Resolución Nº RES/545/2022 de Comisión Reguladora de la Energía, 15/06/2022

Número de resoluciónRES/545/2022
Año2022
Fecha15 Junio 2022
Normativa aplicadaEn los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción III, y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, párrafo primero, 4, párrafo primero, 5, 22, fracciones I, II, III, X, XXIV, y XXVII, 27, 34, 41, fracción III, y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 7, 12, fracciones I, XI, XLIX, LII y LIII de la Ley de la Industria Eléctrica reformada mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 06 de noviembre de 2020, así como Transitorios Segundo, párrafo tercero, Décimo, párrafo primero, y Décimo Segundo de la misma Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación del 11 de agosto de 2014; 3, fracción I, y 36, fracción I de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; 1, 2, 3, 12, 16, fracción X, 35 fracción II, 57, fracción I, y 59 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 56 Bis de la Ley Federal de Derechos; 72, fracción I, inciso b), 77, 101 y 102 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; Transitorio Segundo, párrafo primero del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica; 1, 2, 4, 7, fracción I, 12, 13, 15, 16 y 18, fracciones I, III y XLIV del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2017 y su modificación publicada en el mismo medio de difusión oficial el 11 de abril de 2019; bases 2.1.61 y 17.8.4 de las Bases del Mercado Eléctrico; numerales 1.3.2, 3.1.2 incisos a) y b) y 3.8.7, inciso b del Manual de Contratos de Interconexión Legados; numeral 2.2.2 del Manual de Vigilancia del Mercado; numeral 8.8.4 del Manual de Liquidaciones; disposiciones Primera, fracción II, Segunda, fracción IX, Novena, fracciones I, inciso e), y II, y Decimosexta de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para solicitar la autorización para la modificación o transferencia de permisos de generación de energía eléctrica o suministro eléctrico, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2017; 192 y 197 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Tipo de documentoModificación de permiso
RESOLUCIÓN Núm. RES/545/2022
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR LA QUE
SE NIEGA LA MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES TERCERA, RELATIVA
AL APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA GENERADA DEL
PERMISO, Y CUARTA, RELATIVA A LOS PLANES DE EXPANSIÓN, DEL
PERMISO PARA GENERAR ENERGÍA ELÉCTRICA NÚMERO
E/1444/AUT/2015, OTORGADO A IBERDROLA RENOVABLES DEL BAJÍO,
S.A. DE C.V.
RESULTANDO
PRIMERO.
Que el 23 de diciembre de 1992, se publicó en el Diario Oficial de
la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan
(LSPEE), que permitió la participación de particulares en ciertas actividades
que no se consideraron servicio público de energía eléctrica.
SEGUNDO.
Que el 31 de mayo de 1993, se publicó en el DOF el Reglamento
abrogado mediante la expedición del Reglamento de la Ley de la Industria
Eléctrica (Reglamento) publicado en el mismo medio de difusión oficial el 31
de octubre de 2014.
TERCERO.
Que el 11 de agosto de 2014, se publicaron en el DOF, los Decretos
por los que se expidieron, entre otras, la Ley de la Industria Eléctrica y la Ley de
los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCM E), que
respectiva mente.
CUARTO.
Que mediante la resolución número RES/265/2015 del 14 de abril
de 2015, la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) otorgó a lberdrola
Renovables del Bajío, S.A. de C.V. (la Permisionaria), el permiso de generación
de energía eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento
E/1/1/1/1/AUT/2015 (el Permiso).
R ES/545/2022
SECRETARIA EJECUTIVA
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
QUINTO.
Que el 17 de abril de 2017, se publicó en el DOF, la Resolución
número RES/390/2017 por la que la Comisión expide las Disposiciones
administrativas de carácter general que establecen los términos para solicitar
la autorización para la modificación o transferencia de permisos de
generación de energía o suministro eléctrico (las Disposiciones).
SEXTO.
Que el 2 de abril, mediante Oficialía de Partes Electrónica (OPE), y
15 de abril, mediante Oficialía de Partes, ambos de 2019, la Permisionaria
presentó ante la Comisión escritos mediante los cuales solicitó la modificación
del Permiso respecto a las condiciones Tercera, relativa al aprovechamiento de
la energía eléctrica generada por la central de generación de energía eléctrica
(la Central), y Cuarta, relativa a los planes de expansión, derivado de la inclusión
de socios al aprovechamiento de la energía eléctrica generada, con sus
respectivos centros de carga (la Solicitud).
SÉPTIMO.
Que mediante oficio número SE-300/45798/2019 del 03 de mayo
de 2019, se admitió a trámite la Solicitud, de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 23, fracción I del Reglamento, en relación con la disposición
Decimosexta de las Disposiciones.
OCTAVO.
Que mediante oficio de prevención UE-240/59695/2019 del 24 de
mayo de 2019, relativa a la solicitud de modificación del E/1/1
7
1/1/AUT/2015, se
requirió información a la Permisionaria respecto al instrumento público en el
que se acredita la estructura societaria de lberdrola Renovables del Bajío,
S.A. de C.V., así como información de dos centros de carga respecto a su
posible obligación a inscribirse en el Registro de Usuarios Calificado, a efecto
de contar con elementos suficientes para su análisis, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 23, fracción III del Reglamento; aplicado de
conformidad con la disposición Decimosexta de las Disposiciones, por lo que
el 17 de junio de 2019, la Permisionaria presentó a la Comisión, información
tendiente a dar respuesta al requerimiento antes mencionado.
R E S/545/2022
2
SECRETARIA EJECUTIVA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR