Resolución Nº INAI.3S.07.01-014-2023 del Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 2023

Año2023
Número de resoluciónINAI.3S.07.01-014-2023
SecciónResoluciones en materia de Protección de Datos Personales derivadas de la LGPDPPSO (sector público)
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A
LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES
SECRETARÍA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
DIRECCIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN, INVESTIGACIÓN
Y VERIFICACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
EXPEDIENTE: INAI.3S.07.01.014/2023
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Visto el estado que guarda el expediente de verificación al rubro citado, iniciado en contra
del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), se procede a dictar la presente
resolución, en razón de los siguientes:
A N T E C E D E N T E S
1. El seis de octubre de dos mil veintitrés, la Dirección General de Evaluación,
Investigación y Verificación del Sector Público adscrita a la Secretaría de Protección de
Datos Personales del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales, acordó iniciar de oficio el expediente de investigación
previa con número INAI.3S.08.01-109/2023 en contra del Instituto Mexicano del Seguro
Social (IMSS en adelante), en relación con el tratamiento de datos personales de terceros
que se divulgaron injustificadamente a la persona solicitante en la respuesta generada
en atención a la solicitud de derechos ARCO con folio 330018022034770.
2. El once de octubre de dos mil veintitrés, a través del oficio número
INAI/SPDP/DGEIVSP/1954/2023 la Dirección General de Evaluación, Investigación y
Verificación del Sector Público dio cuenta al IMSS, del acuerdo de fecha seis de octubre
del mismo año, mediante el cual se ordenó iniciar de oficio una investigación previa a la
que se le asignó el número INAI.3S.08.01-109/2023.
El oficio se notificó al IMSS, a través de la Herramienta de Comunicación, el doce de
octubre de dos mil veintitrés.
3. El once de octubre de dos mil veintitrés, a través del oficio número
INAI/SPDP/DGEIVSP/1955/2023 la Dirección General de Evaluación, Investigación y
Verificación del Sector Público, con la finalidad de reunir elementos suficientes para
resolver lo que en derecho corresponda, realizó un requerimiento de información al IMSS.
El requerimiento de información se notificó al IMSS a través de la Herramienta de
Comunicación, el doce de octubre de dos mil veintitrés.
4. El diecinueve de octubre de dos mil veintitrés, se recibió en la Dirección General de
Evaluación, Investigación y Verificación del Sector Público, mediante correo electrónico,
el oficio 0952170505/2023/2130, de misma fecha, emitido por el titular de la División de
Transparencia y Acceso a la Información y Secretario Técnico del Comité de
Transparencia del IMSS, y dirigido al director general de evaluación, investigación y
verificación del sector público de este Instituto, mediante el cual se solicitó una prórroga
para atender el requerimiento formulado.
HASH: CpcnkrDqTo7pFaTxTYHUvbv6xuQW+YP6Qig9KIMJ9lA=
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A
LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES
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Y VERIFICACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
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5. El veinte de octubre de dos mil veintitrés, el director general de evaluación,
investigación y verificación del sector público de este Instituto emitió un acuerdo en el que
tuvo por recibido el oficio número 0952170505/2023/2130 y otorgó al sujeto obligado una
prórroga de dos días para dar respuesta al requerimiento formulado a través del oficio
INAI/SPDP/DGEIVSP/1955/2023.
6. El veintitrés de octubre de dos mil veintitrés, a través del oficio número
INAI/SPDP/DGEIVSP/1999/2023 el director general de evaluación, investigación y
verificación del sector público dio cuenta al IMSS del acuerdo de misma fecha, mediante
el cual se concedió una prórroga.
El oficio se notificó al IMSS a través de la Herramienta de Comunicación, el veintitrés de
octubre de dos mil veintitrés.
7. El veinticinco de octubre de dos mil veintitrés, se recibió a través de la Herramienta
de Comunicación de este Instituto, el oficio número 0952170505/2023/2130, de misma
fecha, emitido por el titular de la División de Transparencia y Acceso a la Información y
Secretario Técnico del Comité de Transparencia del IMSS, y dirigido al director general
de evaluación, investigación y verificación del sector público de este Instituto, mediante
el cual remitió la atención al requerimiento formulado a través del oficio número
INAI/SPDP/DGEIVSP/1955/2023.
Adjunto al oficio descrito, el IMSS remitió los siguientes documentos:
a) Oficio número 38./24.01.200.200/DIR/385/2023, fechado el dieciséis de octubre de dos
mil veintitrés, suscrito por la dirección de la Unidad de Medicina Familiar 7 del IMSS.
b) Dos constancias de vigencia de derechos y SINDO emitidas a favor de diversos
particulares.
c) Oficio número 38./24.01.200.200/DIR/315/2023, fechado el veintinueve de agosto de
dos mil veintitrés, suscrito por la dirección de la Unidad de Medicina Familiar 7 del
IMSS.
d) Oficio número 8.90.01.2F.0100/GM/2023/0600, de fecha veintinueve de agosto de dos
mil veintitrés, suscrito por el coordinador delegacional de gestión médica del Órgano
de Operación Administrativa Desconcentrada Sur del Distrito Federal del IMSS.
HASH: CpcnkrDqTo7pFaTxTYHUvbv6xuQW+YP6Qig9KIMJ9lA=
Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y
Protección de Datos Personales
INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A
LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS
PERSONALES
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e) Cadena de correos electrónicos que dan cuenta de comunicaciones que mantuvieron
servidores públicos del IMSS.
8. El veintiséis de octubre de dos mil veintitrés, el director general de evaluación,
investigación y verificación del sector público emitió un acuerdo a través del cual tuvo por
recibido el oficio número 0952170505/2023/2224, así como sus documentos anexos,
remitidos por el IMSS mediante los cuales dio respuesta al requerimiento formulado a
través del oficio número INAI/SPDP/DGEIVSP/1955/2023.
9. El quince de noviembre de dos mil veintitrés, a través del oficio número
INAI/SPDP/DGEIVSP/2065/2023 la Dirección General de Evaluación, Investigación y
Verificación del Sector Público, con la finalidad de reunir elementos suficientes para
resolver lo que en derecho corresponda, realizó un segundo requerimiento de información
al IMSS.
El requerimiento de información se notificó al IMSS a través de la Herramienta de
Comunicación, el dieciséis de noviembre de dos mil veintitrés.
10. El veinticuatro de noviembre de dos mil veintitrés, se recibió a través de la
Herramienta de Comunicación de este Instituto, el oficio número 0952170505/2023/2609,
de misma fecha, emitido por el titular de la División de Transparencia y Acceso a la
Información y Secretario Técnico del Comité de Transparencia del IMSS, y dirigido al
director general de evaluación, investigación y verificación del sector público de este
Instituto, mediante el cual remitió la atención al requerimiento formulado a través del oficio
número INAI/SPDP/DGEIVSP/2065/2023.
Adjunto al oficio descrito, el IMSS remitió los siguientes documentos:
a) Programa de capacitación en transparencia, acceso a la información, protección de
datos personales y temas relacionados.
b) Plan de capacitación en materia de transparencia, protección de datos personales,
seguridad y ciberseguridad.
c) Calendario de cursos presenciales de transparencia y protección de datos personales
en OOAD y UMAE.
d) Acta de la quincuagésima octava sesión permanente de trabajo del Comité de
Transparencia del IMSS, de fecha veintiocho de julio de dos mil veintidós.
HASH: CpcnkrDqTo7pFaTxTYHUvbv6xuQW+YP6Qig9KIMJ9lA=

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