Resolución Nº P/IFT/130923/404 de Instituto Federal de Telecomunicaciones, 13-09-2023

Fecha13 Septiembre 2023
Año2023
Número de resoluciónP/IFT/130923/404
Tipo de documentoResolución
ift
I
NSTITUTO
FEDERAL
DE
TELECOMUNICACIONES
Resolución mediante la cual
el
pleno del Instituto Federal de
Telecomunicaciones resuelve sobre
la
concentración radicada bajo el
expediente UCE/CNC-004-2023, notificada por MXT Capital Partners, S.A.P.I.
de C.V., MXT Tucan Towers, S.A.P.I. de C.V., Centennial Towers Lux Holding
1,
SÁRL y Centennial Towers Lux Holding 2, SÁRL.
En
la
presente Resolución se utilizarán los siguientes acrónimos y términos.
Glosario
Término Definición
AEPT
Centennial TWR
México
CPEUM
DGCC
DRLFCE
Entidades ARDIAN
Entidades Centennial
Entidades MXT
GIE
IFT o Instituto
IHH
INDAABIN
LFCE
LFTR
Lux 1
Lux2
MIP
11
MXT Capital
MXT HoldCo
MXT Tucan
Partes, Promoventes
o Notificantes
Primera Operación
Notificada
Polar Breeze
RPC
RPT
Agente Económico Preponderante en el sector de Telecomunicaciones.
Centennial TWR México,
SA
de
CV
Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos.
Dirección General de Concentraciones y Concesiones del
IFT
Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para
los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión.
ARDIAN Americas lnfrastructure Fund V
LP.
y ARDIAN Americas lnfrastructure
Fund V S.C.S., SICAV-RAIF.
Lux 1 y Lux
2.
MXT Capital y MXT Tucan.
Grupo de interés económico.
Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Indice de Herfindahl-Hirschman.
Instituto de Administración y Avalúas de Bienes Nacionales.
Ley Federal de Competencia Económica.
Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
Centennial Towers Lux Holding
1,
SARL.
Centennial Towers Lux Holding 2, SARL.
xico lnfrastructure Partne
rs
11,
SAP.I.
de
CV
MXT Capital Partners,
SA
P.
l.
de
CV
MXT lnfrastructure Holdings,
SAP
.
I.
de
CV
MXT Tucan Towers, S.AP.I.
de
CV
Entidades MXT y Vendedores.
Concentración notificada por MXT HoldCo y las Entidades ARDI A
N.
Polar Breez
e,
SA de
CV
Registro público de concesiones del I
FT
Redes Públicas de Telecomunicacione
s.
Pág
in
a 1 de
32
LA PRESENTE VERSIÓN PÚBLICA CORRESPONDE A UN DOCUMENTO
QUE CONTIENE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL.
Término Definición
Sociedad Objeto o
Coóperatie
Centennial
SPV EXI Telecom
Subsidiarias
Centennial
UCE
UMA
Coóperatie Centennial TWR Holdings, U.A.
SPV EXI T elecom,
S.
A.
P.
l.
de
C.V.
Centennial TWR México y Polar Breeze.
Unidad de Competencia Económica del IFT.
Unidad de Medida y Actualización.
Antecedentes
ift
INSTITUTO
FEDERAL
DE
TELECOMUNICACIONES
Primero.-
El
12 de julio de 2023, mediante escrito con anexos (Escrito de Notificación)
presentados en la oficialía de partes del IFT, las Partes notificaron una concentración en términos
del artículo 90 de la LFCE (Operación o Concentración).
Las Partes designaron como representante común al C. Miguel Flores Bernés.
Segundo.-
El
3 de agosto de 2023, la UCE notificó a las Partes el acuerdo de fecha 2 de agosto
de 2023, firmado por el Titular de la UCE, mediante el cual, entre otras cuestiones:
(i)
se radicó la
Concentración bajo el número de expediente UCE/CNC-004-2023 (Expediente), y
(ii)
con
fundamento en el artículo 90, fracción
1,
de
la
LFCE, considerando que la notificación no reunía los
requisitos a que se refiere el artículo
89
de la LFCE, se previno a las Partes para que en un plazo
de 1
O (diez) días hábiles presentaran información faltante (Acuerdo de Prevención).
Tercero.-
El
7 de agosto de 2023, mediante escrito con anexos presentados en la oficialía de
partes del IFT, las Partes presentaron parte
de
la información solicitada en el Acuerdo de
Prevención (Primer Escrito de Desahogo del Acuerdo de Prevención).
Cuarto.-
El
17
de agosto de 2023, mediante escrito con anexos presentado en
la
oficialía de partes
del IFT, los Promoventes presentaron información complementaria
al
Primer Escrito de Desahogo
del Acuerdo de Prevención (Segundo Escrito de Desahogo del Acuerdo de Prevención).
Quinto.-
El
21
de agosto de 2023, la UCE notificó a las Partes el acuerdo de fecha
17
de agosto
de 2023, firmado por el Titular de la UCE, mediante
el
cual se tuvo por presentado
el
Primer Escrito
de Desahogo del Acuerdo de Prevención.
Sexto.-
El
30 de agosto de 2023, mediante escrito con anexo presentados en la oficialía de partes
del IFT, las Partes presentaron información aclaratoria relacionada con la presentada en sus
promociones previas (Escrito de Información Aclaratoria) .
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ift
INSTITUTO
FEDERAL
DE
TELECOMUNICACIONES
Séptimo.-
El
31
de agosto de 2023,
la
UCE notificó a las Partes
el
acuerdo de fecha
31
de agosto
de 2023, firmado por
el
Titular de
la
UCE, mediante el cual, entre otras cuestiones,:
i)
se tuvo por
presentado
el
Segundo Escrito de Desahogo del Acuerdo de Prevención y el Escrito de
Información Aclaratoria y ii) se tuvo por desahogado el Acuerdo de Prevención, iii) se tuvo por
recibida a trámite la notificación de
la
Concentración el 17 de agosto de 2023, y iv) se turnó el
Expediente a la DGCC, para efecto de dar trámite que corresponda (Acuerdo de Recepción).
En
virtud de los Antecedentes referidos, y
Considerando
Primero.- Facultades y competencias del IFT
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 28, párrafos décimo cuarto a décimo séptimo de
la
CPEUM; 5 párrafo primero, de
la
LFCE y 7, párrafos primero y tercero de la LFTR, el IFT es
un
órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto ser regulador
sectorial y autoridad de competencia económica con facultades exclusivas en los sectores de
telecomunicaciones y radiodifusión. Así, la LFCE faculta al IFT para resolver sobre las
concentraciones en los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión tramitadas en términos de
los artículos 86 y 90 de la LFCE.
Al respecto, las Partes y Agentes Económicos involucrados en la Operación participan en las
siguientes actividades/mercados que forman parte del sector de telecomunicaciones en México,
en tanto:
Las Entidades MXT, como Compradores, prestan los siguientes servicios:
i)
arrendamiento
de sitios en torres de telecomunicaciones, ii) servicios mayoristas de telecomunicaciones a
través de redes de fibra óptica, incluyendo transporte, enlaces y entrega de datos e Internet
a operadores de telecomunicaciones, iii) servicio de arrendamiento de hilos de fibra óptica
oscura, y iv) servicio mayorista de instalación y arrendamiento de sistemas de antenas
distribuidas (DAS, que corresponden a las siglas en inglés de distributed antennas systems)
a operadores de telecomunicaciones móviles -infraestructura pasiva-.
La
Sociedad Objeto, a través de las Subsidiarias Centennial, provee el servIcI0 de
arrendamiento de sitios en torres de telecomunicaciones, a través de
torres de telecomunicaciones.
En
ese sentido, el IFT es competente y está facultado para emitir resolución sobre
la
Concentración
notificada, toda vez que involucra a agentes económicos y tiene efectos en mercados que
se
encuentran dentro del sector de telecomunicaciones en el cual
el
IFT es
la
autoridad competente
en materia de competencia económica y tiene facultades exclusivas para aplicar
la
LFCE.
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NUMERO DE TORRES

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