Resolución con número de expediente RDA 6400 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Año2015
Número de expedienteRDA 6400
EmisorSECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL (SEDENA)
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Areli Cano Guadiana
Comisionada Ponente
RECURSO DE REVISIÓN
FOLIO: 0000700162415
SUJETO OBLIGADO: Secretaría de la
Defensa Nacional
EXPEDIENTE: RDA 6400/15
1
Comisionado: Areli Cano
Expediente: RDA 6400/15
Folio: 0000700162415
Materia: Acceso a la Información
Sentido: sobresee
Dependencia/Entidad: Secretaría de la
Defensa Nacional
Solicitud de información: La particular solicitó las convocatorias, planes, o programas de estudio de la Universidad del
Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos correspondientes a los años dos mil diez, dos mil once, dos mil doce y dos mil trece,
así como la fecha de emisión y publicación de cada una de las convocatorias requeridas, y el área encargada de su
emisión y publicación.
Aunado a lo anterior, la particular requirió en específico los planes o programas de estudio correspondientes a la Escuela
Militar vigentes en los años dos mil diez, dos mil once, dos mil doce y dos mil trece, así como fecha de autorización y
período académico que cubre cada convocatoria.
Agregando que no deseaba que le fueran proporcionadas páginas electrónicas.
Respuesta: Después de una prórroga, el sujeto obligado en su respuesta señaló que no se había localizado la
convocatoria dos mil diez de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, admisión con bachillerato,
manifestando que la Dirección General de Educación Militar y Rectoría de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea, es
el área encargada de la emisión y publicación de la convocatoria; anexando la resolución de inexistencia que confirmaba
que no había sido localizada dicha convocatoria.
Respecto a las convocatorias correspondientes a los años dos mil once, doce y trece, puso a disposición de la particular
un disco compacto, el cual refirió podía recoger, previo pago, en la Unidad de Transparencia del sujeto obligado,
agregando que si deseaba le fuera enviado por correo certificado, debía cubrir el monto por dicho concepto, para lo cual
puso a su disposición un correo electrónico para que señalara si deseaba que le fuera enviado de esa manera.
Con relación a las fechas de emisión y publicación de las convocatorias, el sujeto obligado indicó la fecha de admisión,
de emisión, de publicación y el área encargada de la emisión y publicación de las convocatorias correspondientes a los
años dos mil once, dos mil doce, y dos mil trece.
En relación con los planes o programas de estudio correspondientes a la Escuela Militar vigente en los años dos mil diez,
dos mil once, dos mil doce y dos mil trece, puso a disposición de la particular un disco compacto, el cual refirió podía
recoger, previo pago, en la Unidad de Transparencia del sujeto obligado, agregando que si deseaba le fuera enviado por
correo certificado, debía cubrir el monto por dicho concepto, para lo cual puso a su disposición un correo electrónico para
que señalara si deseaba que le fuera enviado de esa manera.
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
Areli Cano Guadiana
Comisionada Ponente
RECURSO DE REVISIÓN
FOLIO: 0000700162415
SUJETO OBLIGADO: Secretaría de la
Defensa Nacional
EXPEDIENTE: RDA 6400/15
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Con relación a las fechas de autorización y periodo que cubren los programas de las Escuela Medico Militar, el sujeto
obligado indicó la fecha de autorización, y el periodo que cubren, correspondientes a los años dos mil diez, dos mil once,
dos mil doce, y dos mil trece.
Recurso: Inconforme con la respuesta de la Secretaría de la Defensa Nacional, la particular interpuso recurso de revisión
ante este Instituto, recurriendo la resolución de inexistencia referente a la convocatoria del año dos mil diez de la
Universidad del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, admisión con Bachillerato, razón por la que tampoco le había sido
proporcionada la fecha de emisión y publicación de la misma, así como el área encargada de su emisión y publicación.
En el mismo sentido, la hoy recurrente refirió que el sujeto obligado había realizado la búsqueda de la convocatoria con
un criterio restrictivo, buscándola solo en un área administrativa y no en todas las que pudieran ser competentes, por lo
que reiteró que solicitaba la convocatoria dos mil diez de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, admisión
con Bachillerato, así como la fecha de emisión, publicación, y área encargada de dicha convocatoria.
Alegatos del sujeto obligado: En vía de alegatos, el sujeto obligado envío al domicilio de la recurrente la convocatoria
del ejercicio dos mil diez admisión con bachillerato-, y señaló la fecha de emisión, publicación y el área encargada de
ello.
Análisis: Ahora bien, dado que se ha verificado que la Secretaría de la Defensa Nacional modificó la respuesta
recurrida y envió la convocatoria correspondiente al año dos mil diez de la Universidad del Ejército y Fuerza Aérea
Mexicanos- admisión con Bachillerato-, y señaló la fecha de emisión, publicación y el área encargada de dicha
convocatoria, es claro que se atendió el agravio manifestado, por lo que se considera que la impugnación que se dirime
ha quedado sin materia.
Sentido: se sobresee

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