relación con
la
Ley de Vivienda, Ley General de Protección Civil, Código
de Edificación de
la
Vivienda y otros estatutos legales relacionados con este derecho
humano. 6.· Que acciones ha tomado este instituto para evitar que
los
nuevos créditos
hipotecarios que esta otorgando este instituto
no
se
vean afectados por
el
fraude
inmobiliario que se esta presentando
en
México y que tampoco se vean afectados por
el
sobreavaluo del precio real de las viviendas que se adquirirán, fraude que
ya
se
expuso ante
la
Comisión lnteramericana de Derechos Humanos. 7.· Aparte de las
denuncias presentadas por
el
suscrito de manera directa o a través de ONGs ante
instancias internacionales
en
contra de este instituto, solicito conocer cuantas y ante
1
Instituto
Nacional
de
Transparencia,
Acceso a
la
Información
y
Protección
de
Datos
Personales
Entidad o Dependencia ante la cual se presentó
la
solicitud:
Instituto de Seguridad Social para las
Fuerzas Armadas Mexicanas
Folio de la
solicitud:
0715000000616
Número de expediente:
ROA
0882/16
Comisionado Ponente: Joel Salas Suárez
que instancias internacionales
se
ha presentado denuncia
en
contra de este instituto
por violaciones a derechos humanos. 8.- Conocer
si
alguna de las instancias
internacionales que tienen conocimiento de mis denuncias
ha
dado vista a este
instituto. Por
el
momento
es
toda la información solicitada. (Sic)
Archivo:
0715000000616.doc
El
archivo adjunto contiene
un
escrito libre, mediante
el
cual
se
dio respuesta a
una
diversa solicitud, identificada
con
el
número de folio 07150000013208,
en
los
términos siguientes:
[
...
]
En
respuesta a
su
solicitud 07150000013208
de
fecha
12
de diciembre de 2008,
el
C.
Director de la Dirección de Prestaciones mediante correo electronico interno
de
este
Instituto (Intranet),
sin
número, de fecha
15
de enero de 2009, hace del conocimiento
a la Unidad de Enlace la respuesta a
su
petición en la solicitud en comento, en los
siguientes términos:
UNO.-
Conocer
si ya fue recuperado el
original
del expediente abierto
por
ese
Instituto, expediente abierto con
motivo
del
crédito
hipotecario
que ese 1
nstituto
le
otorgo
al
suscrito
en el mes de abril del 2003.
RESPUESTA:-
No
ha
sido recuperado
el
expediente abierto por este Instituto
con
motivo del crédito hipotecario que le fue otorgado.
DOS.-
De
ser
falsa la
información
en
poder
del
suscrito
sobre
el extravío del
expediente,
solicito
conocer
el trámite para
ver
personalmente los
documentos
que integran el expediente original.
RESPUESTA:-
Es
verídica la información de que
el
expediente está extraviado, como
se
confirma
con
el
oficio de fecha
16
de diciembre de 2004, girado por
el
C.
Lic. FELIPE
ZACARIAS PONCE Notario Público
No.
4 del Distrito Federal, donde informa que dicho
documento
se
encuentra traspapelado
en
las instalaciones de esa Notaria a
su
cargo.
(anexo copia del documento)
TRES:-
De
permanecer extraviado,
solicito
conocer
las
posibles
repercusiones al
momento
en el
que
se efectúe la liberación de la hipoteca y/o
otros
resultados
no
favorables.
RESPUESTA: Con
la
escritura
No.
43,430
de
fecha
19
de noviembre del 2003,
formalizada en
la
Notaría
No.
4 del Distrito Federal, a cargo del
C.
Lic.
FELIPE
ZACARIAS PONCE, debidamente inscrita
en
el
Registro Público de
la
Propiedad, y que
usted tiene en
su
poder,
se
acredita fehacientemente que usted es
el
propietario del
inmueble que adquirió con
el
crédito hipotecario, por
lo
tanto no existe ningún problema
para usted
al
momento
en
que
se
efectúe la liberación
de
la
hipoteca,
ni
otro tipo de
resultados que fueran
no
favorables a usted.
2
Instituto
Nacional
de
Transparencia, Acceso a la
Información
y
Protección
de
Datos
Personales
Entidad o Dependencia ante la cual
se
presentó
la
solicitud:
Instituto de Seguridad Social para las
Fuerzas Armadas Mexicanas
Folio de la
solicitud:
0715000000616
Número de expediente:
ROA
0882/16
Comisionado Ponente: Joel Salas Suárez
CUATRO:
Solicito
conocer
el
resultado
de
los
trámites
que
el
Ciudadano
Licenciado
ARTURO GONZALEZ LEÓN,
inició
para la
localización
y
recuperación
del expediente.
RESPUESTA: Como resultado de las gestiones que realizó en
su
momento
el
Jefe del
Departamento de Tramite de Créditos Hipotecarios,
se
obtuvo la contestación del
Notario antes mencionado
el
cual informó que se traspapeló
el
expediente
en
su
Notarla.
CINCO:-
Solicito
conocer
el
nombre
de
la persona
que
realizó
los
trámites
de
gestoría y
traslados
de
la
documentación
entre ese
Instituto
y la Notaria No. 4
del
D.F.
RESPUESTA: La citada Notaria mediante escrito de fecha
11
de septiembre de 2003,
autorizó
al
C.
CESAR EDGAR VERA LARA, para recoger la documentación necesaria
para
la
realización de la operación a favor de usted (anexo copia del documento de
referencia).
[
...
]
11.
El
04
de
febrero
de
2016,
el
Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas
Armadas Mexicanas respondió, a través del sistema electrónico lnfomex, a
la
solicitud de acceso a información presentada por
el
particular, en los términos
siguientes:
Con fundamento en
el
artículo 42 y 24 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la Información Pública Gubernamental,
se
adjunta
la
información solicitada:
Se
adjunta archivo
Archivo:
0715000000616 065.doc
El
archivo adjunto contiene
la
versión digitalizada del oficio sin número de referencia
y sin fecha de expedición, emitido por
la
Titular
de
la
Unidad de Enlace, dirigido
al
particular, mediante
el
cual dio a conocer lo siguiente:
[
...
]
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 40, 42 y 44 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, 69 de
su
Reglamento y en respuesta a
su
solicitud 0715000000616, de fecha 06 de enero de
2016, dirigida a la Unidad de Transparencia del Instituto de Seguridad Social para las
Fuerzas Armadas Mexicanas, los CC. Gral. Brig. J.
M.
y Lic. Antonio Ramírez Luna,
Director Jurídico, mediante oficio
DJ
1.0.6.2.1./281/2016, de fecha 12 de enero de
2016; Gral Brig.
C.
P.
Ret. y Miro. Fin. Alberto Gijón Y Berrios (por lo que respecta
al
cuestionamiento 4), mediante oficio OIC 07/0078/ARQ/2016 de fecha
14
de enero de
3

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