Resolución Nº P/IFT/021220/493 de Instituto Federal de Telecomunicaciones, 02-12-2020

Número de resoluciónP/IFT/021220/493
Año2020
Fecha02 Diciembre 2020
Tipo de documentoResolución
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Resolución
mediante
la
cual el Pleno del
Instituto
Federal de
Telecomunicaciones
modifica y aprueba al Agente Económico
Preponderante
los
términos
y
condiciónes
de las Ofertas de Referencia para
la prestación del S~rvicio de Acce~o y Uso
Compartido
de
Infraestructura
Pasiva presentadas -por Teléfonos
de
México, S.A.B. de C.V. y Teléfonos del
Noroeste, S.A. de C.V., aplicables del 1 de enero al
31
de
diciembre
de 2021.
Antecedentes
Primero.- Decreto
de
Reforma Constitucional.
El
1
(de
junio de 2013
se
publicó en el Diario
Oficial de
la
Federación
(en
lo
sucesivo, "DOF') el "DECRETO por el que
se
reforman y adicionan
diversas disposiciones de los artículos 60., 7o., 27, 28,
73,
78, 94 y 105 de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones" (en
lo
sucesivo, "Decreto"),
por medio del cual se creó
al
Instituto Federal de Telecomunicaciones (en
lo
sucesivo, "Instituto"),
como
un
órgano autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto es el
desarrollo eficiente de
la
radiodifusión y las telecomunicaciones conforme a
lo
dispuesto en
la
propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (en
lo
sucesivo, "Constitución") y
en los términos que fijen las leyes, teniendo a su\cargo
la
regulación, promoción y supervisión del
uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y
la
prestación de los
servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa,
pasiva y otros insumos esenciales, garantizando
lo
establecido en los artículos 60. y 7o. de
la
Constitución.
Segundo.- Determinación del Agente
Económico
Preponderante.
El
6 de marzo de 2014 el
Pleno del Instituto en su V Sesión Extraordinaria aprobó mediante Acuerdo P/IFT/EXT/060314/76
la. "RESOLUCIÓN MEDIANTE LA CUAL
EL
PLENO DEL INSTITUTO- FEDERAL DE
TELECOMUNICACIONES DETERMINA AL GRUPO
DE
INTERÉS ECONÓMICO DEL QUE
FORMAN PARTE AMÉRICA MÓVIL, S.A.B. DE
C.
V.,
TELÉFONOS
DE
MÉXICO, S.A.B.
DE
C.
V.,
TELÉFONOS DEL NOROESTE, S.A. DE
C.
V.,
RADIOMÓVIL DI PSA, ~.A.B. DE
C.
V.,
GRUPO
CARSO, S.A.B. DE
C.
V.,
Y GRUPO FINANCIERO INBURSA, S.A.B. DE
C.
V.,
COMO AGENTE
ECONÓMICO PREPONDERANTE EN
EL
SECTOR DE TELECOMUNICACIONES Y
LE
IMPONE LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA EVITAR QUE SE AFECTE LA COMPETENCIA Y
LA LIBRE CONCURRENCIA." (en
lo
sucesivo, "Resolución AEP", así como
11
AEP" para
denominar conjuntamente a los integrantes que conforman dicho grupo de interés económico).
La Resolución AEP contiene, entre otros,
el
Anexo 2 denominado "MEDIDAS RELACIONADAS
CON INFORMACIÓN, OFERTA Y CALIDAD DE SERVICIOS, ACUERDOS EN EXCLUSIVA,
LIMITACIONES
AL,
USO
DE
EQUIPOS TERMINALES ENTRE REDES, REGULACIÓN
ASIMÉTRICA EN
·.
TARIFAS E INFRAESTRUCTURA DE
RED,
INCLUYENDO LA
DESAGREGACIÓN DE SUS ELEMENTOS ESENCIALES
Y,
EN SU CASO, LA SEPARACIÓN
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/
CONTABLE, FUNCIONAL O ESTRUCTURAL AL AGENTE ECONÓMICO PREPONDERANTE,
EN LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES FIJOS".
Tercero.- Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
El
14
de
julio
de
2014
se
publicó
en
el
DOF
el
"DECRETO por
el
que
se
expiden
la
Ley Federal
de
Telecomunicaciones y
Radiodifusión, y
la
Ley del Sistema Público
de
Radiodifusión del Estado Mexicano; y
se
reforman,
adicionan y derogan
diven~as
disposiciones
en
materia
de
telecomunicaciones y rcldiodifusión", /
entrando
en
vigor
la
Ley Federal de Telecomunicacion~s y Radiodifusión
{én
lo
sucesivo, "LFTR")
el
13 de agosto del 2014, cuya yltima reforma fue publicada
en
el
DOF
el
24
de enero de 2020.
Cuarto.- Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
El
4 de septiembre
de 2014
se
publicó
en
el
pOF
el "ESTATUTO Orgánico del lnstítuto Federal de
Telecomunicaciones"
(en
lo
sucesivo, "Es!é!tuto"), mismo que entró en vigor
el
26
de
septiembre
de
2014, cuya última modificacipn fue publicada
en
el
DOF el 2 de octubre
de
2020.
Quinto.- Resolución Bienal.
El
27 de febrero de 2017
el
Pleno del Instituto
en
su
IV Sesión
Extraordinaria aprobó mediante Acuerdo P/IFT(EXT/270217)119
la
"RESOLUCIÓN MEDIANTE
LA CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL
DE
TELECOMUNICACIONES SUPRIME,
MODIFICA Y ADICIONA LAS MEDIDAS IMPUESTAS AL AGENTE ECONÓMICO
PREPONDERANTE
EN
EL Sf;CTOR
DE
TELECOMUNICACIONES MEDIANTE RESOLUCIÓN
DE
FECHA 6
DE
MARZO DE 2014, APROBADA MEDIANTE ACUERDO P /IFTIEXT /060314/16."
(en
lo
sucesivo, "Resolución Bienal").
\
La
Resolución Bienal contiene, entre otros,
el
Anexo 2
en
el
que
se
MODIFIC.AN las medidas
TERCERA, primer párrafo, incisos
5),
9),
22), 23), 24), 30), 31), y último párrafo, CUARTA,
QUINTA, SEXTA, OCTAVA, UNDÉCIMA, DUODÉCIMA, DECIMOTERCERA, DECIMOQUINTA,
DECIMOSEXTA, DECIMOSÉPTIMA, DECIMOCTAVA, DECIMONÓVENA, VIGÉSIMA,
VIGÉSIMA &EGUNDA, VIGÉSIMA TERCERA primer párrafo, VIGÉSIMA SEXTA, TRIGÉSIMA
QUINTA, TRl~.ÉSIMA SEXTA, TRIGÉSIMA SÉPTIMA, TRIGÉSIMA OCTAVA, TRIGÉSIMA
NOVENA, CUADRAGÉSIMA PRIMERA, CUADRAGÉSIMA Sl::GUNDA, CUADRAGÉSIMA
TERCERA, CUADRAGÉSIMA CUARTA; QUINCUAGÉSIMA TERCERA y SEXAGÉSIMA¡
se
ADICIONAN las medidas TERCERA, incisos
O),
3.1), 11.1), 12.1), 19.1), 19.2), 20.1), 20.2) y
24.1), SÉPTIMA, segundo párrafo," SEXAGÉSIMA CUARTA, SEXAGÉSIMA QUINTA,
SEXAGÉSIMA SEXTA, SEXAGÉSIMA SÉPTIMA, SEXAGÉSIMA OCTAVA¡ SEXAGÉSIMA
NOVENA, SEPTUAGÉSIMA y SEPTUAGÉSIMA PRIMERA, y se Sll,IPRIME la medida
TERCERA, incisos
3),
13), 14), 15), 18), 19) y 29), todas ellas del Anexo 2
de
la
Resolución AEP.
Para efectos dela presente Resolución,
se
le
denominará de manera integral "Medidas Fijas" a
las emitidas como parte del Anexo 2
de
la R~solución AEP, así como a
las
modificaciones
realizadas
en
el
Anexo 2 de
la
Resolución Bienal. ,
Sexto.- Acuerdo para
la
implementación del Plan de Separación Funcional.
El
27
de febrero
de 2018
el
Pleno de este Instituto,
en
su
VII Sesión ,Ordinaria aprobó mediante Acuerdo
P/IFT/270218/130
el
"ACUERDO MEDIANTE-EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL
DE
TELECOMUNICACIONES RESUELVE SOBRE EL PLAN FINAL
DE
IMPLEMENTACIÓN
DE
SEPARACIÓN FUNCIONAL Y OTROS PLANTEAMIENTOS PRESENTADOS POR AMÉRICA
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MOVIL, S.A.B. DE
C.
V.,
TELÉFONOS
Dfi
MÉXICO, S.A.B. DE
C.
V.,
Y TELÉFONOS DEL
NOROESTE,
S.A.
DE
C.
V.,
EN TÉRMINOS DE LAS MEDIDAS SEXAGÉSIMA QUINTA Y
SEGUNDA TRANSITORIA
DEt
ANEXO 2 Y CUADRAGÉSIMA SÉPTIMA Y SEGUNDA
TRANSITORIA DEL ANEXO 3 ESTABLECIDAS MEDIANTE ACUERDO PIIFT/EXT/270217/119"
(en lo sucesivo, "Acuerdo de Separación Funcional"). /
Séptimo.- Ofertas de Referencia para la prestación del
Servicio
de
Acceso
y Uso
Compartido
de Infraestructura
Pasiv?J
2020.
El
25 de febrero de 2020,
en
su V Sesión Ordinaria
y mediante Acuerdo P/IFT/250220/60,
el
Pleno del Instituto emitió la "RESOLUCIÓN MEDIANTE
LA
CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES MODIFICA Y
AUTORIZA LOS TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LAS OFERTAS DE REFERENCIA PARA
EL
ACCESO Y
USO
COMPARTIDO DE INFRAESTRUCTURA PASIVA PARA LAS DIVISIONES
MAYORISTAS DE TELÉFONOS OE MÉXICO, S.A.B. DE
C.
V.
Y DE TELÉFONOS DEL
NOROESTE,
S.A.
DE
C.
V.;'.
(en lo sucesivo "Oferta de Referencia Vigente" u "ORCI Vigente"
indistintamente). '
Octavo.- Propuestas de Ofertas de Referencia para la prestación del
Servicio
de
Acceso
y
Uso
Compartido
de
Infraestructura
Pasiva
2021
de las Divisiones Mayoristas.
El
17
de julio
de 2020 se presentaron ante la Oficialía de Partes del Instituto por parte de Teléfonos de México,
S.A.B. de C.V. (en
lo
sucesivo, "Telmex") y Teléfonos del Noroeste, S.A. de C.V. (en
lo
sucesivo,
"Telnor"), como integrantes del AEP en
el
sector de telecomunicaciones, escritos mediante los
cuales presentaron para revisión y aprobación del Instituto sus respectivas Propuestas de Ofertas
de Referencia para
la
prestación del Servicio de Acceso y Uso Compartido de Infraestructura
Pasiva correspondientes a sus Divisiones Mayoristas, para
el
periodo comprendido del 1 º de
enero de
2021
al
31
de diciembre de
2021
(en
lo
sucesivo, conjuntamente "Propuesta ORCI" o
"Propuesta de Oferta de Referencia"). Adjunto a los escritos mencionados, Telmex y Telnor
presentaron cada uno,
un
cuadro llamado "JUSTIFICACION DE LOS MODIFICACIONES PARA
LA OFERTA DE REFERENCIA DE COMPARTICION DE INFRAESTRUCTURA 2021 DE LA
D/VISION MAYORISTA" (en lo sucesivo, "Cuadro de Justificaciones AEP"), a través del cual
señalan las modificaciones realizadas a la Oferta de Referencia Vigente y la justificación de las
mismas.
Asimismo,
el
31
de julio de 2020 Telmex y Telnor presentaron vía correo electrónico formalizando
su entrega el 3 de agostó de 2020, escritos mediante los cuales presentaron las tarifas aplicables
a las respectivas Propuestas de Ofertas de Referencia para la prestación del Servicio de Acceso
y Uso Compartido de lnfraestructura,Pasiva.
Noveno.- Consulta Pública.
El
19 de agosto de 2020
el
Pleno del Instituto
en
su XVI Sesión
Ordinaria mediante Acuerdo P/IFT/190820/205 determinó someter a consúlta pública por
un
plazo
de treinta días naturales, entre otras, las Propuesta ORCI presentadas por Telmex y Telnor, la
cual se real1
izó del
20
de agosto
al
18 de septiembre de 2020.
,
Décimo.- Oficios de requeHmiento ( de información. Mediante oficio
IFT/221/UPR/DG-CIN/036/2020 de fecha 12 de agosto de 2020 notificado a Telmex y Telnor a
través de instructivo de notificación
el
13 de agosto de 2020,
la
Dirección General de Compartición
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