Resolución con número de expediente RDA 6086 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales

Número de expedienteRDA 6086
EmisorSECRETARÍA DE LA DEFENSA NACIONAL (SEDENA)
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Secretaría de la Defensa Nacional
Folio de la solicitud: 0000700152415
Expediente: RDA 6086/15
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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RDA 6086/15
Secretaría de la Defensa Nacional
Sesión del 27 de enero de 2016
Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Fecha de presentación de la solicitud: 19 de agosto de 2015.
Folio de la solicitud: 0000700152415
Fecha de presentación del recurso de revisión: 28 de octubre de 2015
Fecha de admisión del recurso: 29 de octubre de 2015
Día 30: 11 de diciembre de 2015
Pleno límite para resolver: 24 de febrero de 2016
Días hábiles transcurridos en la tramitación del recurso: 51
Ampliado: SI
SOLICITUD
RESPUESTA
AGRAVIOS
Diversos requerimientos relacionados con
la Dirección General del Registro Federal
de Armas de Fuego y Control de Explosivo.
(no se transcribe por ser extensa)
Información
incompleta
Sentido de la Resolución: MODIFICAR la respuesta de la Secretaría de la Defensa Nacional y ordenarle que:
Proporcione la planilla orgánica de la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de
Explosivos vigente, que se encuentra debidamente actualizada, y señale el fundamento que regula la
organización de dicha Dirección General, con el objeto de satisfacer el punto 1 de la solicitud.
Siguiendo el procedimiento establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental, ante su Comité de Información clasifique los datos relativos a los nombre de particulares,
números de matrícula así como los nombres del personal militar y firmas de estos últimos únicamente en el
caso de permitan identificar a su titular; de la ubicación física de edificios y pisos específicos contenidos en los
oficios de comisión, de conformidad con los artículos 13, fracciones I (ubicaciones) y IV (nombre de militares y
firmas de las que se desprenda el nombre), y 18, fracción II de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Gubernamental (nombre de particulares y número de matrícula militar).
De igual forma, deberá proporcionar versión pública de los 415 oficios de comisión emitidos en la Dirección
General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, dentro del periodo del 19 de agosto
de 2014 al 19 de agosto de 2015, entregando la resolución del Comité de Información mediante la cual
confirme dicha versión pública, de forma fundada y motivada.
Asimismo, el sujeto obligado deberá proporcionar la cantidad de personas que percibe, un salario en la Dirección
General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos y que orgánicamente está asignada a
cada área, con el objeto de atender debidamente el punto 3 de la solicitud de acceso.
Clasifique los nombres de los servidores públicos (militares activos) adscritos a las diversas áreas de la
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Secretaría de la Defensa Nacional
Folio de la solicitud: 0000700152415
Expediente: RDA 6086/15
Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de
Datos Personales
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Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, por tratarse de
información reservada en términos del artículo 13, fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Gubernamental, debiendo seguir el procedimiento establecido en la Ley Federal de Transparencia
y Acceso a la Información Pública Gubernamental, ante su Comité de Información y señale el daño que se
ocasionaría con la difusión de la información con los criterios de daño presente, probable y específico, con el
objeto de atender debidamente el punto 4 de la solicitud de acceso.
Explique el particular por qué no cuenta con la información requerida en el punto 31, correspondiente a qué
servidor público evalúa cada trámite que recibe la dependencia.
Realice aclaración al particular en el sentido de que normativamente la Dirección General del Registro Federal
de Armas de Fuego y Control de Explosivos o sus áreas adscritas no tiene tiempos específicos para evaluar
cada trámite que reciba, no obstante, si tiene tiempos de respuesta, por lo que deberá proporcionar el Manual
de Servicios al Público, pues en sus formatos de trámite se indican dichos tiempos, con el objeto de atender el
punto 32 de la solicitud en estudio.
Informe al particular el costo por concepto de derechos de los 25 trámites faltantes que no aparecen en el
Anexo “D” del “Catálogo de derechos para el año 2015” e informe también a cuáles de esos trámites no aplica
cobro de derechos, a efecto de atender en su totalidad el punto 34 de la solicitud.
Turne la solicitud ante la Dirección General de Administración a efecto de realice la búsqueda exhaustiva de la
información en relación con los ingresos por concepto de derechos de los trámites que realiza en la Dirección
General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos, y una vez localizada dicha
información, informe cuánto de esos recursos se ha reinvertido en dicha Dirección General, con el objeto de
atender el punto 40 de la solicitud de acceso. Para el caso, de no contar con dicha información, informe de
manera fundada y motivada dicha circunstancia al ahora recurrente.
Vista al Órgano Interno de Control: No
ALEGATOS DEL SUJETO OBLIGADO
Solicitó se sobresea el presente recurso al haber quedado sin materia, en virtud de la ampliación de las
respuestas otorgadas al interesado y también solicita se dejen intocadas las respuestas no impugnadas, ya
que se entiende que el particular está conforme con las mismas.
ARGUMENTOS DEL PROYECTO
ANÁLISIS DE LA RESPUESTA COMPLEMENTARIA
La información proporcionada en alcance a la respuesta, sólo satisfizo los requerimientos 2, 6, 8, 25, 29, 33
(fundamento legal para destinar personal al desfile) y 39 de la solicitud de acceso, no así los puntos 1, 3, 4, 30,
31, 32, 33 (cuántas personas se destinaron al desfile y de qué áreas), 34, 38 40 y 41 de la solicitud en cuestión.
Sujeto obligado ante el cual se presentó la solicitud:
Secretaría de la Defensa Nacional
Folio de la solicitud: 0000700152415
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Comisionado Ponente: Oscar Mauricio Guerra Ford
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Por lo tanto, se puede concluir que el sujeto obligado no proporcionó la totalidad de información requerida por el
particular, en relación con la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.
Por ende, se concluye que no se actualiza la causal de sobreseimiento prevista en el artículo 58, fracción IV
de la Ley de la materia.
ANÁLISIS DE FONDO
Quedaron como actos consentidos, 4 (el nombre de los 3 servidores que se entregaron), 5, 7, 9, 10, 11, 12, 13,
14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27, 28, 35, 36 y 37 de la solicitud.
Asimismo, el particular ya cuenta con la información a los puntos 2, 6, 8, 25, 29, 33 (fundamento legal para
destinar personal al desfile) y 39 de la solicitud, por lo que sería ocioso analizar dichos contenidos y, por ende los
agravios a dichos contenidos resulta fundados pero inoperante.
El estudio de fondo estará centrado a la entrega de información de los puntos 1 (planilla orgánica), 3 (relación o
cantidad de personas y oficio de comisión), 4 (nombre de cada servidor público), 30 (cantidad de trámites), 31
(personal que evalúa cada trámite), 32 (tiempo para evaluar cada trámite), 33 (cuántas personas se destinaron al
desfile y de qué áreas), 34 (costo de trámite), 38 (cuánto se recaudó o contabilizó), 40 (cuánto se ha reinvertido) y
41 (cuántos cursos o capacitación recibieron) de la solicitud.
Ahora bien, el sujeto obligado incumplió con el procedimiento de búsqueda, toda vez que, si bien, turnó la
solicitud de acceso a la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos,
porque ésta controla técnica y administrativamente sus recursos humanos, lo cierto es que omitió turnar la
solicitud de acceso a la Dirección General de Administración quien coordina el entero a la Tesorería de la
Federación y la recuperación vía presupuesto de los recursos que se obtengan por concepto de derechos por
servicios que presta el sujeto obligado.
El agravio al punto 1, es parcialmente fundado, en virtud de que el sujeto obligado no proporcionó la planilla
orgánica vigente de la Dirección General del Registro Federal de Armas de Fuego y Control de Explosivos.
El agravio al punto 3 es fundado, ya que el sujeto obligado proporcionó la cantidad de persona de la Dirección
General de referencia conforme a la planilla orgánica que se encuentra en revisión, además, en la respuesta
impugnada no realizó pronunciamiento en relación con los oficios de comisión.
No obstante, del análisis a dicho oficios de comisión contienen datos reservados y confidenciales, por lo que es
susceptible de proporcionar versión pública, en términos de los artículos 13, fracciones I y IV de la Ley Federal de
Transparencia y Acceso a la Información Gubernamental, en relación 18, fracción II de dicha Ley.
El agravio al punto 4 es parcialmente fundado, en razón de que proporcionó el nombre de 3 servidores públicos,
publicados en el POT, y omitió pronunciarse al resto del personal.

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