Resolución con número de expediente PS.0057 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 17/12/2018

Sentido del falloSe impone multa
Tipo de procesoProcedimientos de verificación
Número de expedientePS.0057
Fecha17 Diciembre 2018
SecciónResoluciones en materia de protección de datos personales en posesión de particulares (sector privado)
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE
DATOS PERSONALES
DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y SANCIÓN
DOCUMENTO:
PARTE(S) O
SECCIÓN(ES)
CLASIFICADA(S):
MOTIVO:
Por contener datos personales concernientes a una persona físic a identificada o identificable, para
cuya difusión se requiere el consentimiento de los titulares.
Por ser aquella que presentan los particulares a los sujetos obligados, siempre que ten gan el derecho
a ello, de conformidad con lo dispuesto por las leyes o los tratad os internacionales.
FUNDAMENTO LEGAL:
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 116
Primer párrafo Cuarto párrafo
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 113
Fracción I Fracción III
FIRM
A
DEL TITULAR DE
LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA Y DE
QUIEN CLASIFICA:
NÚMERO DE ACTA DE
LA SESIÓN DEL COMITÉ
DE TRANSPARENCIA
DEL INAI EN LA QUE SE
APROBÓ LA VERSIÓN
PÚBLICA:
FECHA:
Resolución de fecha 17 de diciembre de 2018, emitida en el expediente PS.0057/18
Denunciante
Infractor
Terceras Personas
Eliminado monto de sus
ingresos netos, monto de
su capital social, monto de
su capital contable y
porcentaje respecto de su
capacidad económica, ya
que es información relativa
a su patrimonio
Persona moral:
Eliminado denominación
de concurso, dirección
electrónica que remite a su
página web y
denominación social, ya
que dicha información lo
hace identificable
Séptima Sesión Extraordinaria de Obligaciones de Transparencia
18/06/2020
GSJ
Instit
ut
o
Na
cional
Transparencia,
Acceso
a
la
Infor
ma
ci
ón
y P
ro
t
ección
de
Datos Per
so
nales
Infractora: No
ti
cias AS México, S .A. de C.V.
Expe
di
ente: PS.0057/18
Ciudad de México, sesión celebrada por el Pleno del Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales,
el
diecisiete de diciembre de dos mil dieciocho.
Visto para resolver en definitiva el procedimiento de imposición de sanciones cuyo
expediente se cita
al
rubro, se procede a dictar la presente Resolución con base
en los siguientes:
RESULTAN DOS
PRIMERO . El trece de noviembre de dos mil diecisiete, se recibió en este Institut o
una denuncia en la cual se refieren diversos hechos probablemente constitutivos
de incumplimiento a la Ley Federal de Protección de
Da
tos Personales en
Posesión de los Particulares,
en
los términos siguientes :
"(" .]
A
mediados
de
enero
de
los corrientes,
mi
representada participó
del
concurso .
..
organizado
por
.
..
2.- En
la
dirección electrónica-subdominio
...
se encontraban
publicados
los términos y
condiciones y
la
polftica
de
privacidad de
este
concurso,
que
estuvo
vigente
desde
·
e1
16
al
29
de
enero
de
los
corrientes, fecha
en
la
cual
mi
representada participó
en
el
mencionado
concurso.
[.
. .]
Asimismo
,
del
texto
de
los
mencionados términos y condiciones,
se
podfa
acceder
a la
Pol
ítica
de
Privacidad
que
los organizadores de este concurso tenían vigente
al
21 de
enero de los
co
rrientes,
momento
en
el
que
se
estaba llevando
adelante
el
concurso
.. .
[.
. .]
.. . en
la
actualidad
...
se
encuentra
publicado
un
Aviso de Privacidad
..
. diferente
al
que
se
encontraba
publicado
al
momento de la vigencia del concurso .. .
1
ln,1~uto Nacional da Transparon
Acceso a la Información y Protoeción de
Datos Personales
Infractora: Noticias AS México, S.A. de C.V.
Expediente: PS.0057/18
3.- Como consecuencia
de
la
participación en el concurso
de
referencia
..
el
31
de
enero de /os corrientes, recibió un correo electrónico, .. en
el
cual
se le comunicaba
por
los supuestos organizadores del mencionado concurso, que era una
de
los potenciales
ganadores del premio
dEil
concurso- un viaje doble para
ir
a la final de futbof americano
en Houston~, y que para
seguir
avanzando en
el
desarrollo del concurso y en
la
entrega
del premio,
se
requería que envíe
la
foto de
su
pasaporte y visa vigente ...
"[.
..
]
El
mismo
dfa ...
mi
representada contestó
el
mencionado correo electrónico enviando la
documentación solicitada
..
[.
. .]
. . . frente a
la
falta
de
respué~ta
de
las supuestos organiZadores del concurso
de
referencia,
mi
representada envió
un
nuevo correo electrónico para conocer los
avances del proceso
de
entrega del premio ...
. . . el
día
1
de
febrero
de
los corrientes, le responden los supuestos organizadores del
mencionado concurso ... informándole a mi representada que, habiendo revisado los
resultados
de
la
participación, no habfa resultado
la
ganadora
..
4.-/
...
/
Como se puede apreciar
de
lo
expuesto
en
el presente punto, no existe seguridacf,
certidumbre ni claridad0 y en consecuencia
se
viola el principio
de
información ... ya que
como
se
ha expuesto aparecen los siguientes nombres
de
personas morales o los
siguientes nombres comerciales:
[.
.]
¿ Quién es el responsable que realizó el tratamiento
de
/os datos personales
de
mi
representada? ¿En poder
de
cuál o cuáles responsables se encuentran los datos
personales
de
mi
representada? ¿En bases
de
datos ubicadas
en
qué país?
...
Adicionalmente cabe preguntarse, ¿hubo transferencia internacional
de
los datos
personales de mi representada? Si lo hubo, en
la
Política
de
Privacidad mencionada no
se-
indicaba que
se
reafizarf a transferencia ....
. . .
ni
en los términos y condiciones ni
en
la
Polftica
de
Privacidad que los supuestos
organizadores tenían vigentes y publicados... se indica cuáfes son /os datos
personales
de
mi representada a los que /es darían tratamiento ...
r
.J
... en ninguno
de
sus
apartados
se
índica que los presuntos responsables hayan
estado autorizados a tratar /os datos personales
de
mi
representa(la para organizar
concursos, promociones, dinámicas,
sorl1;tos
o actividades similares.
r
.J
... ·al no indicarse
en
su Polftica
de
Privacid'ad
t¡ue
tenían vigente al momento del
concurso
de
referencia,"
cuáles eran tos datos personales a los que les dieron
tratamiento. ergo, no se puede afirmar que los datos personales
de
mi representada a
los que les dieron tratamiento, sean pertinentes, correctos y actua/ízados, para
fa
única
finalidad que tenían expresada ..
los presuntos responsables del tratamiento
de
los datos personales
de
mi
representada, han dado tratamiento a los mismos sin obtener
el
consentimiento
de
mi
representada -ni expreso ni tácito
[
...
]"
2

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