Resolución que modifica las disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Agosto de 2018
EdiciónMatutina
EmisorSecretaría de Hacienda y Crédito Publico

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores. La Comisión Nacional Bancaria y de Valores, previo acuerdo de su Junta de Gobierno y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 126, segundo párrafo y 210, cuarto y quinto párrafos, de la Ley del Mercado de Valores, así como 4, fracciones VI, XXXVI y XXXVIII y 16, fracción I de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y

CONSIDERANDO

Que dadas las funciones que se le asignan al comité de auditoría de las casas de bolsa, resulta necesario precisar que la selección de sus miembros debe hacerse tomando en cuenta sus conocimientos y experiencia en materias tales como contaduría, auditoría, control interno, así como propias del negocio; debiendo establecer la obligación para tales miembros de realizar sus funciones de manera transparente, independiente, libre de conflictos de interés y sin estar supeditados a intereses personales, patrimoniales o económicos, y

Que resulta necesario derogar las normas atinentes a los servicios de auditoría externa independiente que deben contratar las casas de bolsa debido a que estas se encuentran integradas en un nuevo cuerpo normativo denominado "Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades y emisoras supervisadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores que contraten servicios de auditoría externa de estados financieros básicos", ha resuelto expedir la siguiente:

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA LAS DISPOSICIONES DE CARÁCTER GENERAL APLICABLES A LAS CASAS DE BOLSA

ÚNICO.- Se REFORMAN los artículos 1, fracción III; 107, fracción IV; 109, primer párrafo; 110; 113, primer párrafo; 117 Bis, fracciones VII y VIII, inciso b); 117 Bis 3, fracción VII; 117 Bis 11; 178, segundo párrafo; 180, fracción l y cuarto párrafo;, 203, segundo párrafo y 204 Bis 16, fracción lll, segundo párrafo; se ADICIONA el artículo 213, fracción XI, recorriéndose la actual fracción XI para ser XII; y se DEROGAN los artículos 1, fracción XXI; 113, segundo y tercer párrafos; 117, fracción II; 117 Bis, fracción VIII, incisos d) y f), fracción XII; y el Capítulo Cuarto del Título Sexto denominado "De la auditoría externa financiera", que comprende los artículos 187 a 200 de las "Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa", publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2004, modificadas mediante resoluciones publicadas en el citado Diario el 9 de marzo de 2005; 29 de marzo, 26 de junio, 6 y 22 de diciembre de 2006; 17 de enero de 2007; 11 de agosto, 19 de septiembre y 23 de octubre de 2008; 30 de abril y 30 de diciembre de 2009; 4 de febrero, 29 de julio y 26 de noviembre de 2010; 23 de agosto de 2011; 16 de febrero, 23 de marzo y 17 de diciembre de 2012; 31 de enero, 2 y 11 de julio de 2013; 30 de enero, 5 y 30 de junio, y 19 de diciembre de 2014; 6, 8 y 9 de enero, 13 de marzo, 18 de...

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