Resolución con número de expediente PPD.0084 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 03/07/2018

Sentido del falloSobreseer
Tipo de procesoProcedimientos de protección de derechos
Número de expedientePPD.0084
Fecha03 Julio 2018
SecciónResoluciones en materia de protección de datos personales en posesión de particulares (sector privado)
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA
INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DIRECCIÓN GENERAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS Y SANCIÓN
DOCUMENTO:
PARTE(S) O
SECCIÓN(ES)
CLASIFICADA(S):
Titular
Responsable
Terceros
MOTIVO:
a) Por contener datos personales concernientes a una persona física
identificada o identificable, para cuya difusión se requiere el consentimiento
de los titulares.
b) Por ser aquella qu e presentan los particulares a los sujetos obligados,
siempre que tengan el der echo a ello, de conformidad con lo d ispuesto por
las leyes o los tratados internacionales.
FUNDAMENTO
LEGAL:
Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 116
Primer párrafo Cuarto párrafo
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo 113
a) Fracción I b) Fracción III
FIRMA DEL TITULAR
DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA Y
DE QUIEN CLASIFICA:
NÚMERO DE ACTA
DE LA SESIÓN DEL
COMITÉ DE
TRANSPARENCIA DEL
INAI EN LA QUE SE
APROBÓ LA VERSIÓN
PÚBLICA:
FECHA:
Resolución de fecha 03 de julio de 2018, emitida en el expediente PPD.0084/18
Eliminado nombre, ya
que lo hace
identificable
18 junio 2020
Séptima Sesión Extraordinaria de Obligaciones de Transparencia
MHF
ln
stiruto
Nacio
nal
de
T r
ansparencia,
Acceso
a
la
Infonna
c i
ón
y
Protección
de
Datos
P
erso
nale
s
Responsable: Distribuidora Liverpool , S.
A.
de
C.V.
Expediente: PPD.0084/18
Visto el expediente citado
al
rubro , se procede a dictar
la
presente resolución con
base en los siguientes:
ANTECEDENTES
1.
El
veinticinco
de
abril
de
dos mil dieciocho, se recibió en este Instituto una
denuncia presentada
por
el C.
en
contra de Distribuidora
Liverpool PC , S.A. de C.V. , derivada del ejercicio del derecho
de
oposición al
tratamiento de sus datos personales.
2.
La
denuncia descrita en el antecedente 1
de
la presente resolución , fue radicada
en
la
Dirección General de Investigación y Verificación del Sector Privado
1 y,
mediante oficio INAI/SPDP/DGIVSP/1271/18 de fecha treinta de abril del dos mil
dieciocho, el Director General remitió copia certificada de
la
referida denuncia y sus
anexos a
la
Dirección General
de
Protección de Derechos y Sanción, para los
efectos de su competencia.
1
En
términos del
Acuerdo
med
iante el cual se aprueban las modificaciones al Estatuto Orgánico del Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, publicado en el Diario
Oficial de
la
Federación el
13
de
febr
ero de 2018, en cuyo Anexo
"A"
establece"(
... ]
En el artículo 5, fracción X, se modifica la letra p., y se adiciona la letra q. , recorriéndose los subsecuentes en
su orden has
ta
la letra z.; [ ... )
Artículo
5.
Para el ejercicio
de
s
us
atribuciones y el despacho
de
los asuntos
que
le competen , el Instituto
contará con
la
siguiente estructura orgánica:
[ ... ]
X.
Direcciones G
ene
rale
s:
[ ... )
p. Dirección General
de
Investigación y Verifi cación del Sector Priv
ado
;
[
...
)"
1
--
Eliminado: Nombre del
titular de los datos
personales
Fundamento Legal:
Artículos 116, primer
párrafo de la LGTAIP y 113,
fracción I de la LFTAIP.

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