Resolución con número de expediente RDA 2239 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 10-06-2015

Sentido del falloREVOCA
EmisorSECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (SCT)
Fecha10 Junio 2015
Número de expedienteRDA 2239
Año2015
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto
Nacional
de
Transparencia, Acceso a
la
Infonnación
y
Protección
de
Datos
Personales
Expediente: ROA 2239/15
Sujeto obligado: Secretaría de Comunicaciones
y Transportes
Folio
de
la
solicitud:
0000900117515
Comisionada Ponente: Ximena Puente de
la
Mora
Visto el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto y de conformidad con
lo previsto
en
la octava fracción, del Apartado
A,
del articulo sexto de
la
Constitución Polltica
de
los Estados Unidos Mexicanos; asl como,
en
los artículos
octavo y noveno transitorios del Decreto
por
el que
se
reforman y adicionan
diversas disposiciones . de
la
Constitución Política
de
los Estados Unidos
Mexicanos, en materia
de
transparencia; en el artículo
3°.,
fracción XIII y los
Transitorios Primero y Quinto de
la
Ley General de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública; así como los artículos
37,
fracción
11,
49,
50
y
55,
fracción V
de la Ley Federal
de
Transparencia y Acceso a
la
Información Pública
Gubernamental; .88 y 89 del Reglamento
de
la
Ley Federal de Transparencia y
Acceso a
la
Información Pública Gubernamental; y
15,
fracciones 1 y
111,
y
21,
fracciones
111
y IV del Reglamento Interior del Instituto Federal
de
Acceso a
la
Información y Protección
de
Datos, se procede a dictar la presente resolución con
base en los siguientes:
RESULTANDOS
1.
El
10 de abril de 2015, el ahora recurrente, a través de quien dice ser
su
representante legal, presentó una
sol.icitud.
de acceso ante
la
Secretaría de
Comunicaciones y Transportes,
media~te
él Sistema INFOMEX, requiriendo
lo
siguiente:
\
"Modalidad
preferente
de entrega de
Información:
Entrega
por
Internet en el
INFOMEX
Descripción
clara de la
solicitud
de
Información:
Solicitamos mapa, dibujo o plano
donde se identifiquen claramente /os ntímeros y ubicaciones
de
todos /os tramos de
muelle del Puerto Isla del Carmen en
Cd.
del Carmen, Campeche." (sic).
2.
El
29 de abril de 2015, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, a través V
del Sistema INFOMEX, notificó al particular,
la
respuesta a
su
solicitud de acceso
a
la
información, en los siguientes términos:
"En
alcance a la solicitud
r$Cibida
con
No.
de Folio 0000900117515, dirigida a la
Unidad de enlace de SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES, el
d/a
1010412015,
nos permitimos hacer de su conocimiento que:
La
información solicitada no
es
competencia de esta dependencia o entidad.
Con
base en lo previsto
en
el articulo 40 de la Ley Federal
de
Transparencia y Acceso
a la Información Ptíblica Gubernamental, y
de
acuerdo a la información que solicita, le
sugerimos que acuda con la Unidad de Enlace de:
1
------------------------------·-·
Instituto
Nacional
de
Transparencia,
Acceso a la
Infonnación
y
Protección
de
Datos
Personales
Expediente:
ROA
2239/15
Sujeto obligado: Secretaría de Comunicaciones
y Transportes
Folio de la solicitud: 0000900117515
Comisionada Ponente: Ximena Puente
de
la
Mora
Administración Portuaria Integral
de
Campeche dependiente del Gobierno del Estado
http://www. infomex. campeche.
qob.
mxl
[.
.. ]"
3.
El
08
de mayo de 2015,
se
recibió
en
este Instituto
el
recurso
de
revJsJon
interpuesto por
el
recurrente a través de quien dice ser
su
representante legal,
en
contra de
la
respuesta proporcionada por
la
Secretaría
de
Comunicaciones y
Transportes,
en
los siguientes términos:
"Acto que se recurre y
puntos
petitorios:
RECURSO DE REVISIÓN FOLIO
0000900117515 Solicitamos mapa, dibujo o plano donde
se
identifiquen claramente
los números y ubicaciones
de
todos los tramos
de
muelle del Puerto Isla del Carmen
en
Cd.
del Carmen, Campeche, a lo que responde
la
SCT
que no es
de
su
competencia, con lo que no estamos
de
acuerdo.
La
información definitivamente es
competencia
de
la
SCT
conforme, entre otras muchas disposiciones, a
la
LEY
DE
PUERTOS. CONTINUA EN ANEXO ADJUNTO.
[.
. .]" (sic)
El
archivo adjunto contiene escrito, sin fecha, relativo a
la
solicitud con número
de
folio 0000900117515, emitido por
el
particular,
en
el
tenor siguiente:
"RECURSO DE REVISIÓN
FOLIO 0000900117515
[.
.
.]
La
información definitivamente es competencia de
la
SCT
conforme, entre otras
muchas disposiciones, a
la
LEY DE PUERTOS
Articulo
16.-
La
autoridad
en
materia
de
puertos radica
en
el Ejecutivo Federal,
quien
la
ejercerá
por
conducto
de
la
Secretaria, a
la
que,
sin perjuicio
de
las \
atribuciones
de
otras dependencias
de
la
Administración Pública Federal,
corresponderá:
l.
Formular y conducir las pollticas y programas para el desarrollo del sistema
portuario nacional; · ·
IV.
Otorgar las concesiones, permisos y autorizaciones a que se refiere esta
ley,
as! como verificar su cumplimiento y resolver sobre su modificación, renovación o
revocación;
V.
Determinar las áreas e instalaciones
de
uso público as! como las áreas,
terminales o instalaciones que se destinen para
la
atención y servicios a
embarcaciones, personas y bienes relacionados con
la
navegación de cabotaje;
XII.
Integrar las estadlsticas portuarias y llevar el catastro
de
las obras e
instalaciones portuarias;
2

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