Resolución INE/CG1372/2018. Resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, respecto del procedimiento sancionador ordinario con número de expediente UT/SCG/Q/CABN/JL/JAL/104/2018, iniciado con motivo de las denuncias presentadas por los ciudadanos Carlos Alberto Blanco Núñez, José Martín Sánchez Colín, José Matías Romo Martínez, Luis Enrique Navarro Cobián, Sandra Georgina Yerena Ávalos, Raúl Pacheco Contreras, Michaelle Brito Vázquez y Nora Liliana García Ruelas, en contra del Partido Revolucionario Institucional, por supuestas violaciones a la normativa electoral, consistentes en la indebida afiliación de dichos ciudadanos, al citado instituto político y, en su caso, el uso no autorizado de sus datos personales

Fecha de publicación12 Octubre 2018
Fecha31 Octubre 2018
Número de registroINE/CG1372/2018
Año2018
Número de GacetaNo. 14
SecciónSesión Extraordinaria
CONSEJO GENERAL
EXP. UT/SCG/Q/CABN/JL/JAL/104/2018
INE/CG1372/2018
PROCEDIMIENTO SANCIONADOR
ORDINARIO
DENUNCIANTES: CARLOS ALBERTO
BLANCO NÚÑEZ Y OTROS
DENUNCIADO: PARTIDO
REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO NACIONAL
ELECTORAL, RESPECTO DEL PROCEDIMIENTO SANCIONADOR ORDINARIO
CON NÚMERO DE EXPEDIENTE UT/SCG/Q/CABN/JL/JAL/104/2018, INICIADO
CON MOTIVO DE LAS DENUNCIAS PRESENTADAS POR LOS CIUDADANOS
CARLOS ALBERTO BLANCO NÚÑEZ, JOSÉ MARTÍN SÁNCHEZ COLÍN, JOSÉ
MATÍAS ROMO MARTÍNEZ, LUIS ENRIQUE NAVARRO COBIÁN, SANDRA
GEORGINA YERENA ÁVALOS, RAÚL PACHECO CONTRERAS, MICHAELLE
BRITO VÁZQUEZ Y NORA LILIANA GARCÍA RUELAS, EN CONTRA DEL
PARTIDO REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, POR SUPUESTAS
VIOLACIONES A LA NORMATIVA ELECTORAL, CONSISTENTES EN LA
INDEBIDA AFILIACIÓN DE DICHOS CIUDADANOS, AL CITADO INSTITUTO
POLÍTICO Y, EN SU CASO, EL USO NO AUTORIZADO DE SUS DATOS
PERSONALES
Ciudad de México, 31 de octubre de dos mil dieciocho.
G L O S A R I O
COFIPE
Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales
Consejo General
Consejo General del Instituto Nacional Electoral
Constitución
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Comisión
Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional
Electoral
DEPPP
Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos
del Instituto Nacional Electoral
CONSEJO GENERAL
EXP. UT/SCG/Q/CABN/JL/JAL/104/2018
2
DERFE
Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del
Instituto Nacional Electoral
IFE
Instituto Federal Electoral
INE
Instituto Nacional Electoral
LGIPE
Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales
LGPP
Ley General de Partidos Políticos
PRI
Partido Revolucionario Institucional
Reglamento de
Quejas
Reglamento de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional
Electoral
Sala Superior
Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación
Tribunal Electoral
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
UTCE
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral
A N T E C E D E N T E S
I. PRESENTACIÓN DE LAS DENUNCIAS
1
. En fechas diversas, se recibieron en la
UTCE sendos escritos de queja signados por los ciudadanos que a continuación se
enlistan, a través de los cuales hicieron del conocimiento de esta autoridad electoral,
de manera individual, hechos que contravienen la normatividad electoral,
consistentes en la violación del derecho de libertad de afiliación y la utilización de
sus datos personales.
No.
Oficio y
fecha de recepción
Denunciante
1
INE/JAL-JLE-VS- 0375-2018
Carlos Alberto Blanco Núñez
2
Sin oficio
José Martín Sánchez Colín
3
INE/JLE/AGS/VS/0262/2018
José Matías Romo Martínez
4
INE/COL/JLE/0756/2018
Luis Enrique Navarro Cobián
5
INE/COL/JLE/0775/2018
Sandra Georgina Yerena Ávalos
6
09JDE/VS/142/2018
Raúl Pacheco Contreras
7
Sin oficio
Michaelle Brito Vázquez
8
INE/COL/JLE/0745/2018
Nora Liliana García Ruelas
1
Visible a páginas 1 a 43 del expediente
CONSEJO GENERAL
EXP. UT/SCG/Q/CABN/JL/JAL/104/2018
3
II. REGISTRO, ADMISIÓN Y RESERVA DE EMPLAZAMIENTO.
2
El veintitrés de
abril de dos mil dieciocho, se registraron los escritos de queja con el número de
expediente citado al rubro, como un procedimiento sancionador ordinario por la
presunta indebida afiliación y el uso indebido de datos personales para ese fin.
Además, se admitieron a trámite las quejas presentadas, y se reservó el
emplazamiento a las partes involucradas en el procedimiento, hasta en tanto se
encontrará debidamente integrado el expediente que nos ocupa, con el fin de
esclarecer los hechos y pretensiones que se hacen del conocimiento de esta
autoridad, con excepción del ciudadano Carlos Alberto Blanco Núñez, toda vez que
su escrito de queja fue admitido mediante Acuerdo del siete de mayo de dos mil
dieciocho.
3
III. DILIGENCIAS DE INVESTIGACIÓN PRELIMINAR. Con el propósito de
allegarse de mayores elementos probatorios tendentes al esclarecimiento de los
hechos denunciados, el Titular de la UTCE emitió proveído en el que ordenó la
práctica de diversas diligencias de investigación, mismas que son debidamente
reseñadas en el apartado denominado 4. HECHOS ACREDITADOS Y
PRECISIONES, las cuales se deberán tener por reproducidas como si a la letra se
insertasen, a fin de evitar repeticiones innecesarias.
IV. EMPLAZAMIENTO.
4
El once de junio de dos mil dieciocho, se ordenó el
emplazamiento al PRI, a efecto de que manifestara lo que a su derecho conviniera
respecto a la conducta que se le imputó y aportara los medios de prueba que
considerara pertinentes.
Cabe señalar, que para tal efecto se le corrió traslado con copia simple de todas y
cada una de las constancias que integran el expediente de mérito.
El acuerdo de emplazamiento se diligenció en los siguientes términos:
Sujeto Oficio
Notificación-Plazo
Respuesta
PRI
INE-UT/9502/20185
15/06/2018
Plazo: 18 al 22 de junio
de 2018.
Oficio PRI/REP-INE/0488/2018
signado por el representante
suplente del PRI ante el Consejo
2
Visibles a páginas 44 a 51 del expediente
3
Visibles a páginas 97 a 101 del expediente
4
Visible a páginas 191 a 197 del expediente.
5
Visible a página 204 del expediente.

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