Resolución Nº RES/040/2005 de Comisión Reguladora de la Energía, 16/03/2005

Número de resoluciónRES/040/2005
Año2005
Fecha16 Marzo 2005
Tipo de documentoModificación de permiso
RESOLUCIÓN Núm. RES/040/2005
RES/040/2005
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE MODIFICA EL PERMISO DE TRANSPORTE
DE GAS NATURAL PARA USOS PROPIOS G/132/TUP/2002 OTORGADO A
COMPAÑÍA DE AUTOABASTECEDORES DE GAS NATURAL DE TECATE,
S.A. DE C.V., EN LO RELATIVO A LA EXTENSIÓN DEL TRAYECTO
AUTORIZADO DEBIDO AL INGRESO DE NUEVOS SOCIOS
R E S U L T A N D O
Primero. Que el 13 de diciembre de 2002 esta Comisión Reguladora de Energía
(esta Comisión), emitió la Resolución número RES/284/2002 mediante la cual
otorgó a Compañía de Autoabastecedores de Gas Natural de Tecate, S.A. de
C.V. (el Permisionario), el Permiso de Transporte de Gas Natural para Usos
Propios, número G/132/TUP/2002 (el Permiso), en la modalidad de sociedad de
autoabastecimiento.
Segundo. Que con fecha 25 de noviembre de 2004, el Permisionario solicitó la
modificación del Permiso, en lo relativo a la extensión del trayecto autorizado
debido al ingreso de nuevos socios.
Tercero. Que en términos de lo dispuesto por el artículo 102 del Reglamento de
Gas Natural (el Reglamento), mediante oficio número DGGN/21/2005, de fecha
10 de enero de 2005, se requirió al Permisionario información adicional.
Cuarto. Que con fecha 7 de febrero de 2005, el Permisionario presentó a esta
Comisión la información adicional que le fue requerida mediante el oficio referido
el Resultando Tercero anterior, y
Quinto. Que con la información a que se refieren los Resultandos Segundo y
Cuarto anteriores, el Permisionario presentó lo siguiente:
1. Copia certificada de la escritura pública número 6,094 de fecha 22 de
noviembre de 2004, otorgada ante la fe del Lic. Juan Antonio Alanís Romo,
Notario Público Número 15 de Gómez Palacio, Durango, en la que consta el
ingreso de 16 personas morales y una persona física como socios del
Permisionario, que se indican en la tabla siguiente:
RES/040/2005
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Núm.
Socios nuevos
1 A TO Z Metales de México, S. de R.L. de C.V.
2 Westmed de México, S.A. de C.V.
3 Instituto Estatal de Policía
4 Alimentos y Productos para Ganado Lechero, S.A. de C.V.
5 Villas Tacambaro, S.A. de C.V.
6 Pacific Die Casting de México, S. de R.L. de C.V.
7 Lala Mazatlán, S.A. de C.V.
8 Estancia Inn, S.A. de C.V.
9 La Misión de Tecate, S. de R.L. de C.V.
10 Servicios Inmobiliarios TKT, S.A. de C.V.
11 Dorsey Fruehauf, S.A. de C.V.
12 Ovipar, S. de R.L. de C.V.
13 China City Tecate, S.A. de C.V.
14 China Star, S.A. de C.V.
15 Bench Pro, S.A. de C.V.
16 Gigante, S.A. de C.V.
17 Casimira Lucía Barrera Carpio (Lavandería Corona)
2. El trayecto y ubicación del Sistema de Transporte de gas natural para usos
propios (Sistema de Transporte) modificado;
3. Las especificaciones técnicas del Sistema de Transporte modificado;
4. La memoria técnica descriptiva del Sistema de Transporte modificado;
5. El plano general del Sistema de Transporte modificado con la ubicación de
los nuevos socios;
6. Los planos de detalle del Sistema de Transporte que fueron modificados;
7. El consumo previsto de gas natural de cada uno de los nuevos socios, y
8. La copia del formato 5 del Sistema de Administración Tributaria (SAT),
mediante el cual acredita el pago de derechos por el análisis, evaluación de
la solicitud y, en su caso, modificación del Permiso, realizado el 19 de
noviembre de 2004, en la Caja 1 del Banco HSBC, S.A., en Torreón,
Coahuila.
RES/040/2005
3
C O N S I D E R A N D O
Primero. Que de acuerdo con los artículos 1, 2, fracción VI y 3, fracciones XII y
XXII de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía, corresponde a esta
Comisión resolver sobre la solicitud de modificación presentada por el
Permisionario.
Segundo. Que el Permisionario es una sociedad de autoabastecimiento
constituida para efectos de lo dispuesto por el artículo 96 del Reglamento de
Gas Natural (el Reglamento), según consta en la escritura pública número
21,157 de fecha 19 de julio de 2002, otorgada ante la fe del Lic. Antonio Alanís
Ramírez, Notario Público Número 14 de Gómez Palacio, Durango, así como en
el propio Permiso.
Tercero. Que en los escritos a que se refieren los Resultandos Segundo y
Cuarto anteriores, el Permisionario esta representado por la Lic. Elizabeth Nahle
Bitar, cuyos poderes para pleitos y cobranzas y actos de administración fueron
acreditados ante esta Comisión, mediante copia certificada de la escritura
pública número 21,200, del 28 de agosto de 2002, otorgada ante la fe del Lic.
Antonio Alanís Ramírez, Notario Público número 14 de Gómez Palacio, Durango.
Cuarto. Que en términos de los artículos 96 y 103 del Reglamento, las
sociedades de autoabastecimiento sólo podrán entregar gas a los socios que las
integren y que la modificación de los permisos de transporte de gas natural para
usos propios se sujetará a lo dispuesto por los artículos 101 y 102 del
Reglamento.
Quinto. Que el Permisionario manifiesta que solicita la modificación objeto de
esta Resolución, debido a que:
Se integran a la sociedad de autoabastecimiento los siguientes socios: A TO Z
Metales de México, S. de R.L. de C.V., Westmed de México, S.A. de C.V.,
Instituto Estatal de Policía, Alimentos y Productos para Ganado Lechero, S.A. de
C.V., Villas Tacambaro, S.A. de C.V., Pacific Die Casting de México, S. de R.L.
de C.V., Lala Mazatlán, S.A. de C.V., Estancia Inn, S.A. de C.V., La Misión de
Tecate, S. de R.L. de C.V., Servicios Inmobiliarios TKT, S.A. de C.V., Dorsey
Fruehauf, S.A. de C.V., Ovipar, S. de R.L. de C.V., China City Tecate, S.A. de
C.V., China Star, S.A. de C.V., Bench Pro, S.A. de C.V., Gigante, S.A. de C.V. y
Casimira Lucía Barrera Carpio (Lavandería Corona).
Sexto. Que los socios actuales de gas natural y sus consumos, son los
indicados en la tabla del Anexo 1 de esta Resolución.

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