Resolución Nº RES/487/2015 de Comisión Reguladora de la Energía, 02/07/2015

Número de resoluciónRES/487/2015
Año2015
Fecha02 Julio 2015
Normativa aplicadaEN LOS ARTÍCULOS 28, PÁRRAFO OCTAVO, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 2, FRACCIÓN III, Y 43 TER DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL; 1, 2, FRACCIÓN II, 3, 5, 22, FRACCIONES I, III, X Y XXVII, 41, FRACCIÓN I, Y 42 DE LA LEY DE LOS ÓRGANOS REGULADORES COORDINADOS EN MATERIA ENERGÉTICA; 1, 2, FRACCIÓN III, 5, SEGUNDO PÁRRAFO, 48, FRACCIÓN II, Y 81 DE LA LEY DE HIDROCARBUROS; 1, 5, FRACCIÓN IV, Y 6 DEL REGLAMENTO DE LAS ACTIVIDADES A QUE SE REFIERE EL TÍTULO TERCERO DE LA LEY DE HIDROCARBUROS, Y 2, 3, 6, FRACCIÓN I, 10, PRIMER PÁRRAFO, 16, PRIMER PÁRRAFO, FRACCIÓN I, 17, FRACCIÓN I, Y 59, FRACCIÓN V, DEL REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
Tipo de documentoRegulación
RESOLUCIÓN Núm. RES/487/2015
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN POR LA QUE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
OTORGA A LA EMPRESA ACCESGAS, S. A. P. I. DE C. V., EL PERMISO DE
COMPRESIÓN DE GAS NATURAL LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE
VILLAGRÁN, EN EL ESTADO DE GUANAJUATO
RESULTANDO
Primero.
Que, con fecha 13 de enero de 2015, esta Comisión recibió la
solicitud para obtener un de permiso de compresión de gas natural localizado
en el municipio de Villagrán, en el Estado de Guanajuato (la Solicitud),
presentada por la empresa Accesgas, S. A. P. I. de C. V., (la Solicitante).
El sistema de compresión está diseñado para suministrar gas natural hasta por
la cantidad máxima de 84 960 m
3
/día, equivalentes a aproximadamente 3
millones de pies cúbicos diarios.
Segundo.
Que, con fechas 25 de marzo y 29 de abril de 2015, a través de los
oficios SE/CGGN/1434/2015 y SE/CGGN/2092/2015 y de conformidad con lo
dispuesto en la fracción I del artículo 45 del Reglamento de las actividades a
que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos (el Reglamento),
esta Comisión requirió a la Solicitante para que presentara el pago de
aprovechamientos correspondiente a la actividad de compresión de gas natural
y el acuse del escrito que acredita la evaluación de impacto social ante la
Secretaria de Energía (Sener), respectivamente, a fin de que la Solicitud
pudiera ser admitida a trámite.
Tercero.
Que, el 16 de abril y 18 de mayo de 2015, la Solicitante presentó la
información y documentación requerida mediante los oficios referidos en el
Resultando anterior, por lo que el 27 de mayo de 2015 esta Comisión admitió a
trámite la Solicitud.
Cuarto.
Que el 4 de junio de 2015 la Solicitante presentó a la Comisión
información adicional, entre otras, documentación para fines de autoregulación
como parte de su Solicitud.
CONSIDERANDO
Primero.
Que, de conformidad con los artículos 22, fracciones I, III y X, 41,
fracción I, y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia
Energética (LORCME); 48, fracción II, de la Ley de Hidrocarburos (LH), 5,
RES/487/2015
SECRETARIA EJECUTIVA

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