Resolución Nº RES/057/2000 de Comisión Reguladora de la Energía, 31/03/2000

Número de resoluciónRES/057/2000
Año2000
Fecha31 Marzo 2000
Tipo de documentoFactores de ajuste
RESOLUCIÓN Núm. RES/057/2000
RES/057/2000 1
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBAN LOS CATÁLOGOS DE
PRECIOS Y LOS COSTOS UNITARIOS DEL KILOVOLT AMPERE DE
CAPACIDAD DE TRANSFORMACION, DE LA COMISIÓN FEDERAL DE
ELECTRICIDAD Y DE LUZ Y FUERZA DEL CENTRO, A QUE SE REFIEREN
LOS ARTÍCULOS 12, 15 Y SEGUNDO TRANSITORIO DEL REGLAMENTO
DE LA LEY DEL SERVICIO PÚBLICO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, EN
MATERIA DE APORTACIONES
R E S U L T A N D O
PRIMERO. Que con fecha 10 de noviembre de 1998 se publicó en el Diario
Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley del Servicio Público de
Energía Eléctrica, en Materia de Aportaciones, en lo sucesivo el Reglamento, el
cual establece en sus artículos 12 y Segundo Transitorio, que esta Comisión
Reguladora de Energía aprobará los Catálogos de Precios de la Comisión
Federal de Electricidad y de Luz y Fuerza del Centro, en su carácter de
suministradores, para la realización de obras específicas, ampliación o
modificación de las existentes;
SEGUNDO. Que por oficios número 3.31.313.01/316, 3.31.313.01/448 y
3.31.313.01/570, de fechas 11 de febrero, 10 de marzo y 15 de marzo de 1999,
respectivamente, la Comisión Federal de Electricidad presentó ante este órgano
para revisión y, en su caso, aprobación, el proyecto de Catálogo de Precios a
que se refiere el Resultando Primero anterior;
TERCERO. Que por oficios número 500000-0187, 500000-0523, 300000-117,
300000-256 y 500000-0965, de fechas 10 de marzo, 10 de mayo, 5 de julio, 7
de septiembre y 3 de diciembre de 1999, respectivamente, Luz y Fuerza del
Centro presentó ante esta Comisión para revisión y, en su caso, aprobación, los
proyectos de Catálogos de Precios relativos a media y baja tensión y a alta
tensión, en los términos referidos en el Resultando Primero anterior;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR