Resolución Nº RES/277/2005 de Comisión Reguladora de la Energía, 06/10/2005

Número de resoluciónRES/277/2005
Fecha06 Octubre 2005
Tipo de documentoVisitas de verificación
RESOLUCIÓN Núm. RES/277/2005
RES/277/2005
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RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ORDENA LLEVAR A CABO UNA VISITA DE
VERIFICACIÓN ORDINARIA A LAS INSTALACIONES DE ECOGAS MÉXICO,
S. DE R.L DE C.V., UBICADAS EN LA ZONA GEOGRÁFICA DE MEXICALI
R E S U L T A N D O
PRIMERO. Que el 27 de septiembre de 1996, esta Comisión Reguladora de
Energía (esta Comisión), mediante Resolución Núm. RES/102/96 otorgó a DGN
de Mexicali, S. de R.L. de C.V., ahora Ecogas México, S de R.L. de C.V. (el
Permisionario), el Permiso de distribución de Gas Natural número
G/002/DIS/96, para la Zona Geográfica de Mexicali (el Permiso).
SEGUNDO. Que con el objeto de promover el desarrollo eficiente de las
actividades reguladas en materia de gas natural, es indispensable supervisar y
vigilar el adecuado y puntual cumplimiento de las condiciones de seguridad y
obligaciones asumidas por las personas que realizan dichas actividades.
C O N S I D E R A N D O
PRIMERO. Que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 1, 2, fracción VII
y 3, fracción XIX de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, corresponde
a esta Comisión ordenar visitas de verificación y requerir la presentación de
información para supervisar y vigilar, en el ámbito de su competencia, el
cumplimiento de las disposiciones jurídicas aplicables a la distribución de gas
natural.
SEGUNDO. Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14,
fracciones I, inciso e), IV y VI, y 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo, y la Disposición 9.3 del Permiso, el
Permisionario está obligado a proporcionar la información suficiente y adecuada
que le sea requerida por esta Comisión, en los términos del Reglamento de Gas
Natural o del propio Permiso, en lo relativo a la actividad autorizada, y
TERCERO. Que esta Comisión requiere conocer el grado de cumplimiento de
las obligaciones y compromisos en materia económica, financiera y técnica, así
como las condiciones operativas y de seguridad del sistema de distribución de
gas natural en la Zona Geográfica de Mexicali, con respecto a las disposiciones
jurídicas aplicables y lo establecido en el Permiso.

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