Resolución Nº RES/018/2004 de Comisión Reguladora de la Energía, 29/01/2004

Número de resoluciónRES/018/2004
Año2004
Fecha29 Enero 2004
Tipo de documentoVentas de primera mano
RESOLUCIÓN Núm. RES/018/2004
RES/018/2004
1
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ESTABLECE LA METODOLOGÍA DEL
PRECIO MÁXIMO DEL GAS LICUADO DE PETRÓLEO OBJETO DE VENTA
DE PRIMERA MANO, CONFORME AL DECRETO DEL EJECUTIVO
FEDERAL PUBLICADO EL 27 DE FEBRERO DE 2003 EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, APLICABLE PARA FEBRERO DE 2004
RESULTANDO
Primero. Que el 27 de febrero de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el Decreto por el que el Ejecutivo Federal, en ejercicio de la
facultad que le confiere el artículo 89 fracción I de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, determina que el gas licuado de petróleo (gas LP) y
los servicios involucrados en su entrega quedarán sujetos a precios máximos
de venta de primera mano y de venta a usuarios finales (el Decreto),
Segundo. Que el 10 de julio de 2003 se publicó en el DOF el diverso por el que
se reforma el Decreto de manera que la vigencia de éste se amplió hasta el 31
de diciembre de 2003, y
Tercero. Que el 27 de noviembre de 2003 se publicó en el DOF el diverso por
el que se reforma el Decreto de manera que la vigencia de éste se amplió hasta
el 30 de junio de 2004.
CONSIDERANDO
Primero. Que de conformidad con el artículo tercero del Decreto, en relación
con el artículo 3 fracción XXII de la Ley de la Comisión Reguladora de Energía,
corresponde a esta Comisión expedir la metodología para la determinación del
precio máximo del gas LP objeto de venta de primera mano (el precio máximo
del gas LP);

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