Resolución con número de expediente 02-009-2023 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 30/08/2023
Número de expediente | 02-009-2023 |
Fecha | 30 Agosto 2023 |
Sección | Resoluciones en materia de protección de datos personales en posesión de particulares (sector privado) |
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A
LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES
SECRETARÍA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y
VERIFICACIÓN DEL SECTOR PRIVADO
EXPEDIENTE DE VERIFICACIÓN: INAI.3S.07.02-009/2023
RESOLUCIÓN: ACT-PRIV/30/08/2023.04.01.04
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Fecha de clasificación: 30/08/2023
Unidad Administrativa: Dirección General de Investigación y
Verificación del Sector Privado
Periodo de reserva: 3 meses
Fundamento Legal: Artículo 110 fracciones XI y XIII de la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Rúbrica del Titular de la Unidad Administrativa
Vistos los autos del expediente de verificación número INAI.3S.07.02-009/2023, iniciado
en contra de [en adelante, la persona
Responsable], se procede a dictar la presente Resolución en razón de los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
I. El once de agosto de dos mil veintiuno, el C.
Ramos [en lo sucesivo, la persona Titular] ejerció mediante correo electrónico los
derechos de acceso y cancelación de sus datos personales ante la persona
Responsable, en los siguientes términos:
Asimismo, ejerzo en este acto, a título personal, a saber, [persona Titular], el derecho al
acceso a todos los datos que tienen acerca del suscrito, así como conocer si se han realizado
transferencias y/o remisiones, a quiénes se han realizado éstas. De igual forma, solicito la
cancelación, y en su caso, bloqueo, de todos los datos del suscrito.
[sic].
Al correo electrónico de referencia, se adjuntó en formato electrónico lo siguiente:
Credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral a favor de la
persona Titular.
II.
, por falta de respuesta de la persona
Responsable a la solicitud de acceso y cancelación de sus datos personales, en los
siguientes términos:
Razón social de
Responsable
(persona moral)
Artículo 116,
párrafo
primero, de la
LGTAIP, y 113,
fracción III, de la
LFTAIP.
Nombre de
Titular
(persona física)
Artículo 116,
párrafo
primero, de la
LGTAIP, y 113,
fracción I, de la
LFTAIP.
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A
LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES
SECRETARÍA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y
VERIFICACIÓN DEL SECTOR PRIVADO
EXPEDIENTE DE VERIFICACIÓN: INAI.3S.07.02-009/2023
RESOLUCIÓN: ACT-PRIV/30/08/2023.04.01.04
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ADICIONALMENTE, CON FECHA 11 DE AGOSTO DEL CORRIENTE, PRESENTE UNA
ELECTRONICO ANEXO A LA PRESENTE QUE LES ENVIE EN DICHA FECHA, SIN
EMBARGO, HOY ES FECHA QUE NO HE T ENIDO NINGUNA RESPUESTA A DICHA
SOLICITUD.
[sic].
A la solicitud de mérito, se adjuntaron los siguientes documentos en formato electrónico:
Credencial para votar emitida por el Instituto Nacional Electoral a favor de la
persona Titular.
Correo electrónico presuntamente enviado por la persona Titular el once de
agosto de dos mil veintiuno, dirigido al representante legal de la persona
Responsable y otra persona.
III. El veintisiete de septiembre de dos mil veintiuno, con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 1, 3, fracción XI, 38, 39 fracciones II y VI, y 45 al 58 de la Ley Federal
de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares; 4 fracción I, 113 al
de los Particulares; 3, fracción VIII, 5, fracción X, inciso w), 29 fracciones XXX y XXXVIII,
47, fracciones I, II, VI, VII y X, Primero y Segundo transitorios del Estatuto Orgánico del
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales; Primero y Sexto del Acuerdo mediante el cual se aprueban las
modificaciones al Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la
Información y Protección de Datos Personales; Séptimo transitorio del Decreto por el que
se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados
que se abroga la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental y se expide la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública; la Dirección General de Protección de Derechos y Sanción de este Instituto
emitió Acuerdo de Admisión
falta de
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A
LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES
SECRETARÍA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN Y
VERIFICACIÓN DEL SECTOR PRIVADO
EXPEDIENTE DE VERIFICACIÓN: INAI.3S.07.02-009/2023
RESOLUCIÓN: ACT-PRIV/30/08/2023.04.01.04
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respuesta de la persona Responsable a la solicitud de acceso y cancelación de sus
datos personales, asignándole el número de expediente PPD.0212/21, y otorgó un plazo
de quince días hábiles a la persona Responsable para emitir respuesta, ofrecer pruebas
y manifestar lo que a su derecho conviniera.
IV. El veintidós de noviembre de dos mil veintiuno, con fundamento en los artículos 1,
3, fracción XI, 38 y 39, fracciones I y VI, 45 al 58 de la Ley Federal de Protección de
Datos Personales en Posesión de los Particulares; 4 fracción I, 113 al 127 del
Particulares; 3, fracciones VIII y XIII, 5, fracciones VI y X, inciso w), 25, fracciones XXIV,
XXV y XXIX, 29, fracciones XXX y XXXVIII y 47, fracciones I, II, IV y X, Primero y
Segundo Transitorios del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección de Datos Personales; Primero y Sexto del Acuerdo
mediante el cual se aprueban las modificaciones al Estatuto Orgánico del Instituto
Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales;
Séptimo transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones
transparencia; 3, fracción XIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la
Información Pública; Octavo transitorio del Decreto por el que se abroga la Ley Federal
de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y se expide la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; el Secretario de Protección
de Datos Personales conjuntamente con el Director General de Protección de Derechos
y Sanción, ambos de este Instituto, dictaron Acuerdo mediante el cual ampliaron por
Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, para emitir
Resolución en el expediente PPD.0212/21, con el fin de que se concluyera el
procedimiento con base en los argumentos y pruebas aportadas por las partes, así como
con los demás elementos de convicción de que se allegara este Instituto, cumpliendo a
cabalidad con el principio de exhaustividad que rige a toda resolución administrativa.
V. El veintiséis de enero de dos mil veintidós, en sesión celebrada por el Pleno del
Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales se emitió la Resolución al procedimiento de protección de derechos
identificado con el número de expediente PPD.0212/21, la cual en su parte conducente
refiere lo siguiente:
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