Resolución Nº RES/859/2016 de Comisión Reguladora de la Energía, 05/09/2016

Número de resoluciónRES/859/2016
Año2016
Fecha05 Septiembre 2016
Normativa aplicadaen los artículos 14, 16 y 28, párrafo octavo y 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, 4, primer párrafo, 5, 11, 22 fracciones I, II, III, X, XI, XIII, XXIII, XXIV y XXVII, 27, 41, fracción I y 42, de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2, fracción IV, 5, segundo párrafo, 48, fracción II, 78, 79, 81, fracciones I, inciso e) y VI, 84 fracciones II, III, IV, VI, XIV, XV, XX y XXI, 95 y 131 de la Ley de Hidrocarburos; 2, 3,16, fracciones II, IX y X, 35, fracción I, 38, 39, 49 y 62 a 68 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 5, fracción V, 7, 41, 42, 53 y 54 del Reglamento de las Actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos; y 1, 2, 3, 6, fracción I, 10, 11, 16, fracciones I y X, 17 fracción I, 39 fracciones X y XV, y 59, fracción I del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía
Tipo de documentoVisitas de verificación
RESOLUCIÓN Núm. RES/859/2016
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA QUE
ORDENA LLEVAR A CABO UNA VISITA DE VERIFICACIÓN ORDINARIA A J.
JESÚS RAMÍREZ LUNA, TITULAR DEL PERMISO DE EXPENDIO AL
PÚBLICO DE GAS LICUADO DE PETRÓLEO MEDIANTE ESTACIÓN DE
SERVICIO CON FIN ESPECÍFICO NÚMERO LP/17860/EXP/ES/2016
RESULTANDO
PRIMERO.
Que el 28 de marzo del 2014, la Secretaría de Energía (la Sener)
por conducto de la Dirección General de Gas Licuado de Petróleo, otorgó a
J. Jesús Ramírez Luna, el permiso de distribución mediante estación de gas
licuado de petróleo para carburación comercial número ECC-QRO-03142614.
SEGUNDO.
Que el 11 de agosto de 2014, fueron publicados en el Diario Oficial
de la Federación (DOF) La Ley de Hidrocarburos (LH) y la Ley de los Órganos
Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCME), respectivamente, y
el 31 de octubre de 2014, el Reglamento de las actividades a que se refiere el
Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos (el Reglamento).
TERCERO.
Que el 2 de febrero de 2016, la Sener, con fundamento en los
Transitorios Vigésimo Séptimo de la LH y Noveno del Reglamento, entregó a la
Comisión Reguladora de Energía (la Comisión), mediante acta administrativa de
entrega-recepción, los expedientes a su cargo relativos a los permisos de
transporte y distribución, expendio y expendio al público de gas licuado de
petróleo (GLP).
CUARTO.
Que mediante Acuerdo N012/2016 del 17 de marzo de 2016, la
Comisión instruyó la clasificación e inscripción de los expedientes relativos a los
permisos de transporte y distribución por medios distintos a ductos, así como de
expendio al público de GLP, otorgados por la Sener, dentro de los cuales se
encuentra el permiso referido en el resultando Primero, al que le correspondió el
número LP/17860/EXP/ES/2016 (el Permiso).
QUINTO.
Que el Permisionario señaló como domicilio para oír y recibir
notificaciones el ubicado en el Fray Eusebio Kino No. 226, colonia Quintas del
Marques, C. P. 76047, Municipio de Querétaro, Estado de Querétaro.
RES/859/2016
SECRETARIA EJECUTIVA

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