Resolución que fija los montos de los aprovechamientos por la venta de bases de licitación pública y de invitación restringida, así como por la cédula de proveedor de bienes y/o prestador de servicios, para el ejercicio fiscal del año 2020.

DISTRIBUCIÓN
El original del Procedimiento Emisión del Dictamen Técnico de Viabilidad a Propuestas de Estructuración o Reestructuración Organizacional
de las Dependencias, Órganos Administrativos Desconcentrados y Organismos Auxiliares de la Administración Pública Estatal se encuentra
en resguardo de la Dirección de Organización y Desarrollo Institucional.
Las copias controladas están distribuidas de la siguiente manera:
Oficina de la o del Titular de la Dirección General de Innovación.
Subdirección de Estructuras Organizacionales.
Departamento de Estructuras Organizacionales I.
Departamento de Estructuras Organizacionales II.
VALIDACIÓN
C. ELIZABETH PÉREZ QUIROZ
DIRECTORA GENERAL DE INNOVACIÓN
(RÚBRICA).
P. LIC. VERÓNICA GARCÍA MUNGUÍA
SUBDIRECTORA DE ESTRUCTURAS ORGANIZACIONALES
(RÚBRICA).
José Arturo Lozano Enríquez, Subsecretario de Ingresos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 1, 3, 15, 19
fracción III, 23 y 24 fracciones II y III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1, 7, 11 y 16 del
Código Financiero del Estado de México y Municipios; y, 3 fracción I, 4 fracciones I y II, 8 fracción XII y 10 fracción V del
Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, en relación con el artículo 15 de la Ley de Ingresos d el Estado de México
para el ejercicio fiscal del año 2020, y con el “Acuerdo del Secretario de Finanzas mediante el cual se delega al titular de la
Subsecretaría de Ingresos la atribución d e suscribir las Reglas de Carácter General que señalan aquellos productos y
aprovechamientos que no requieren autorización para su cobro durante el ejercicio fiscal 2020, así como para emitir las
Resoluciones de Carácter Particular que fijen o modifiquen los montos de productos o aprovechamientos a cobrar por las
dependencias durante el ejercicio fiscal 2020”, publicado en el Periódico Oficial ‘‘Gaceta del Gobierno” Número 18, de fecha
29 de enero de 2020, y,
CONSIDERANDO
Que los artículos 26 y 27 de la Ley de Contratación Pública del Estado de México y Municipios establecen que los
procedimientos administrativos, de contratación de servicios de cualquier naturaleza y de arrendamiento de bienes, con
cargo total o parcial a fondos del Gobierno del Estado de México, se habrán de realizar mediante licitación pública o
invitación restringida.
Que los artículos 34 de la Ley citada, y 71 de su Reglamento, establecen que las bases de la licitación pública y de la
invitación restringida tendrán un costo de recuperación, el cual se autorizará por la Secretaría de Finanzas.
Que el artículo 50 del Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de México para el ejercicio fiscal 2020 fija los
montos máximos de adjudicación directa y mediante concurso por invitación restringida, para la adquisición o arrendamiento
de bienes y la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades públicas durante el ejercicio fiscal 2020, y
considera que cuando el importe sea superior al monto máximo establecido para una adjudicación mediante invitación
restringida se realizará a través de la licitación pública, además de establecer que los montos deberán considerarse sin
incluir el importe de Impuesto al Valor Agregado.
Que el artículo 21 de la Ley citada en el primer párrafo del presente apartado dispone que la Secretaría de Finanzas y los
ayuntamientos integrarán un catálogo de proveedores y de prestadores de servicios, a fin de conocer la capacidad
administrativa, financiera, legal y técnica de las fuentes de suministro, precisando que las personas que d eseen inscribirse
Oficina del Gobernador
Oficina del Gobernador

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