Resolución Municipal, mediante la cual, se autoriza la venta de los lotes que integran el Fraccionamiento Habitacional Urbano Residencial "C" denominado "Trento Residencial", ubicado en el Municipio de Irapuato, Gto.

Fecha de publicación12 Julio 2011
EstadoGuanajuato
MunicipioIrapuato
PERIODICO OFICIAL 12 DE JULIO - 2011 PAGINA 33
PRESIDENCIA MUNICIPAL - IRAPUATO, GTO.
V I S T O para resolver la solicitud presentada por la Sociedad Mercantil "INMOBILIARIA JARDINES
DEL CAMPESTRE" S.A. de C.V., para obtener el Permiso para la Venta de los lotes que integran el
Fraccionamiento Habitacional Urbano Residencial "C" denominado "TRENTO RESIDENCIAL", ubicado
en esta ciudad y
R E S U L T A N D O
PRIMERO.- Que con fecha 6 de mayo del año 2011, el C. Arq. J. Luis Fajardo Lona, en su
carácter de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil "INMOBILIARIA JARDINES DEL CAMPESTRE"
S.A. de C.V., solicitó ante esta Dirección General de Ordenamiento Territorial el Permiso para la Venta de
los lotes que integran el Fraccionamiento Habitacional Urbano Residencial "C" denominado "TRENTO
RESIDENCIAL", ubicado en esta ciudad.
SEGUNDO.- Que la Sociedad Mercantil bajo la denominación de "INMOBILIARIA JARDINES DEL
CAMPESTRE" S.A. de C.V., es una empresa legalmente constituida, según se desprende de la Escritura
Pública número 137, de fecha 15 de junio de 1992, pasada ante la fe del Licenciado Daniel Francisco
Cabeza de Vaca Hernández, Notario Público número 58, del Partido Judicial de León, Guanajuato,
misma que se encuentra inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de esa ciudad,
bajo el número 1,271, Tomo 11, del Libro Primero de Comercio, en fecha 21 de enero de 1993.
TERCERO.- Mediante Escritura Pública número 1,304, de fecha 05 de julio del 2004, otorgada
ante la fe del Licenciado Samuel Enrique del Rio Munguía, Notario Público número 110 del Partido
Judicial de León Guanajuato, la cual se encuentra inscrita el Registro Público de la Propiedad y del
Comercio de la ciudad de Irapuato, Guanajuato bajo el folio real R17*70042, de fecha 20 de septiembre
del 2006, la Sociedad Mercantil "INMOBILIARIA JARDINES DEL CAMPESTRE" S.A. de C.V. acreditó la
propiedad del inmueble identificado como FRACCION III que resultó de la fusión de los predios
identificados como fracción II que corresponde al 50% de la fracción de terreno rústico de temporal que
pertenece al predio rústico en rancho San José de Jorge López y fracción B del predio rústico ubicado en
San José de Jorge López, con superficie de 75,147.73 metros cuadrados y las siguientes medidas y
colindancias: Al norte 142.29 metros con fracción II del mismo predio, que forma parte de la carretera
Irapuato-Cuchicuato; Al Sur 138.78 metros con Pascual Chagolla; Al Oriente 629.69 metros con varios
propietarios y al Poniente 625.97 metros con Francisca Márquez Míreles.
CUARTO.- Que con fecha 23 de noviembre del 2009, la Sociedad Mercantil Inmobiliaria Jardines
del Campestre. S.A. de C.V., solicitó a esta Dirección General de Ordenamiento Territorial, la Aprobación
de Traza para llevar a cabo el desarrollo de un fraccionamiento en el predio antes mencionado.
QUINTO.- Que una vez que la desarrolladora cumplió con todos los requisitos de Ley, esta
Dirección General de Ordenamiento Territorial, mediante Acuerdo número 0374/2009 de fecha 17 de
diciembre del 2009, Aprobó la Traza de la totalidad del Fraccionamiento tipo Habitacional denominado
"TRENTO RESIDENCIAL", clasificándose como Urbano Residencial C, habiéndose comunicado a la
desarrolladora mediante oficio DGOT 7972/2009, de fecha 17 de diciembre del 2009.
SEXTO.- Que mediante oficios números DGOT-3134/2010 de fecha 14 de mayo del 2010 y
DGOT-3194/2010 de fecha 17 de mayo del mismo año, se comunicaron a la Tesorería Municipal los

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