Resolución con número de expediente RDA 2242 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 10-06-2015

Sentido del falloREVOCA
EmisorPROCURADURÍA FEDERAL DE PROTECCIÓN AL AMBIENTE
Fecha10 Junio 2015
Número de expedienteRDA 2242
Año2015
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Naciorul de
Transparencia,
Acceso-a
la
Información y Protección de
Datos
Personales
.
Areli
Cano
Guadiana
Comisionada
Ponente
RECURSO DE REVISIÓN
FOLIO: 1613100019515
SUJETO OBLIGADO: Procuraduría
Federal de Protección
al
Ambiente
EXPEDIENTE: ROA 2242/15
México,
Distrito Federal, a
diez
de
junio
de
dos
mil
quince.
. . . .
VISTO,
el
estado
que
guarda
el
recurso
de
revisión
citado
al
rubro,
iniciado
con
motivo
de
la
respuesta
de
la
Procuraduría
Federal
de
Protección al
Ambiente
a la
solicitud
de
información
con
folio
1613100019515,
se
formula
la
presente
resolución,
en
atención
a
los
siguientes:
1/
RESULTANDOS
l.
El
nueve
de
marzo
de
dos
mil
quince,
el
particular.
presentó
una
solicituq
de
acceso
a la información,
mediante
el
sistema
de
información
INFOMEX·Gobierno
Federal, a
la
Procuraduría
Federal
·de
Protección
al
Ambiente,
requiriendo lo
siguiente:
Descripción clara
d!lla
solicitud
de
jnform11ción:
"Adjunto
mi
solicitud
de
infprmación"
Modalidad pref!lr!lnta
de
!lntr!lga de información:
"Entrega
por
Internet
en
eiiNFOMEX"
Archivo
1613100019515.docx
El
particular
adjuntó
a
su
solicitud
un
escrito
libre,
cuyo
contenido
es
el
siguiente:
"1
Solicito
se
me
informe
lo
siguiente
sobre
los
sitios
contaminados
abandonados
de
los
que
tiene
conocimiento
la
Profepa,
especificando
por
cada
sitio contaminado;
en
archivo
Excel:
a)
Ubicación
(Entidad
y
municipio)
b)
Superficie
contaminada
e)
Responsable
de
la
contaminación
(empresa,
entidad
pública
o
particular)
d)
Tipo
de
contaminación
o
contaminantes
y
volúmenes
de
los
mismos
e)
Riesgo
al
medio
ambiente
y
salud
pública
(efectos
que
puede
causar)
f)
Nivel
de
riesgo
al
medio
ambiente
y
salud
pública
g)
Ano
en
que
se
originó
su
contaminación
h)
Ano
en
que
se
abandonó
i)
Tipo
de
sitio
(bodega,
mina,
prédio,
etc)
j) Atención
que
brinda
la
Profepa
sobre
el
sitio
k)
Está
o
no
en
proceso
de
remediación
y
porcentaje
de
remediación
Instiruto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
1)
Costo valuado de la remediación
Areli
Cano
Guadiana
Comisionada
Ponente
RECURSO
DE
REVISIÓN
FOLIO:
1613100019515
SUJETO
OBLIGADO:
Procuraduria
Federal
de
Protección al
Ambiente
EXPEDIENTE:
RDA
2242/15
11
Se
me informe cuál es
la
estrategia o política que implementa
la
Profepa para atender
los sitios contaminados abandonados
en
el pals, o donde puedo consultar dicha
estrategia o polltica." (sic)
11.
El
veinticuatro de marzo de dos mil quince, la Procuraduría Federal de Protección
al
Ambiente, requirió al particular, a través del sistema de información INFOMEX-
Gobierno Federal, información adicional,
en
los siguientes términos:
Con
la finalidad de dar inicio con el proceso
de
búsqueda
de
información y con base
en
el articulo 40 de
la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a
la
Información Pública
Gubernamental, se solicita que aclare, corrija o detalle
la
información de la solicitud
en
los siguientes puntos:
La
Procuraduría Federal de Protección
al
Ambiente cuenta
con
facultades de inspección
y vigilancia para interponer el procedimiento administrativo que contempla
la
Ley General
del
Equilibrio Ecológico y Protección
al
Ambiente
en
contra de los presuntos infractores
de
la
legislación ambiental federal, del que podrán derivar sanciones de tipo económico y
administrativo, entre las cuales se encuentra el decomiso.
Las facultades que tiene conferidas
la
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente
se encuentran establecidas
en
el
Reglamento Interior
de
la Secretaria
de
Medio
Ambiente y Recursos Naturales, por
lo
que le sugerimos consultarlo, o directamente
en
la
siguiente liga de internet:
http://www.profepa.gob.mx/innovaportaVfile/4990/1/reglamento_interior_actual.pdf
Ahora bien esta Procuradurla de acuerdo a
lo
señalado
en
el
Titulo Sexto, Capítulo VIl
de
la
Ley General del Equilibrio Ecológico y
la
Protección
al
Ambiente, se encarga
de
dar
seguimiento a
la
Denuncia Popular, así como
de
aplicar
el
procedimiento
de
inspección y
/
igilancia establecido
en
el
Título Sexto, Capítulo
11
de
la
citada
Ley,
por lo que
le
ugerimos consultarla, o directamente
en
la
siguiente liga de internet:
ttp:l/www.profepa.gob.mx/innovaportal/file/4990/1/lgeepa_vigente.pdf
Bajo ese contexto, con la finalidad
de
iniciar
la
búsqueda de la información
le
solicitamos
se
sirva aportar mayores datos que permitan
la
localización
de
la
misma
ya
que la
información no
se
encuentra sistematizada por sitio abandonado, sino por sujeto
2
-·-·---·-"--···----·---··----·-
..
--·-·--~--~----------
----~·------------------
Instituto Nacional
de
T nnsparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos
Personales
Areli
Cano
Guadiana
Comisionada
Ponente
RECURSO
DE
REVISIÓN
FOLIO:
1613100019515
SUJETO
OBLIGADO:
Procuraduría
Federal
de
Protección al
Ambiente
EXPEDIENTE:
RDA
2242/15
inspeccionado, materia ambiental inspeccionada, recurso afectado, entidad federativa y
municipio .
..
." (sic)
111.
El
veintiséis de marzo de dos mil quince, el particular dio respuesta
al
requerimiento de infonnación adicional que le notificó la Procuraduría Federal de
Protección
al
Ambiente,
en
los siguientes ténninos:
"Adjunto mi respuesta a la prevención" (sic)
El
particular adjuntó
un
escrito libre
en
los ténninos siguientes:
Me refiero al programa y/o acciones generales de identificación de sitios abandonados
que desarrolla la Profepa, según 'se menciona en distintos documentos, como los
siguientes:
htto://app1.semarnat.qob.mxldgeia/indicadores04/pdf/05 res peligrosos.pdf
En
su página 163 se lee: "Desde 1995 (alfo en que inició
el
programa de Identificación y
caracterización de sitios abandonados, contaminados con residuos peligrosos) hasta
el
2004
se
han registrado un total de 432 sitios contaminados (que incluyen aquéllos con y
sin responsable). Los principales materiales encontrados son hidrocarouros, escorias,
aceites gastados, solventes, metales pesados y residuos biológico-infecciosos"
Y este otro documento:
http:/lwww.semamat.gob.mx/archivosanteriores/temas/gestionambientaVMateriales%20y
%20Actividades%20Riesqosas/sitioscontaminados/GTZJK"
Marco%20regulatorio%20de%201a%20remediacion%20de%20SC.odf
Donde se lee en su página 21:
"De acuerdo con sus atribuciones,
la
Profepa desarrolló un programa para
idenf
ar
y
caracterizar sitios contaminados abandonados. Como ya se mencionó, la Profepa desde
1995 contaba con atribuciones para:
Elaborar programas para la identificación, evaluación y rémediación de sitios
contaminados que pongan en peligro a la población o
al
ambiente y;
3

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR