Resolución Nº P/IFT/200520/149 de Instituto Federal de Telecomunicaciones, 20-05-2020

Número de resoluciónP/IFT/200520/149
Año2020
Fecha20 Mayo 2020
Tipo de documentoResolución
Resolución mediante
la
cual
el
Pleno del Instituto Federal de
Telecomunicaciones otorga
al
C.
Isidro
González Vásquez
un
título
de
concesión única para uso comercial.
Antecedentes
Primero.- Decre~o de Reforma Constitucional. Con
fecha41
de junio de 2013 se publicó en el
Diario Oficial de la Federación el "Decreto
por
el que se reforman y adicionan diversas disposiciones
de
los artículos 60., 7o.,
27,
28,
73,
78,~94
y 105 de la ConstituciónPolítica
de
los Estados Unidos
Mexicanos,
en
materia
de
telecomunicaciones" (el "Decreto de Reforma Constitucional"), mediante
el cual se creó el Instituto Federal
d,e
Telecomunicaciones (el "Instituto") como un órgano
autónomo
que tiene por objeto el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones.
Segundo.- Decreto de Ley. El 14 de julio de 2014
se
publicó en el Diario Oficial
de
la Federación
el "Decreto
por
el que se expiden
la
la
Ley
del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan
diversas disposiciones
en
materia
de
telecomunicaciones y radiodifusión", mismo
que
entró
en
vigor
el 13 de agosto
de
2014. '
Tercero.- Estatuto Orgánico. El 4
de
septiembre de
2014
se publicó en el Diario Oficial
de
la
Federación el "Estatuto Orgánico del Instituto Federal
de
Telecomunicaciones" (el "Estatuto
/
-Orgánico"), mismo
que
entró en vigor el
26
de sept~embre
de
2014 y fue modificado por última
vez
el
26
de diciembre
de
2019.
Cuarto.-
lineamientos
para
el
Otorgamiento de Concesijones. El 24 de julio
de
2015
se
publicó
en el Diario Oficial de la F~deración el "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal
de
Telecomunicaciones aprueba y emite los Lineamientos generales para el otorgamiento de las
concesiones a que se refiere el título cuarto
cj~
la
Radiodifusión" (los "Lineamientos"), mismos
que
fuecon modificados el 13
de
febrero de 2019.
Quinto.- Solicitud de Concesión.
El
24
de
enero de
202,Q,
el C. Isidro González Vásquez presentó
ante el Instituto, el Formato IFT-Concesión Única, mediante· el cual solicitó el otorgamiento
de
una
concesión única para uso comercial, a fin
de
implementar
una
red
de
comunicaciones, utilizando
como medio de transmisión espectro libre en la banda de,5 GHz, para prestar el servicio
de
acceso
a internet, en la localidad de
San
Juan
de
los Lagos, Municipio de San Juan
de
los Lagos, en el
Estado de Jalisco (la "Solicitud
deConcesión").
Sexto.- Solicitud de Opinión a la Unidad de Competencia Económica. Mediante oficio
IFT/223/UCS/DG-CTEU0338/2020 notificado el día 18 de marzo de 2020;' la Dirección General de
Concesiones de Telecomunicaciones, adscrita a la Unidad
de
Concesiones y Servicios, solicitó a la
Dirección General
de
Concentraciones y Concesiones de este Instituto, la opinión en materia
de
competencia económica respecto de la Solicitud de Concesión.
Página 1 de 9
\
\
SépJimo.- S91icitud de Opinión Técnica. Mediante oficio IFT/223/UCS/0451/2020 notificado
el
19
de marzo de 2020,
el
Instituto solicitó a
la
Sec_retaría
de Comunicaciones y Transportes (la
"Secretaría") la opinión técnica correspondiente a
la
Solicitud de Concesión, de corformidad con
lo
establecido
en
el
artículo 28
_párrafo
décimo séptimo de la Constitución Política. de los Estados
Unidos Mexicanos (la "Constitución").
Octavo.--Opinión de
la
Unidad de Competencia Económic~. Con oficio IFT/226/UCE/DG- (
CCON/107 /2020, notificado a
la
Unidad de Concesiones y Servicios mediante correo electrónico
el
25 de marzo de 2020,
la
Dirección General de Concentraciones y Concesiones"'de este Instituto
emitió
la
opinión en IJ}ateria de competencia económica respecto
de
la
Solicitud de Concesión,
en
sentido favorable. 1 1
Noveno.- Opinión Técnica de la Secretaría. Con oficio 2.1.-141/2020, notifi~ado\ a
la
Unidad de
Concesiones y Servicios mediante correo electrónico
el
30 de abril 2020,
la
Dirección General de
Política de Telecomunicaciones y de Radiodifusión de la Secretaría, remitió
el
diversoJ
1.-126
que
contiene la opinión técnica emitida por dicha Dependencia respecto de
la
Solicitud de Concesión.
-----
/
En
virtud de los Antecedentes referidos, y
Considerando
Primero.- Competencia. Conforme
lo
dispone
el
artículo 28 párrafos décimo
quint9,,
décimo sexto
y décimo séptimo de la Constitución,
el
Instituto es
un
órgano autónomo con personalidad jurídica
y patrimonio propio, que !iene por objeto
el
desarrollo eficiente de
la
radiodifusión y las
telecomunicaciones, conforme a
lo
dispuesto por la propia Constitución y
en
.los
términos que fijen
las leyes, teniendo a
su
cargcvla regulación, promoción y supervisión del uso, aprovechamiento y
explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la prestación
de
los servicios de radiodifusión y
tele6omunicaciones, así como del acceso a infraestructura activa, pasiva~y otros insumos
esenciales, garantizando
lo
establecido
en
los artículos 60. y 7o. constitucionales.
"
Asimismo,
el
Instituto es
la
autoridad
en
la
materia de competencia económica de los sectores
de
radiodifusión y telecomunicaciones, por
lo
que entre otros aspectos, regulará de
forrrya
asimétrica a
los participantes en estos mercados con
el
objeto de eliminar eficazmente las barreras a
la
competencia y la libre concurrencia; impondrá límites
al
cencesionamiento y a
la
propiedad cruzada
que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión y
telecomunicaciones que sirvan a
un
mismo mercado o zona de cobertura geográficª, garantizando
lo
dispuesto
en
los artículos 60. y
7o.
de la Constitución. /
/ -
I /
Ahora bien, corresponde
al
Pleno del Instituto conforme a
lo
establecido en los artículos
15
fracción
IV,
16 y 17 fracción I de
la
el
otorgamiento de condesiones, así como resolver respecto de las prórrogas; modificación o
terminación de lasmismas.
/
Página 2 de 9
(

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR