Resolución INE/CG634/2017. Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral respecto de la solicitud de registro del Convenio de Coalición parcial denominada “Juntos Haremos Historia” para postular candidatura a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, sesenta y dos fórmulas de candidaturas a Senadores por el Principio de Mayoría Relativa y doscientos noventa y dos fórmulas de candidaturas a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa, presentado por el Partido del Trabajo, y por los Partidos Políticos Nacionales denominados Morena y Encuentro Social, para contender bajo esa modalidad en el Proceso Electoral Federal 2017-2018.

Fecha de publicación07 Diciembre 2017
Fecha22 Diciembre 2017
Número de registroINE/CG634/2017
Número de GacetaNo 4
SecciónSesión Extraordinaria, Urgente
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-0D08
Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
IN E/CG634/2017
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL RESPECTO DE LA SOLICITUD DE REGISTRO DEL CONVENIO
DE COALICIÓN PARCIAL DENOMINADA "JUNTOS HAREMOS HISTORIA
"PARA POSTULAR CANDIDATURA A PRESIDENTE DE LOS ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS, SESENTA Y DOS FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A
SENADORES POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA Y DOSCIENTOS
NOVENTA Y DOS FÓRMULAS DE CANDIDATURAS A DIPUTADOS POR EL
PRINCIPIO DE MAYORÍA RELATIVA, PRESENTADO POR EL PARTIDO DEL
TRABAJO, Y POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS NACIONALES DENOMINADOS
MORENA Y ENCUENTRO SOCIAL, PARA CONTENDER BAJO ESA
MODALIDAD EN EL PROCESO ELECTORAL FEDERAL 2017-2018
ANTECEDENTES
I.
El Partido del Trabajo y los Partidos Políticos Nacionales denominados
Morena y Encuentro Social (en adelante Morena y Encuentro Social) se
encuentran en pleno goce de sus derechos y sujetos a las obligaciones
previstas en Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así
como en la Ley General de Partidos Políticos.
El ocho de septiembre del año en curso, en sesión extraordinaria, se
aprobó el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por
el que se establece el periodo de precampañas para el Proceso Electoral
Federal 2017-2018, así como diversos criterios y plazos de procedimientos
relacionados con las mismas", identificado con la clave INE/CG427/2017, el
cual fue publicado el veintinueve de septiembre de esta anualidad en el
Diario Oficial de la Federación.
III.
El treinta de octubre de dos mil diecisiete, en sesión ordinaria, fue aprobado
el "Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, por el que
se aprueba el Instructivo que deberán observar los Partidos Políticos
Nacionales que busquen formar Coaliciones para las elecciones de
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de senadores y de diputados
05DOS
Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
por el principio de mayoría relativa, en sus diversas modalidades, para el
Proceso Electoral Federal 2017-2018", identificado con la clave
INE/CG504/2017, publicado el veinticuatro de noviembre de este año en el
Diario Oficial de la Federación. En lo sucesivo, a dicho instrumento se
denominará el Instructivo.
IV.
A través de escrito de catorce de diciembre de dos mil diecisiete,
presentado en la Secretaría Ejecutiva, los CC. Silvano Garay Ulloa, Horacio
Duarte Olivares y Berlín Rodríguez Soria; representantes suplente y
propietarios de los Partidos Políticos del Trabajo, Morena y Encuentro
Social ante el Consejo General de este Instituto, respectivamente,
solicitaron el registro del convenio de coalición parcial para postular
candidato a Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, sesenta y dos
fórmulas de candidaturas a senadores y doscientos noventa y dos fórmulas
de candidaturas a diputados, ambas elecciones por el principio de mayoría
relativa, y presentaron la documentación respectiva a su aprobación.
V.
Mediante oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/3929/2017 y tarjeta ejecutiva, ambas
de quince de diciembre de esta anualidad, el Director Ejecutivo de
Prerrogativas y Partidos Políticos y la Directora de Partidos Políticos y
Financiamiento, respectivamente, remitieron al Director General de la
Unidad Técnica de Fiscalización de la Comisión de Fiscalización y al
Director de Pautado, Producción y Distribución, el convenio de coalición
parcial suscrito entre los Partidos Políticos del Trabajo, Morena y Encuentro
Social, para que fuera analizado en el ámbito de su respectiva
competencia.
VI.
Los días quince, dieciocho y diecinueve de diciembre de esta anualidad se
recibieron en la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos la
tarjeta No. 118, signada por el Director de Pautado, Producción y
Distribución; y los oficios INE/UTF/DA-F/19718/17 y INE/UTF/DA-
F/19247/17, signados por el Director General de la Unidad Técnica de
Fiscalización de la Comisión de Fiscalización, en los cuales comunican el
resultado del análisis realizado a las cláusulas del convenio de coalición
relacionadas con su correspondiente ámbito de atribuciones.
VII.
El dieciocho de diciembre de dos mil diecisiete se recibió en la Dirección
Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos el escrito ES/CDN/INE-
RP/395/2017, a través del cual el Representante Propietario de Encuentro
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Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
Social ante el Consejo General, con motivo de la entrega del convenio de
coalición, remitió documentación relativa a la acreditación de los términos
en que fueron aprobados dicho convenio y la Plataforma Electoral.
VIII.
El diecinueve de diciembre del año que transcurre, el Director Ejecutivo de
Prerrogativas
y
Partidos
Políticos,
mediante
los
oficios
INE/DEPPP/DE/DPPF/3968/2017 e INE/DEPPP/DE/DPPF/3969/2017,
requirió a los representantes propietarios de Morena y Encuentro Social
ante el Consejo General, respectivamente, a fin de que en un término de
veinticuatro horas, presentaran diversa documentación para acreditar la
sesión estatutaria de sus respectivos órganos competentes para aprobar el
convenio de coalición.
IX.
Con fecha diecinueve de diciembre del presente año, los representantes
propietarios de Morena y Encuentro Social ante el Consejo General,
mediante
escritos
REP MORE NAI NE-552/2017
y
ES/CDN/IN E-
RP/0398/2017, respectivamente, remitieron a la Dirección Ejecutiva de
Prerrogativas y Partidos Políticos la documentación que les fue requerida.
X.
El diecinueve de diciembre del año en curso, el Director Ejecutivo de
Prerrogativas y Partidos Políticos, a través del oficio
INE/DEPPP/DE/DPPF/3970/2017, comunicó el resultado de la revisión del
convenio de coalición y requirió al Partido del Trabajo, Morena y Encuentro
Social, por conducto de sus respectivos representantes suplente y
propietarios ante el Consejo General, respectivamente, para realizar
diversas modificaciones a dicho convenio, dentro de un plazo de
veinticuatro horas, a fin de adecuarse a la normatividad aplicable.
XI.
El veinte de diciembre de dos mil diecisiete fue recibido en la oficialía de
partes escrito mediante el cual los CC. Pedro Vázquez González, Horacio
Duarte Olivares y Berlín Rodríguez Soria; representantes propietarios de los
Partidos Políticos del Trabajo, Morena y Encuentro Social ante el Consejo
General de este Instituto, respectivamente, comunicaron al Secretarlo
Ejecutivo fe de erratas del convenio de la coalición "Juntos Haremos
Historia", en respuesta al requerimiento realizado mediante oficio
I NE/DEP PP/DE/DPP F/3970/2017.
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