Resolución Nº RES/071/1998 de Comisión Reguladora de la Energía, 27/03/1998

Número de resoluciónRES/071/1998
Año1998
Fecha27 Marzo 1998
Tipo de documentoDeterminación de zona geográfica
RESOLUCION Núm. RES/071/98
RES/071/98 1
RESOLUCION POR LA QUE SE DETERMINAN LOS CENTROS DE
POBLACION DE CELAYA, SALAMANCA, IRAPUATO, SILAO Y LEON,
GUANAJUATO, COMO ZONA GEOGRAFICA PARA FINES DE
DISTRIBUCION DE GAS NATURAL
R E S U L T A N D O
Primero.- Que la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el
Ramo del Petróleo, reformada mediante decreto publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 11 de mayo de 1995, permite a los sectores social y privado
realizar la actividad de distribución de gas natural, sujeta a un régimen de
permisos;
Segundo.- Que de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 26 del
Reglamento de Gas Natural (en lo sucesivo el Reglamento), todo permiso de
distribución debe otorgarse para una zona geográfica;
Tercero.- Que en los términos del artículo 26 antes invocado, las zonas
geográficas para fines de distribución deben ser determinadas por la Comisión
Reguladora de Energía (en lo sucesivo la Comisión) considerando los
elementos que permitan el desarrollo rentable y eficiente del sistema de
distribución correspondiente y oyendo a las autoridades federales y locales
involucradas;
Cuarto.- Que la Comisión expidió la Directiva DIR/GAS/003/96 sobre la
Determinación de Zonas Geográficas para Fines de Distribución de Gas
Natural, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de
1996 (en lo sucesivo la Directiva de Zonas Geográficas), la cual establece los
criterios y lineamientos que debe utilizar esta Comisión al determinar zonas
geográficas para fines de distribución;
Quinto.- Que la Comisión ha recibido del gobierno del Estado de Guanajuato
manifestación de interés, en los términos del artículo 39 del Reglamento y del
capítulo 5 de la Directiva de Zonas Geográficas, para que las ciudades de
Salamanca, Irapuato, Silao y León cuenten con un sistema de distribución de
gas natural;
RESOLUCION BAJIO1. DOC
30/03/98 2
Sexto.- Que la manifestación de interés, a que se refiere el Resultando
Quinto anterior, incluye cartas de intención para el desarrollo de sistemas de
transporte y distribución de gas natural en el Estado de Guanajuato, por parte
de Tahmah Energy Inc., Oteka y Compañía, S.A. de C.V., El Paso Energy
Corporation, Nova Gas Internacional de México, S.A. de C.V., Corporación
Gutsa, S.A., y Tejas Gas de México, S. de R.L. de C.V., así como de
industriales que están interesados en contar con el suministro de gas natural;
C O N S I D E R A N D O
Séptimo.- Que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 2, fracción VII, y
3, fracción XXII, de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, y 7 y 26 del
Reglamento, compete a este órgano determinar zonas geográficas para fines
de distribución de gas natural;
Octavo.- Que la manifestación de interés a que hace referencia el Resultando
Quinto anterior, contiene una propuesta de zona geográfica discontinua, que
incluye los centros de población de: Salamanca, Irapuato, Silao y León, en el
Estado de Guanajuato.
Noveno.- Que de acuerdo con lo establecido por artículo 38 del Reglamento y
en la disposición 6.1 de la Directiva de Zonas Geográficas, esta Comisión
iniciará el proceso de evaluación de un centro de población y, en su caso,
determinará la zona geográfica correspondiente como respuesta a una
manifestación de interés presentada ante la Comisión por parte de los sectores
social o privado, o de alguna autoridad federal o local;
Décimo.- Que el centro de población de Celaya, Guanajuato, junto con los
centros de población de Salamanca, Irapuato, Silao y León forman el eje del
sistema de ciudades de la Subregión Centro del estado, vinculadas todas ellas
por vías de comunicación que fortalecen su interacción económica e integran el
corredor industrial Querétaro-Guanajuato-Aguascalientes.
Undécimo.- Que el Plan Director de Desarrollo Urbano del Centro de
Población de Celaya, aprobado mediante decreto publicado en el Periódico
Oficial del Estado de Guanajuato el 11 de noviembre de 1994, delimita el
espacio territorial que corresponde al Centro de Población de Celaya;

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