Resolución con número de expediente RDA 6567 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Año2015
Número de expedienteRDA 6567
EmisorFIDEICOMISO FONDO NACIONAL DE HABITACIONES POPULARES
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de
Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Fideicomiso Fondo Nacional de
Habitaciones Populares
Folio de la solicitud: 2028500006515
Número de expediente: RDA 6567/15
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
Llamas
1
Comisionado: FJALL
Expediente: RDA
6567/15
Folio: 2028500006515
Materia: Acceso a información pública
Sentido: Sobreseer
SO: Fideicomiso Fondo Nacional de
Habitaciones Populares
Solicitud (09-nov-15): El particular requirió la determinación por entidad federativa, del
presupuesto distribuido y calendarizado por dependencia y entidad, en el marco del Programa de
Vivienda SEDATU/FONHAPO durante el ejercicio fiscal 2015, detallando: Unidad responsable,
capítulo y concepto de gasto.
Respuesta (26-nov-15): El sujeto obligado proporcionó al particular los vínculos correspondientes a
los montos autorizados en el Presupuesto de Egresos de la Federación, para el ejercicio fiscal 2015,
en el Programa de Vivienda Rural, desglosado por: Concepto e Importe. Asimismo, le indicó la
distribución de dicho presupuesto por partida y calendario.
Recurso (30-nov-15): El particular identificó como agravio la entrega parcial de la información
requerida, arguyendo que la misma no fue proporcionada al nivel de detalle requerido,
específicamente desglosada por entidad federativa.
Así, del análisis de las manifestaciones vertidas por el particular a través de su recurso de revisión,
se advierte que no impugnó la respuesta del sujeto obligado por cuanto hace a la entrega de
información sobre el presupuesto distribuido en el marco del Programa de Vivienda
SEDATU/FONHAPO durante el ejercicio fiscal 2015, desglosado por: Concepto, Importe, partida y
calendario, sino únicamente por la falta de detalle al nivel de entidad federativa. Por tanto, la
información otorgada por la autoridad se considera consentida por el recurrente, y no se llevará a
cabo el estudio de fondo de la misma.
Alegatos (14-dic-15): El sujeto obligado precisó que, tras efectuar una nueva consulta en los
archivos de la Gerencia y Presupuesto, notificó al domicilio del particular señalado para tales efectos,
el oficio número GFP/461/2015, de fecha 08 de diciembre de 2015, por medio del cual dicha unidad
administrativa se pronunció sobre la falta de información argumentada por el particular.
En este sentido, resulta importante señalar que en un alcance a su oficio de alegatos, el sujeto
obligado acreditó documentalmente la entrega al particular del oficio número GFP/461/2015, emitido
por la Gerencia de Finanzas y Presupuesto, en el que precisó que el presupuesto asignado y referido
en respuesta, fue asignado en su totalidad a la entidad federativa 09 Distrito Federal.
Para mejor proveer, acompañó a su escrito de alegatos de una copia del Reporte AC01 Fiscales
Vivienda Rural (pesos), del Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2015,
asignado al Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, con el cual indicó, se corrobora
que la información otorgada en un principio, fue asignada a la entidad federativa 09 Distrito Federal.
Además, de las constancias que obran en el expediente en el que se actúa, se desprende que la
autoridad proporcionó al particular el oficio número DPO/GP/2155/2015, de fecha 09 de diciembre de
2015, emitido por la Gerencia de Planeación, del cual se desprenden las siguientes precisiones:
De conformidad con lo establecido en el Capítulo 5. Tipos y Montos de Apoyo de las Reglas de
Operación del Programa Vivienda rural 2015, los apoyos del programa estarán condicionados a
las aportaciones que realicen los Gobiernos Estatales o Municipales, así como los beneficiarios.
Por su parte, del Capítulo 8. Distribución de Recursos, de las mencionadas Reglas, se
desprende que la direccionalidad de asignación de los recursos se realizará conforme a la
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a
la Información y Protección de
Datos Personales
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Fideicomiso Fondo Nacional de
Habitaciones Populares
Folio de la solicitud: 2028500006515
Número de expediente: RDA 6567/15
Comisionado Ponente: Francisco Javier Acuña
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demanda recibida a lo largo del ejercicio fiscal, por lo que al momento de la integración del
Anteproyecto de Presupuesto del Programa Vivienda Rural 2015, en materia de otorgamiento de
subsidios, únicamente se cuenta con el calendario de metas, objetivos y monto de los recursos
a ejercer para el ejercicio fiscal de que se trate.
Que, en razón de lo anterior, la totalidad de los recursos fue concentrada en la entidad
federativa 09 Distrito Federal, y posteriormente, como se señaló, se asignan dichos recursos a
la entidad federativa donde serán realizadas las acciones de vivienda de acuerdo a la demanda
observada.
Litis: La presente resolución analiza la modificación de la respuesta
Análisis:
De las constancias que integran el expediente en el que se actúa, se guarda constancia que durante
la tramitación del recurso de revisión que nos ocupa, el Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones
Populares modificó su respuesta inicial y proporcionó al particular un alcance a su respuesta con el
objeto de atender las deficiencias de la información otorgada originalmente y que fueron hechas valer
por el particular de forma puntual a través de su medio de impugnación.
En este sentido, es dable apuntalar que a través de un alcance a su respuesta inicial, la autoridad
remitió al domicilio señalado por el particular para efectos de recibir todo tipo de notificaciones, el
oficio número GFP/461/2015, emitido por la Gerencia de Finanzas y Presupuesto, en el que precisó
que el presupuesto asignado y referido en respuesta, fue asignado en su totalidad a la entidad
federativa 09 Distrito Federal.
Para mejor proveer, acompañó a su escrito de alegatos, de una copia del Reporte AC01 Fiscales
Vivienda Rural (pesos), del Presupuesto de Egresos de la Federación del Ejercicio Fiscal 2015,
asignado al Fideicomiso Fondo Nacional de Habitaciones Populares, con el cual indicó, se corrobora
que la información otorgada en un principio, fue asignada a la entidad federativa 09 Distrito Federal.
Además, de las constancias que obran en el expediente en el que se actúa, se desprende que la
autoridad proporcionó al particular el oficio número DPO/GP/2155/2015, de fecha 09 de diciembre de
2015, emitido por la Gerencia de Planeación, del cual se desprenden las siguientes precisiones:
De conformidad con lo establecido en el Capítulo 5. Tipos y Montos de Apoyo de las Reglas de
Operación del Programa Vivienda rural 2015, los apoyos del programa estarán condicionados a
las aportaciones que realicen los Gobiernos Estatales o Municipales, así como los beneficiarios.
Por su parte, del Capítulo 8. Distribución de Recursos, de las mencionadas Reglas, se
desprende que la direccionalidad de asignación de los recursos se realizará conforme a la
demanda recibida a lo largo del ejercicio fiscal, por lo que al momento de la integración del
Anteproyecto de Presupuesto del Programa Vivienda Rural 2015, en materia de otorgamiento de
subsidios, únicamente se cuenta con el calendario de metas, objetivos y monto de los recursos
a ejercer para el ejercicio fiscal de que se trate.
Que, en razón de lo anterior, la totalidad de los recursos fue concentrada en la entidad
federativa 09 Distrito Federal, y posteriormente, como se señaló anteriormente, se asignan
dichos recursos a la entidad federativa donde serán realizadas las acciones de vivienda de
acuerdo a la demanda observada.
En consecuencia, se observa que el sujeto obligado modificó su respuesta otorgada inicialmente al

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