Resolución con número de expediente RDA 4258 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Número de expedienteRDA 4258
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Federal de Acceso a la
Información y Protección de
Datos
Dependencia ante la cual se presentó la
solicitud: Instituto Nacional de Migración
Folio de la solicitud: 0411100051112
Número de expediente: RDA 4258/12
Comisionado Ponente: Ángel Trinidad Zaldívar
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Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante este Instituto,
se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 11 de septiembre de 2012, la particular, presentó una solicitud de acceso a
información pública, a través del sistema electrónico Infomex, mediante la cual
requirió al Instituto Nacional de Migración lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
Entrega por Internet en el INFOMEX
Descripción clara de la solicitud de información:
Solicito documento que contenga nombre, primer apellido, segundo apellido, nombre
del cargo, nombr e del cargo superior, unidad administrativa, clave de puesto, nombre
del puesto y domicilio de todos los tr abajadores del Instituto incluidos los agentes
federales migratorios y similares, personal de base y cualquier otro tipo de
contratación, subcontratación o equivalente.
Se solicita en formato trabajable tipo Excel.
II. El 09 de octubre de 2012, la Unidad de Enlace del Instituto Nacional de
Migración notificó a la particular que, con fundamento en el artículo 44 de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, se
ampliaba el plazo de respuesta a su solicitud de acceso, motivando dicha prórroga
en los siguientes términos:
“CIUDADANO SOLICITANTE:
Me refiero a su petición, recibida en esta Unidad de Enlace, por la c ual presenta
solicitud de acceso a la información con el número de folio INFOMEX 0411100051112.
Con fundamento en el artículo 44 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Guberna mental, le comento que el plazo para dar respuesta a su
solicitud se ampliará por una únic a vez, por un periodo de veinte días hábiles debido a
que se requiere por parte de la Unidad Administrativa responsable, mayor tiempo para
integrar la información.
Sin más por el momento le envío un cordial saludo.”
III. El 08 de noviembre de 2012, el Instituto Nacional de Migración, a través del
sistema electrónico Infomex, respondió a la solicitud de acceso a información
pública presentada por el particular, en los términos siguientes:
Comentario [d1]: Listado para su
discusión. Engrose: Se desclasificará
el nombre de los Agentes de
Protección a Migrantes. En el caso de
los agentes migratorios se entregarán
aquellos ya publicados por el INAMI y
clasificar por 13-I y IV los que no han
sido públicos, con el voto disidente del
Comisionado ATZ. Voto disidente de la
Comisionada SAC por la entrega de los
nombres de los agentes de protección
a migrantes. Con el voto particular de
GLR y ATZ por confirmar la
clasificación con fundamento en el
artículo 13, fracción I de la Ley
Instituto Federal de Acceso a la
Información y Protección de
Datos
Dependencia ante la cual se presentó la
solicitud: Instituto Nacional de Migración
Folio de la solicitud: 0411100051112
Número de expediente: RDA 4258/12
Comisionado Ponente: Ángel Trinidad Zaldívar
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Con fundamento en el artículo 43 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental, la información solicitada contiene información
reservada o confidencial que será eliminada
Las partes o secciones eliminadas son:
Se indican en la resolución del Comité de Información del Instituto Nacional de
Migración.
El motivo del daño por divulgar la información es:
Se señalan en la resolución del Comité de Información del Instituto Nacional de
Migración.
Archivo adjunto de la respuesta:
0411100051112_114.doc
Fundamentación legal
Ley
Artículo y Fracción
LEY FE DERAL DE TRANSPARENCIA Y
ACCESO A LA INFORMACIO N PUBLICA
GUBERNAMENTAL
Artículo 13, fracción I, IV y V.
El archivo adjunto contiene el oficio número
DGJDHT/UEAIPG/TRANSPARENCIA/1182/2012, de fecha 08 de noviembre de
2012, suscrito por el Titular de la Unidad de Enlace del sujeto obligado en los
siguientes términos:
C. TITULAR DE LA SOLICITUD FOLIO 0411100051112.
P R E S E N T E.
En cumplimiento con el resolutivo cuarto de la Resolución del Comité de Información
de este Instituto, emiti da con fecha 08 de noviembre de 2012, y con fundamento en lo
dispuesto por los artículos 28 fracción IV de l a Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública Gubernamental y 68 de su Reglamento, se le notifica
formalmente, mediante la transcripción íntegra después del presente párrafo, el
contenido de la resolución citada, misma que contiene la respuesta a su solicitud de
acceso a la información, recibida por esta Unidad de Enlace y Acceso a la Información
Pública Gubernament al, mediante el Sistema de Solicitudes de Información
(INFOMEX) el día 11 de septiembre de 2012, con el número de folio citado al rubro.
“En la Ciudad de México Distrito Federal, a 8 de noviembre de 2012, vistos para
resolver por el Comité de Información del I nstituto Nacional de Migración, la
Solicitud de Acceso a Información Pública, con el folio al rubro citado y.------------
R E S U L T A N D O
I. Que con fecha 11 de septiembre de 2012, fue recibida por la Unidad de Enlace del
Instituto Nacional de Migración, la solicitud de acceso a la información pública
Instituto Federal de Acceso a la
Información y Protección de
Datos
Dependencia ante la cual se presentó la
solicitud: Instituto Nacional de Migración
Folio de la solicitud: 0411100051112
Número de expediente: RDA 4258/12
Comisionado Ponente: Ángel Trinidad Zaldívar
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gubernamental, la cual quedó registrada en el Sistema de Solicitudes de Información
(INFOMEX), con el folio 0411100051112.------------------------------------------------------------
II. Que en la solicitud mencionada en el punto inmediato anterior el solic itante señala:
“Solicito documento que contenga nombre, primer apellido, segundo apellido,
nombre del cargo, nombre del cargo superior, unidad administrativa, clave de
puesto, nombre del puesto y domicilio de todos los trabajadores del Instituto
incluidos los agentes federales migratorios y similares, personal de base y
cualquier otro tipo de contratación, subcontratación o equivalente. -------------------
Se solicita en formato trabajable tipo Excel.” (Sic) -------------------------------------------
III. Que como modalidad pr eferente de Entrega de información señala: Entr ega por
Internet en el INFOMEX. --------------------------------------------------------------------------------
IV. Que para facilitar la localización de la información que solicita específica: No
menciona nada. ---------------------------------------------------------------------------------------------
V. Conforme al procedimiento la Unidad de Enlace remitió la solicitud de referencia
mediante oficio No. DGJDHT/UEAIPG/TRANSPARENCIA/1030/2012 al Enlace de
Apoyo en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental
de la Dirección Gener al de Administración, como Unidad Administrativa del INM
responsable para atender dicho planteamiento. ----------------------------------------------------
VI. Con fecha 09 de octubre de 2012, mediante el Sis tema de Solicitudes de
Información (INFOMEX) se le notificó al solicitante que se requería mayor tiempo por
parte de la Unidad Administrativa responsable, para integrar la informaci ón solicitada,
lo anterior con fundamento en el artículo 44 de la Ley Federal de Transparenci a y
Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG) -----------------------------------
VII. En res puesta la Unidad Administrativa responsable, hizo llegar al Titular de la
Unidad de E nlace, oficio No. INM/DGA/03667/2012, quien a su vez, lo puso a
disposición de este Comité de Información, en el que se expr esa en relación a l a
solicitud del ciudadano, los motivos y fundamentos que contienen elementos para no
entregar la tot alidad de la información s olicitada, los cuales se analizan en los
siguientes: ----------------------------------------------------------------------------------------------------
C O N S I D E R A N D O S
I. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 6° de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos (CPEUM); 29 fracción III, 30 y 45 de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG); 57, 70
fracción IV, 72 del Reglamento de la ley de la materia y artículo 4°, fracción III, de los
Lineamientos de Operación del Comité de Información del Instituto Nacional de
Migración, se considera que este Comité es competente para conocer y resolver el
presente procedimiento. ----------------------------------------------------------------------------------
II. Que del análisis efectuado a la Solicitud de Acceso a la Información, precisada en
los Resultandos del I al IV, y previos los tr ámites administrativos efectuados por la
Unidad de Enlace para obtener la información de la Unidad Administrativa
responsable, según se indicó en el Resultando V y en atención al análisis de la
respuesta que obra en el oficio que se indica en el Resultando VII, se desprende que

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