Resolución Nº RES/887/2015 de Comisión Reguladora de la Energía, 17/12/2015

Número de resoluciónRES/887/2015
Año2015
Fecha17 Diciembre 2015
Normativa aplicadaen los artículos 22, fracciones I, III, X y XXVII, 41, fracción I y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 48, fracción II de la Ley de Hidrocarburos; 5, fracción I, 6 del Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos, y 2, 3, 6, fracción I, 10, primer párrafo, 16, primer párrafo, fracción I, 17, fracción I, 24, fracciones I y XXXII, y 59, fracción V, del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía
Tipo de documentoOtorgamiento de permiso
RESOLUCIÓN Núm. RES/887/2015
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
OTORGA 61 PERMISOS DE EXPENDIO DE PETROLÍFEROS EN
AERÓDROMOS A AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES
RESULTANDO
Primero.
Que, de conformidad con los artículos 22, fracciones I, III y X, 41,
fracción I y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia
Energética (LORCME); 48, fracción II de la Ley de Hidrocarburos (LH), y 5,
fracción V del Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero
de la Ley de Hidrocarburos (Reglamento), esta Comisión Reguladora de Energía
(la Comisión) dispone de las atribuciones para resolver las solicitudes de permiso
para el expendio de petrolíferos en aeródromos.
Segundo.
Que el Artículo Décimo Primero Transitorio de la LH dispone que las
personas que a la fecha de entrada en vigor de dicha ley realicen actividades
sujetas a permiso y no cuenten con el mismo, podrán continuar llevándolas a
cabo siempre que soliciten y obtengan el permiso correspondiente de la Comisión
Reguladora de Energía a más tardar el 31 de diciembre de 2015, tratándose del
expendio de petrolíferos en aeródromos.
Tercero.
Que, esta Comisión ha concluido la evaluación de 61 solicitudes de
permiso de expendio de petrolíferos en aeródromos recibidas durante los meses
de octubre y de noviembre de 2015 presentadas por Aeropuertos y Servicios
Auxiliares.
CONSIDERANDO
Primero.
Que esta Comisión llevó a cabo el análisis y evaluación de las
Solicitudes de conformidad con lo dispuesto por el artículo 45, fracción II, del
Reglamento.
Segundo.
Que las solicitudes de permiso satisfacen los requisitos a que se
refieren los artículos 50, 51 y 76 de la LH, 9 y 44 del Reglamento, así como la
Resolución RES/001/2015, de fecha 15 de enero de 2015, según consta en los
documentos y las evaluaciones que obran en los archivos de la Comisión.
RES/887/2015
SECRETARIA EJECUTIVA

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